APLICACIÓN DE LA LEY «NUEVA» DE JUBILACIONES EN 2018

Tabla resumen donde se indican los principales requisitos (de edad y cotización) para el acceso a las diferentes modalidades de jubilación durante el presente año 2018 en aplicación de la denominada Ley Nueva de Pensiones de Jubilación:

Ordinaria
Anticipada Involuntaria
Anticipada Voluntaria
Anticipada Parcial con contrato de relevo
Bonificadas en la edad por Discapacidad
Bonificadas en la edad de Grupos de riesgo
Artistas y Toreros

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Esteban

Hola,tengo 64 años , cotizados 30 años. Puedo jubilarme?

Pilar

Buenas tardes. A un familiar le han despedido a los 3 días de coger la baja por enfermedad. Ahora a donde debe entregar los partes de baja y quien le paga

Pilar

Buenas tardes deciros que al final me han aplicado la Ley nueva para mi jubilación. Gracias por haberme informado correctamente. Ahora me surge una duda. La diferencia entre lo que me pagaron el mes pasado por la incapacidad a lo que ha resuelto por jubilación me corresponde cobrarlo si solicité la jubilación el día 2 de enero y cumplí los 65 años el 6 de diciembre

Pilar

Muchas gracias. La información es de gran utilidad

Pilar

He solicitado la pensión de jubilación y me han computado los últimos 15 años cotizados en lugar de los 23 que dice la nueva ley. Me interesa la nueva ley que puedo hacer

Pilar

Muchas gracias

Francis ibañez

Buenas
Solicité la jubilacion con 62 años y cotizados 45 Y casi otro año y me aprueban la jubilacion
Cuando recibo los papeles de la ss. Observo q se me ha hecho por los 15 últimos años . El problemas es q llevo cotizando lo mínimo desde el año 2009.
Les solicita q ahora deberían de tomar los 22 años últimos y me comentan q debo de presentar la carta de despido y la fotocopia de la liquidación.estos documentos se entregaron en el paro en el año 2008 y además en malaga q es donde yo residía.
Indican q tengo 30 dias para recurrir.
Es cierto q tengo q entregar esos documentos y porque no me lo comentaron cuando fui a ss para informarme y presentar la solicitud.
La presente el día 15/2/2019
Que puedo hacer?
Gracias por vuestra contestacion
Saludos

ana gabriela

hola
como puedo saber si soy de la ley vieja o nueva? mi num d seguridad social es 24987919248 actualmente no estoy laborando pero me interesa saber x favor y gcs

Gloria

Nadie ha pensado que los conductores de autocar o autobús, deberían dejar de conducir antes. Con más de 60 años se pierden muchos reflejos

Ángeles Juan Martin

En Febrero del 2019 cumpliré los 61 años, me despidieron x causas objetivas en diciembre 2017 a tualmenge estoy cobrando subsidio del paro, te comento cotizados 39 años ,mi pregunta es me puedo prejubilar cuando cumpla los 61 años
gracias

Juan Manuel

Hola soy JuanMa tengo 61 años se edad gracias por anticipado por sus respuestas un placer poder consultar con ustedes.
Mi preocupacion es que llevo mucho tiempo cobrando la ayuda de mayores de 55 años tengo cotizados 42 años ¿ a que edadad podria juvilarme?muchas gracias un saludo.

Gustavo Carrizo

La jubilación máxima de ANSES es teniendo en cuenta el Bruto o el neto? (docente) porque ahora con el aguinaldo incluido no me aumentaron no un peso. Gracias

Jose

En marzo del 2019 tengo prevista la jubilación, estoy en el paro, por despido objetivo, en esta fecha cumplire 63años,se me aplicaría la nueva ley gracias

Roso Rondon

Roso Yo pague desde el año 78 al 90 de alli trabaje en el comercio y volvi a cotizar desde el 2011 al 2018 y naci el 57 tengo 61 años, los años que cotice anteriormente se me sumarian a los recientes?

isabel

hola mi esposo fallecio hace menos de un mes el ya cobraba pension fallecio a sus 66 cuando fui a la caja regional me dijo quien m atendio que no puedo cobrar pension de sobreviviente por que tengo 40 años de edad y mi hijo ya tiene 19 años de edad es eso cierto xq luego he leido en busquedas x internet dlas leyes y dice que la viuda de cualquier edad puede cobrar la pension de sobreviviente agradezco me ayuden gracias

Carme

Hola,

Con fecha 24 de Enero del 2005, fui despedida de mi empresa, el despido fue verbal , se intepuso una papeleta de conciliación en reclamación por DESPIDO, se llegó a un acuerdo y mediante ACTA DE CONCILIACION y la empresa reconoció la improcedencia del despido y se me indemnizó.

Hoy he ido a la SS y mi idea era jubilarme el 15/02/2019 pero me han dicho que ya me iban aplicar la nueva ley y necesitaba que en la carta de despido (que no se me entregó) ya que fue despido verbal, y si no es así no podría jubilarme hasta el 15/05/2020.

Mi fecha de nacimiento es el 15/05/1957, estoy divorciada y no tengo hijos.

Llevo cotizados 40 años – 0 meses – 4 días

Quisiera saber si Vds. creen que podría jubilarme el 15/02/2019

Un saludo y gracias de antemano

Carme Donés

Maria del Carmen Cañizales

Cual es el plazo para solicitar pensión de sobreviviente después que fallece el causante ? cual es el plazo que tengo para solicitarla?

Paqui

Muy agradcia d su imformacion ,aumque me niega segun me pertenec y me informo trabajadora social d mis derechos.Mientras sobreviva economicamente respetare su cintradicion en Valoracion.ya cobrre segun est mejor d animo y considere segun me informo y me pertenece

JOSE CAZORLA

BUENOS DIAS.
NACI EN MAYO DE 1958 Y TENGO 40 AÑOS COTIZADOS, ME PODRIA JUVILAR A LA EDAD DE 62 AÑOS Y QUE ME DESCONTARIAN
GRACIAS

Felix

Si nací en 1960, tengo 25 años cotizados. A que edad debo jubilarme?

manuel

podras jubilarte en 2026 con 66 años y 8 meses

Angel Serrano Lucas

Hola. Gracias por permitirme unirme al grupo. He visto algunos comentarios y reseñas y me. Parece muy intereseante todo lo que se comenta y debate. Hay que estar informados es vital. Gracias.
Yo nací 1961.tengo cotizados 40 años. Mi empresa actual parece que en un año. Puede. Lo mas. Seguro es que cierre. Me encontrare en una edad crítica difícil para encontrar trabajo de nuevo. Si llegara esta circustancia podria jubilarme. Por ejemplo agotando el paro. Me penalizarian por cada año que me faltara para mi edad legal de jubilacion. Y si asi seria. Cuando llegase a la edad que me tocaba para jubilarne. Recuperaría lo que me. Penalizaron. Osea cobraria el 100×100 y Como calcularian mi jubilacion. De que años cotizados de. Losn15 ultimos contando paro. O no la verdad es que no tengo Mucha idea. Y deberia ir poniendome al dia. Pues veo que me
Cierran la empresa…

Francisco Javier Velazquez Lorenzo

Buenas tardes: Soy trabajador nocturno y he cumplido 60 años y actualmente he cotizado 39 años de los cuales 32 han sido en el turno de noche: Podría solicitar la jubilación anticipada alegando trabajo penoso o algo similar?
Espero su comentario con mucho interés y aprovecho la ocasión para mandarle un cordial saludo.
Muchas gracias

Francisco Javier Velazquez Lorenzo

Muchas gracias y un saludo

Paco miralles

? Puede ocurrir, que la S.S. cancele la pensión de jubilació a un perceptor en caso de que este heredase una propiedad, que sería vivienda única.? Gracias

Juan Barroso

He presentado mi jubilación a los 61 años el 9/10/2018 (el 7/10/2018 cumplí 61 ); que me ha sido denegada, por no cumplír el requisito de estar 6 meses ininterrumpidamente cómo demandante de empleo; cumplo ese requisito el día 22/01/2019.
los otros requisitos que piden……y tengo, son:

– Despido objetivo el 10/09/2012.
– 40,4 años cotizados.
– Convenio S.Social
-Subsidio mayores 55 años.

Al aplicarme la nueva Ley de Jubilación, a partir del 01/01/2019,¿ cuando sería la fecha efectiva de mi jubilación?

¿ A partir de que pueda acreditar los 6 meses inscripción demanda empleo?
¿ A partir de 61 años + 8 meses ?

La única referencia que tengo es por parte del SEPE, que me han renovado el subsidio hasta, 21/01/2019.
En la Seguridad Social, no me informan de nada.

Agradecido de antemano por su valoración.

Juan Barroso

En primer lugar, agradecerle su respuesta que aclara muchas dudas ya que nadie de la Administración me dice absolutamente nada.

Consultarle, lo siguiente,

El funcionario que me cursó la 1ª Solicitud, ha puesto,después de leer mi despido, cómo motivo de la baja puso: Acuerdo Colectivo con baja Voluntaria…….. cuando textualmente pone «La extinción de su contrato se adopta al amparo del articulo 52.c del Estatuto de los Trabajadores por la necesidad de amortizar su puesto de trabajo; motivada por causas de carácter productivo, económico y organizativo».
¿me puede perjudicar lo que pone el funcionario?
porque da la impresión de que me fui voluntariamente.

Gracias por su contestación.

Juan Barroso

Hola de nuevo,

Aquí aparecen varios códigos:

Documentación Solicitada……….Acreditación por acuerdo colectivo………Documento
TUSS019101.tif correlativos hasta TUSS019109.tif
Acreditación de indemnización por acuerdo colectivo
TUSS019110.tif
Consentimiento para el tramite electrónico de la solicitud
TUSS009901.tif
TUSS009902.tif

Vienen adjunto a cada uno las correspondientes huellas digitales

Juan Barroso

He estado en la TGSS y me informan que el código que tengo asignado por despido es el 54, despido NO voluntario.

Juan Barroso

He estado en la TGSS y me indican que tengo el código 54 (despido NO voluntario). El motivo de no tener el código 91, es porque la Empresa no lo comunicó, aunque puedo acreditarlo por la carta de despido.

ines

Me jubilé hace hace tres meses con 63 años de edad y 39 años cotizados, es decir es jubilación anticipada voluntaria. Tenía la ayuda familiar concedida hasta 2020 pero al decidir jubilarme la corté para recibirla. Mi duda es que me han jubilado de acuerdo con la ley nueva de jubilación y creo que al tener la ayuda concedida hasta 2020 deberían haberlo hecho por la ley antigua. De hecho el precalculo de jubilación lo tengo con la ley antigua mientras que la jubilación lo tengo con la nueva ley. La diferencia entre una y otra es de unos 100 euros, me dijeron en la oficina que no es mucho pero si que lo es. Alguien podría sacarme de dudas y decirme si esto que he expuesto es correcto o estoy equivocada. Gracias, un saludo

ines

Si que hice la solicitud de revisión antes de los 30 días. ya hará unos 35 días de eso y aún no he recibido respuesta aunque supongo que llegará. Solo quería saber si estaba en lo cierto. muchas gracias

Hector Narciso Uceda Santa Cruz

Tengo 61 años de edad y 22 años de aportes al Fondo Nacional de Pensiones, pregungo si ya es hora de jubilarme de acuerdo con la nueva le Ley de Jubilacion que ahora nos podemos jubilar a los 60 los varones y a los 55 las mujeres; gracias

VICENTE MANUEL RUIZ PRIETO

por un mal entendimiento con la persona del inss se a solicitado la jubilación en el mes de julio tengo 64 años y queria saber si me jubilaba ahora cuanto me quedaria .En febrero me dieron una incapacidad del 33 % y la pregunta era cual me con venia mas y creo que no me van a dar opción a optar por una o por otra pues la persona que me atendio no hizo nada mas que formular la olicitud de jubilacion .Si tengo 35 años y servicio militar y los 65 años los hago en diciembre que puedo hacer si me la conceden y no estoy de acuerdo muchas gracias

DANIA RAMIREZ

TENGO UN CASO DE UN PERSONA QUE SE ENCUENTRA INCAPAITADO Y ESTA SOLICITANDO QUE SE LE INTEGRE AL PUESTO PARA CUMPLIR LOS AÑOS QUE LE FALTA PARA SU JUBILACION,, EN ESE CASO QUE PUEDO ESO ES VALIDO O NO

DANIA

MUCHAS GRACIAS!

joaquin poveda llorente

tengo 33 años cotizados y 63 años ,,mi empresa ha cerrado con la consiguiente carta de despido, quisiera saber si puedo cobrar el subsidio de desempleo durante dos años y asi cotizar los dos años que me faltan ?
el periodo de mili me contaria?cómo podria cobrar el 100% de mi pensión?