Cobrar el 100% de la Pensión. La Ley Nueva y los periodos transitorios.

 

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Esta entrada complementa a :

Ley Nueva. ¿Cuándo me puedo jubilar?

En la denominada «LEY NUEVA» (Ley 27/2011 con posteriores modificaciones puntuales según el RD Ley 5/2013) existen varios periodos transitorios para su aplicación paulatina a lo largo del tiempo. los principales son:

  • Aumento de la edad ordinaria de Jubilación que varía entre los 66 años y 6 (u 8 meses, en función del mes concreto de nacimiento) si no se tiene la Carrera Laboral Completa en 2018 y los 67 años a partir de 2027.
  • La duración de la propia carrera laboral compelta (los años cotizados que permite la jubilación a los 65 años) que varía desde 36 años y medio en 2018 hasta los 38 años y medio en 2027.
  • Los años que entran en el cómputo del cálculo de la Base Reguladora (BR) que varía entre los 21 años últimos en 2018 y los 25 años a partir de 2022.
  • La cuantía de la pensión se ve también afectada por el número de años cotizados a través del denominado «coeficiente reductor por cotización» que se aplica a la BR. Estos coeficientes reductores también tienen un periodo variable de aplicación y son, en definitiva, los que permiten acceder a una pensión a la edad ordinaria que sea el 100% de la BR. Este perido varía entre los 35 años y 6 meses en 2018 y los 37 años a partir de 2027.
  • La Ley 23/2013 se legisló el índice de revalorización anual de las pensiones (IRP) que empezó a aplicarse en 2014 y el factor de equidad intergeneracional (FEI) que debería empezar a aplicarse a partir de 2019. No obstante ambos parámetros (el IRP y el FEI) han quedado «congelados» por los acuerdos entre el PP y el PNV para aprobar los PGE de 2018. Se ha acordado «congelar» la aplicación del IRP en los años 2018 y 2019 y retrasar la aplicación del FEI a 2023, todo ello a expensas de los acuerdos que se tomen sobre estas cuestiones en la Comisión Parlamentaria del Pacto de Toledo.

En esta ficha se resume, año a año, la aplicación de los periodos transitorios indicados:

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Jose ageitos romero

Hola. Estoi cobrando el subsidio para mayores de 52 años. El 16 de diciembre de este año 2025 cumple los 65 años y segun el simulador de la seguridad social yo me puedo jubilar con 65 años por la ley vieja. ¿ Mi pregunta es el SEPE o la seguridad social me pasan de oficio para cobrar la jubilación o tengo yo que solicitar y arreglar los papeles de la jubilar.? Saludos y gracias.

Jose ageitos romero

Hola. La seguridad social en el momento de solicitar la jubilacion tiene en cuenta la doctrina del parentesis para la carencia especifica o como le pasa a. Mucha gente hay que ir a juicio.. Gracias, saludos.

Jose ageitos romero

Gracias por la respuesta. Entonces si tengo 16 días de carencia especifica significa qué no tengo derecho a una jubilación contributiva. El simulador de la seguridad social me simula como que si tengo derecho. Estoi desde el año 2019 cobrando el subsidio para mayores de 52 años hasta el 16 de diciembre del 2025 que es cuando cumplo 65 años y me pu
edo jubilar alos. 65 años por la ley vieja segun me d dice el simulador. Gracias.

Jose ageitos romero

Hola. Gracias por su respuesta a mi pregunta… Sin animo de abusar tengo una pregunta más.. En el simulador de la seguridad social me pone carencia general mas de 23 años, eso lo tengo claro. Pero pone carencia especifica 16 dias, aqui es donde tengo la duda. ¿. Que quiere decir esto, que solo tengo 16 dias de carencia especifica o que significado tiene realmente? GRACIAS, SALUDOS CORDIALES.

Jose ageitos romero

Hola. Hice una pregunta y ustedes me contestaron con un enlace para leer. Pero perdi la pregunta con el enlace y me quede en las mismas. Me pueden enviar el enlace de nuevo.. La pregunta era : sobre la carencia especifica de 2 años. Al parecer yo me puedo jubilar a los65 años por la ley vieja. Llevo desde desde el 2011 si trabajar sellando la tarjeta de demanda de empleo ininterrunpidamente. Desde el 2019 estoi cobrando el subsidio para mayores de 52 años. Mi pregunta es :. Cuando me jubile a ls 65 años en mi caso la carencia especifica de 2 años ¿. Cuando comienzan a contar ? Desde el hecho causante, o desde el 2019 que enpece a cobrar el subsidio para mayores de 52 años, o desde el 2011 que comence a sellar la tarjeta de demanda de empleo ininterrunpidamente. Gracias y perdonen la molestia.

Jose ageitos romero

Hola el simulador de la seguridad social me dice que me puedo jubillar a los 65 años por la ley vieja. Mi pregunta es:. Llevo desde el 2011 sin trabajar pero sellando la tarjeta de demanda de empleo ininterrunpidamente y desde el 2019 estoy cobrando el subsidio para mayores de 52 años. Loque quiero saber es : la carencia especifica de 2 años en mi caso cuando se empieza a contar desde el echo causante, o desde que cobro el subsidio para mayores de 52 años, o desde el 2011 que estoi sellando la tarjeta de demanda de empleo ininterrunpidamente. Gracias

MIGUEL

Puedo jubilarme con 44 años cotizados y tengo 60 años

QUE PENALIZACCION TENDRIA

Maria Soledad

Buenas tardes por fin he solicitado la Jubilación. Este año cumplo 63 años el 21 de noviembre. He estado trabajando en la administración pública y con discapacidad de un 65% desde el mes de junio del año 2005. En estos momentos he cotizado 26 años y 15 días. Asimismo, soy madre de 12 hijos antes del año 2016. Según la Seguridad Social me faltarian 3 años, 8 meses y 3 días para la jubilación ordinaria. Mi pregunta radica en si se me reconocería como jubilación anticipada o como pienso, tendría que ser como ordinaria al haber trabajado durante 16 años con discapacidad. El complemento de maternidad cómo afectaría a la pensión y asimismo qué porcentaje correspondería cuando hubiere dejado de trabajar por algunos de los nacimientos de estos hijos.

Solicité a la Seguridad Social un adelanto de cómo sería mi jubilación y observé que no me tenían en cuenta la discapacidad. Me dan 34 años y 322 dias de cotizaciones acreditadas. También me penalizaban como jubilación anticipada con un coeficiente reductor de un 1,00000, quedando un porcentaje aplicable a la pensión de un 97,72.

Un saludo y un millón de gracias por la información más útil que he encontrado en la red sobre jubilación.

Maria Soledad

Me dejan alucinada!!! Imposible mejor explicación, que tendré en cuenta cuando me resuelvan la jubilación. Son unos crack!!!

Solo me queda una duda. ¿Sería mi jubilación al 100%, o como ellos me dijeron en el informativo se quedaría en el 97,72, a pesar de la discapacidad?

No sé como agradecerles su inestimable atención y rapidez…

Maria Soledad

Solo me quedaria una duda después de todo ¿Tendria derecho al complemento de maternidad? porque mi pensión quedaría como ¿Anticipada u ordinaria?. Saludos

Dolores Bernal

Buenas tardes.
Trabajo en un hotel ya cotizados
39 años, y quiero jubilarme voluntariamente a los 63, mi pregunta es si al ser voluntaria la jubilacion ,pierdo el premio de jubilacion que tiene la empresa a las 65 años.
Muchas gracias

FRANCISCO

buenas tardes,me jubilare en un año y el simulador de la seguridad social pone que cobrare 946 euros,pero no se si ha esto hay que descontar algo o es mi pension y no se si esta cantidad es en 12 o14 pagas.ME JUBILARE CON MAS DE 40 AÑOS COTIZADOS.GRACIAS

Boyka

Buenas tardes,
En unos meses me toca jubilar, tendré 65años, y 41años cotizados sumados con la totalizacion de los años cotizados en mi país que es de UE. Mientras tanto estoy cobrando el subsidio de mayores de 55 años. Tengo dos preguntas. Primero, me tengo que dar de baja en INEM antes de entregar la solicitud en SS, y si es así, cuándo?
La segunda es sobre el cálculo de la pensión,ya que en España tendré algo más de 15 años cotizados de los cuales más de 4 son de INEM, por un lado, y, por otro, como ya son 23 para calcular la BR, me imagino que se aplicarán las lagunas para el cálculo final de la pensión.
Agradezco su respuesta y aprovecho saludarles amablemente.

Saludos,
Boyka

Boyka

Buenos días,
Gracias por la rápida respuesta y la información tan necesaria para mi. Pido me deis también información sobre la segunda pregunta, el cálculo de BR y, más bien, si se computaran las lagunas por los años cotizados en extranjero.
Gracias y saludos cordiales.
Boyka

ANGI

HOLA,nací el 10-agosto-62 estoy cobrando el subsidio de los 55/52 el 25-septiembre-2027 serán 38 años cotizados,podré acogerme a la pensión por jubilación? MUCHAS GRACIAS

ANGI

Tengo los 2 años en los 15 años previos lo que no sabía si podría jubilarme a los 65 años o tendría que ser a los 67 años y en cuanto al SMI me tienen el 80%,tendría que ir al paro para que me lo rectificaran.MUCHAS GRACIAS HACÉIS UNA GRAN LABOR

Anibal

Hola.En enero del 2020 tendría cotizados a la ss 30 años y 2 meses mas 1 año de servicio militar y tendría 58 años.¿A que edad me podría jubiar anticipadamente de forma voluntaria siguiendo cotizando?.Gracias

conchi

hola en el año 2027 tendre 64 años y 41 años cotizados, al no llegar a los 65 años no me podré jubilar con el 100%, ¿cuanto me quitarian de la pension? por otro lado me han comentado que hay una bonificación por haber tenido hijos, es eso cierto? la perderia?, muchas gracias

conchi

Muchas gracias nací en sept del 1963, ya he leido los link que manda entiendo que tendria un coefiente de reduccion del 6%, pero no se si me afectaria ya la posible jubilacion a los 67 en luger de los 65, gracias de nuevo

Jose

Jose.
Tengo 60 años, y con 40 años cotizados ininterrumpidamente. Si quiero dejar de trabajar a los 63, como calcular mi pensión a los 65,esos dos años sin cotización me perjudican? Se hace el cálculo sobre 23 + 2 de cero cotización? O se basan en los realmente 25 cotizados. Esos años que pueda tener de vacío sin cotizaciones como computan. Pon ejemplo para autónomos y asalariados.

jose

si hay un periodo de tres años sin cotizar (en el computo de los 25) estos tres años computan a «cero» cotización o hay que retroceder tres años más.

Fernando Bosque Mohino

me he jubilado al cumplir los 65 años con 37 años cotizados hasta el 10 de Mayo del 2013 y desde esa fecha haber cotizado en el IMSS de México con quien España tiene convenio de SS.
El articulo 10 del convenio, indica como calcular la base reguladora.
Entiendo que en mi caso correspondería tomar las cotizaciones reales de los 21 años anteriores al ultimo periodo cotizado en España ( 10/05/2013) en lugar de los 21 anteriores a la fecha de jubilación; me podrían confirmar si es correcta esta interpretaciòn?

Fernando Bosque Mohino

le quedo agradecido por confirmarlo.
La cuestión que pueden suscitarme es si en ese caso toman 15 años en lugar de 21

Manuel

Cumplo 65 años en junio de este año, Tengo cotizados más de 50 años. ¿Puedo acogerme a que me se me reconozcan, porque me interesa, los 25 últimos años o forzosamente son 22 años los que me computan obligatoriamente?

Montse

A los 63 años se me acaba el paro, ¿puedo esperar a los 65 a cobrar el 100% de la jubilación por tener más de 40 años cotizados? Sin cobrar nada, claro. O me obligan a jubilarme perdiendo el coeficiente correspondiente?

Montse

Mi marido, después de estar 13 meses en el paro, ahora tiene un contrato de obra o servicio que le vence en mayo del 2.020, cuando le falte un mes para cumplir los 62 años. ¿Podrá cobrar los 11 meses de paro que le quedan? A la finalización del cobro del paro, ¿puede apuntarse al INEM y esperar a cobrar la jubilación a los 65 años? O le obligarán a prejubilarse?

Víctor

Nací el 18/09/1958,años cotizados 30 años y 9 meses más la mili .me gustaría jubilarme a los 65 años,puedo cobrar el 100% o cuanto podría perder. Gracias

Amparo

Tengo 60 años y 38 años cotizados,soy profesora de la concertada. Mi pregunta es, cuánto perdería si me jubilo con 62 años?

jose alarcon

Buenos días, estoy cobrando el subsidio para mayores de 52/55 años, he estado llamando a INSS, y depende del operador me informar que el SEPE, me obliga a jubilarme a los 61 años y otros a los 63 años.
¿A que edad me pudo jubilar a los 61 o tengo que esperar a los 63? y los requisitos, me ha comentado que he tener 33 años cotizados.

Ignacio

Hola y gracias . Por cuánto cotizaremos ahora que ha subido SMI .los que estamos cobrando el subsidio de mayor de 52 años. Muchas gracias !!!!

Ignacio

Muchas gracias . En la simulación de la SS todavía no la han puesto .o sea en la clave de la SS muchas gracias .por ser tan amable !!!!!

Tomasa Hernandez

tengo 60 años no cotizo al seguro solo lo hice por 4 años estoy dada de baja del seguro pudo retirar mis aportaciones

jose R

Hola amigos: Tengo 59 años.Tengo total cotizados 40 años y 2 meses. Pero de los cuales 6 años son cotizados cobrando el subsidio para mayores de 52 años, Entonces esto me afecta de algun modo o podre jubilarme a los 65 años como indica la tabla.

No aparece en ninguna parte la cotizacion por subsidio mayores de 55 años si entra o no en el computo de años cotizados para la jubilacion, en la vida laboral tampoco informa de que no entra el subsidio mayores 55 a. en la cotizacion o no.

DUDAS DUDAS, desinformacion por parte de todos. ??¿¿

Marcos

Hola, tengo 7 años con una base de cotizacion de 1700 euros a jornada completa y otros 25 años con base de 850 pero estos son a media jornada. Soy soltero y no tengo propiedades.
Mi pregunta es que pension me quedaría al jubilarme aproximadamente si me jubilo en 6 meses.
Gracias.

ROSA Maria Calzado Navarrete

Hola buenos días. Tengo que pasar por un tribunal médico y tengo 17años cotizados a tiempo parcial con contrato indefinido con278 de base reguladora como me afetaria a poder tener una pensión en aso que me conceda ls incapacidad total o absoluta me dio un ictus al oido y me han quedado secuelas. Muchas gracias

MIGUEL CUBEDO MORALES

Buenos dias: quisiera saber si segun la sentencia 61/2018 que estima inconstitucional la ley 5/2013 yo tengo derecho a algun tipo de reclamacion puesto que por la citada ley 5/2013 en el año 2014 con 61 años ,me quitaron la ayuda para mayores de 55 años y me obligaron a jubilarme anticipadamente , con la consiguiente perdida del 18 por ciento, no se si me pueden ayudar en esta duda.
Un cordial saludo
MIGUEL CUBEDO MORALES

sol alonso perez

Buenos días. tengo 59 años, (60 en septiembre) y algo más de 30 años cotizados, necesito regularizar mi vida laboral porque está incompleta, ya tengo cita en la SS, pero no me queda claro como afecta el haber perdido mi trabajo a causa de un ERE en 2013…. Desde entonces he tenido algunos trabajos y actualmente cobro la pensión de 400 y algo con la cotización mínima, creo… Cuándo podría jubilarme???????
Gracias!!!!!!!

María Jesús Rivero

Buenos días, el próximo mes de septiembre firmware conmi empresa el nuevo contrato de relevo 25/75 pero las bases de cotizaciones de la SS y las de mi nóminas no son los iguales. Que puedo hacer ? Además no llego a los topes de las bases establecidos por la SS. Gracias por vuestra respuesta

Antonio Gonzalez Reyes

Que pension me queda jubilandome en el 2022 con 65 años y 40 cotizados.