LA RECLAMACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA

La reclamación administrativa previa ante la SS es el requisito necesario para formular posteriormente, en su caso, demanda en materia de las prestaciones y pensiones de la SS.

Se exceptúan de esta obligación los procedimientos de impugnación de las resoluciones de alta médica al agotarse el plazo de duración de 365 días de la prestación de IT.

PROCESO GENERAL

SOLICITUD→ DENEGACIÓN → RECLAMACIÓN PREVIA → RESOLUCIÓN QUE CONTESTA LA RECLAMACIÓN PREVIA → DEMANDA

Para la reclamación previa ante la SS no se exige ninguna formalidad concreta.
Recomendaciones sobre el contenido de la reclamación previa:
1. Se debe de redactar de forma clara y con datos concretos.
2. Omitir cuestiones personales ajenas al asunto concreto que se reclama.
3. Señalar correctamente nombre, apellidos y documento de identificación del reclamante, así como el domicilio donde se vaya a recibir la contestación.
4. Indicar el acto que recurre y la razón de su impugnación, lugar, fecha, firma y órgano, centro o unidad administrativa al que se dirige.
5. Es fundamental acompañar documentación relacionada con lo que se reclama que ayude a justificar la reclamación previa.
6. Enumeración e identificación de los documentos que se adjunta.
7. Alegaciones
Razonar o argumentar porqué tenemos derecho a lo que reclamamos. Si hacemos referencia a normativa reforzará un poco más nuestra reclamación aunque no es fundamental
El escrito de reclamación administrativa es un trámite obligado y fundamental para poder presentar una posible demanda ante los Juzgados de lo Social. Es decir, se conoce como reclamación “previa” porque tiene como requisito intentar en via administrativa un entendimiento con los Servicios de empleo sin tener que llegar a la vía judicial.

PRESENTACIÓN, PLAZOS Y CONTESTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN PREVIA

El plazo para presentarla es de 30 días hábiles a partir del día siguiente al que nos llega la notificación de la resolución.
La regla general es que la Administración deben contestar expresamente (con carta notificada) a la reclamación previa en el plazo de 45 días a partir de la fecha de presentación.
Por lo tanto, hay dos plazos para presentar la demanda judicial en los Juzgados de lo Social:
a) Si hay contestación de la Admón. a la reclamación previa (regla general): el plazo será de 30 días siguientes a recibir la carta con la resolución denegatoria.
b) Si no hay contestación a la reclamación previa: se podrá presentar demanda judicial transcurrido el plazo de 45 días desde la presentación de la reclamación previa si no ha llegado ninguna carta de contestación. Pasados estos días se puede considerar que ha sido desestimada la reclamación y desde ese día podría presentarse la demanda. Este caso suele darse con una relativa frecuencia, por lo que es aconsejable estar pendiente del transcurso del tiempo.

TRAS LA CONTESTACIÓN DE LA ADMÓN A LA RECLAMACIÓN PREVIA, SE ABRE LA VÍA JUDICIAL.

La futura sentencia podría estimar o no la reclamación del trabajador, y en el supuesto de que sea denegatoria, cabe la opción de recurrir en Segunda Instancia, esto es, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma que corresponda.
Muy probablemente tengamos la duda de si es necesario acudir a un abogado o graduado social, si se puede llevar todo el proceso personalmente y si tenemos la opción de solicitar un abogado de oficio.
El trabajador o beneficiario de prestaciones de Seguridad Social puede designar un graduado social que le asista, un abogado a su elección o solicitar su designación a través del turno de oficio como prestación que se le reconoce porque tiene reconocido el beneficio de justicia gratuita.
Por lo tanto, el trabajador o el beneficiario de prestaciones de Seguridad Social (incluso el potencial beneficiario si el objeto del proceso en su obtención), puede solicitarlo ante el Juzgado competente directamente, bien en el escrito de demanda, bien con carácter previo si lo que le interesa es la designación de letrado para iniciar la demanda.
Hay que tener en cuenta que en el procedimiento laboral en primera instancia, la asistencia de letrada no es obligatoria, por lo cual esa persona a la que se le ha denegado una prestación, puede optar por formular demanda y comparecer por sí misma, o conferir su representación a abogado o graduado social para ser asistido por ellos, mediante poder Notarial o poder otorgado compareciendo en la propia secretaría del Juzgado. La primera instancia, en los juzgados de lo social, desde hace tiempo ya es gratuita.

O.J.O.: En el proceso posterior de demanda NO podrán introducir variaciones sustanciales respecto de los presentados en la reclamación previa La reclamación previa en materia de prestaciones de SS Social interrumpirá los plazos de prescripción y suspenderá los de caducidad, reanudándose estos últimos al día siguiente al de la notificación de la resolución

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Tania

Me faltaba decir que es padre de mis hijos, gracias.

Tania

Hola. He pedido el complemento a la infancia a través del imv.

Me llegó la carta denegada por:

– Formar parte de otra unidad de convivencia
– Unidad constituida hace menos de 6 meses.

Mi situación es la siguiente:
Vivo con mis dos hijos de 4 años-6 meses. empadronadas en septiembre 2021 y mi pareja ( ni casados ni de hecho) empadronado en febrero 2022, por eso la denegación de 6 los meses que no cumplía.

Mi pregunta es porque denegada por : FORMAR PARTE DE OTRA UNIDAD DE CONVIVENCIA.
En el padrón histórico y familiar salen solo mis 4 integrantes familiares pero en el certificado de vivienda salen 7 personas que están
viviendo.
La he vuelto a solicitar, en caso que me deniegue puedo subsanar con algún documento que acredite que no viven aquí estás personas.

Gracias.

Luis

Buenas tardes, recibí una notificación del SEPE de un cobro indebido, hice la reclamación ya que no me habían incluido a los hijos, han pasado los 45 días laborables y no me han contestado, se supone que lo deniegan por silencio administrativo, mi pregunta es: que debo hacer, pagar la cantidad que me reclaman y esperar a que me contesten a la reclamación por hijos?, Mi duda es si me cobrarán intereses de demora si no me han contestado en los 45 días laborables y no pago nada hasta que no me respondan
Muchas gracias

E.E.A

buenas noches el inss me reconoce una ipt en resolución pone que tengo 30dias hábiles a poner reclamación previa y es la mutua quien formula la reclamación pero lo presenta pasado esos 30 dias y le dice ala mutua que es firme ya que no se reclamo a tiempo ante esta resolución puede poner demanda vía judicial mi pregunta es mi ipt es firme y en caso de demanda tiene alguna posibilidad la mutua de ganarla?

jose luis gomez garcia

Buenas tardes. Soy JLGG, Les relato lo acontecido. Con fecha 19.11.2019, solicité el aumento de discapacidad (tenía un 42%), con fecha 20.05.2021, me llega la resolución con fecha valor del 19.11.2019, incrementándome la discapacidad a un 54%. Por mis necesidades económicas, solo cobraba la RAI, tuve que pedir la jubilación anticipada, en agosto del 2020, cuando cumplí 61 años tenia años cotizados para solicitarla, aplicando la deducciones oportunas en mi base. Si la discapacidad hubiera sido del 54%, podría haberme jubilado con el 100% de la base. Mi pregunta es la siguiente ¿puedo reclamar, dado que la resolución, fue desde Noviembre del 2019? Muchas gracias por labor. atte.

José Andrés

Buenos días
Mi empresa tuvo que cerrar en marzo de 2020. En la resolución de aprobación de prestación por desempleo, no estaba de acuerdo con las cantidades en las bases de cotización de dos meses que tenía la Seguridad Social. Presenté al Sepe Reclamación previa, adjuntándoles certificados de empresa y modelos L90 con incremento de las bases cotizables en esos dos meses. A una compañera en la misma situación, le dieron la razón por la misma reclamación. Como yo no obtenía respuesta, pedí cita previa en el Sepe, y me dijo el funcionario que lo había tramitado, que el expediente estaba «en espera de resolución» en la oficina, y que pidiera cita de nuevo para seguir el caso. Lo hice, me atendió otro funcionario, que me dijo que si no había obtenido respuesta, diera por hecho el silencio administrativo, y que ya solo podía acudir a la vía contencioso-administrativa. Me quedé de piedra. Pedí nueva cita con el sepe, a ver qué me dicen ahora. ¿Puedo hacer una reclamación a ese supuesto silencio administrativo? ¿Debo tener más paciencia y seguir esperando?
Muchas gracias.

Jordi

Hola,el inss se negó a darme la carta donde me daban a eleguir subsidio de empleo o pension de ipt . La excusa que me dieron es que yo me adelante a ellos al pedir el paro, y ahora que quiero pasar a pensionista me reclaman esta misma carta que nunca he tenido en mi poder.
¿que puedo hacer?

Paula

Hola, hace dos meses presenté un recurso por una pensión de viudedad a la que tengo derecho y han pasado ya 50 días hábiles, pasando los 45 reglamentarios. Debo esperar a una respuesta o debería empezar ya demanda judicial por si pasan los 30 días? Tengo entendido que es habitual que se retrasen y siempre contestan fuera de plazo así que no sé si debería esperar para no duplicar la reclamación ni gastar dinero en un abogado pero quiero asegurar que recibiré la pensión. Gracias

Jose Castillo Gordillo

Hola el pasado día 17, presente mi demanda al juzgado de lo social, de Savilla después de que me negaran mi reclamación previa a mi solicitud de complementos maternales.
Dos preguntas cuánto pueden tardar aprx. En poner fecha para juicio y en dictar sentencia ?
Si la sentencia me es favorable, la seguridad Social, recurrirá esa sentencia a otro tribunal. Cuanto podrá tardar todo ese embrollo. ?
Muchas GRACIAS

Angel Casanovas

hola, solicite hace meses la prestacion por nacimiento de hijo, me contestaron la semana pasada de que resolvian terminar el procedimiento porque segun ellos no presente la documentacion que me solicitaban y que yo previamente habia adjuntado con la solicitud, me dicen que si quiero presente alegaciones con una con una reclamacion previa pero no se como hacer el escrito para reclamarlo, podrian ayudarme? muchas gracias.

Juan nicolas

Me jubile el 17 agosto 2018.pasado dos años reclame el complemento de maternidad pq reuno los requisos excepto que soy hombre y creia en su momento q solo era para mujeres -pero me he enterado q tb puede ser para hombres-
Pregunta 1 Aunque haya pasado dos años de la resolucion de jubilacion puedo tener posibilidad.?
Pregunta 2 cuando presento la reclamacion la suele apreciar de oficio o tengo que acudir a los tribunales?
Muchas gracias

Yolanda

Hola mi caso es que no me han pagado la pensión por incapacidad total de los meses de septiembre y de octubre, la seguridad social me manda justificantes de que si han sido pagadas y no devueltas y el banco me dice que elllos no han recibido dichas pensiones,mandando justificante de que no las ha recibido, llevo dos meses hablando con los dos organismos y siguen diciendo uno que lo han pagado y el otro que no lo han recibido,

Yolanda

La cuenta está verificada y es correcta, puse reclamación al banco y me contestaron que ellos no han recibido las pensiones, he puesto una reclamación previa a la securidad social y estoy esperando la respuesta, si me sale que no es favorable a mi, mi pregunta es a quien debo demandar, al banco o a la seguridad social, o a ambas en la misma demanda?

Sonia

Hola mi caso es que estoy en dos empresas en una tengo el erte aceptado pero mal calculado y el segundo no lo tengo ni aceptado.
He mandado mails, he pedido cita y no me han llamado ni contestado ni nada no tengo respuesta de ningun tipo.
mando mails cada día y ya no sé qué hacer

María Reyes curty pazos

Hola el 30 de abril me descontaron de mi nómina 20 días porque dicen k estaba dada de alta el 11/3/20 y a mi me llego un aviso de correos el 8/4/30 diciendo k estaba de altay k tenia k pagar al inss durante tdo ese tiempo no recibí ninguna carta del tribunal el 5/3/20la drta del reconocimiento me dijo k esperaría ala respuesta del tribunal y en todo ese tiempo desde el 5/3/ al 8/4/20 no me llego esta carta .lo consulte con mi empresa y me han dicho k en el momento k haya recibido ese aviso es cuando estoy dada de alta x eso quiero reclamar x mis honorarios y tengo el certificado de mi empresa k estoy activa desde el 8 de abril 2020 en mi trabajo.gracias.

María Reyes curty pazos

Pero en mi trabajo me han dicho k pusiera una reclamación y llamar al inss pero he llamado muchas veces y me dicen en estos momentos no le podemos atender y así 10 veces más k te kedas sin saldo en el teléfono parece k te están tomando el pelo yo quiero k me den un correo para mandar mi documentación.nada más solo pido eso k este mes no he cobrado y vivo sola y tengo mucho k pagar nada más solo pido un correo electrónico.

Dolores

Hola pedi la incapacidad permanente el dia 17/02/2020 y en presente no e recibido informacion de nada, si me la han probado o no no se de nada.no se que hacer ni donde reclamar

Karlos

Hola buenas, me di de baja por enfermedad común del día 18 de febrero, el 6 de marzo acabo mi contrato y me pago la empresa, a partir de ahí sigo de baja a cargo de la seguridad social, a día de hoy no e cobrado nada,quería saber cuánto tiempo tiene que pasar para que empieces cobrar por meses.gracias

Karlos

Por lo general el pago sería a último o a primero de mes pero y si llega a último del mes siguiente o más que puedo hacer? Porque otra pregunta, la baja es del régimen general, tengo cotizado en ese régimen 154 días en los últimos 5 años,pero yo llevo pagando el sello 14 años, no habría problema para que me aprobasen la baja no?

Karlos

Pero si por ejemplo pasan 3 o 4 meses y no he cobrado que puedo hacer? Porque en mi pueblo hay varios casos que hace 3 y 4 meses y no han cobrado nada ,gracias

Javier

Tendrías que tener cotizados 180 días como mínimo en los últimos 5 años eso es requisito para poder cobrar una IT

Javi

Debes de pedir el pago directo por qué de lo contrario quien lo está cobrando es la empresa yo tuve el mismo caso y ella lo estaba cobrando y tuve que arreglar el papeleo en la ss

Aristides

Solicite una revision por agravamiento de mi incapacidad permanente y me contestan que no .Tengo que hacer obligatoriamente la reclamacion previa o ir via judicial directamente

Ana

Buenos dias. Solicite la renda garantida en abril 2018 y me la dieron en abril de 2019. Pero hubo un herror he hice una reclamacion en junio. Y aun no me han mirado el expediente. Dicen k no hay fecha para mirarlo. K como hay tanta gente me podria tardar mese o icluso años. K deberia hacer. Cuando tengo necesidad de cobrarla? Gracias

Ana

Eske me dicen k hay muchísima gente y k por eso tardarán. Me da un poco de cosa reclamar x vía judicial por si me la deniegan.cuando llamo para saber como va, me dicen k esta pendiente de revisar pero ya han pasado 5 meses. Y no se k hacer.gracias

Carlos

Yo reclame judicial, gane el juicio porque me dieron alta gane en julio, el juicio y de momento ni me pagan que segun juez estoy de baja, ni me dicen nada y llama la abogada y no le contestan

Ana

Excelente explicacion

Ana

X fin despues de 2 años esperando me la han concedido. Doy gracias x esta ayuda. Sin ella las cosas son mucho mas duras y dificiles. Gracias x wl consejo.

Fernando Bosque Mohino

he recibido resolución parcialmente favorable de una reclamación previa por el establecimiento de la pensión de jubilación; en esta resolución no se ha tenido en consideración cierto articulo del convenio de seguridad social España y México, que determina condiciones mas favorables para el calculo de la base reguladora.
la pregunta es: que clase de recurso corresponde presentar? nuevamente reclamación previa ò demanda ante el juzgado de lo social?

Miguel

Buenas tardes, el plazo que indican de 45 días para recibir respuesta por parte del INSS, una vez presentada la reclamación, ¿son días naturales o hábiles? Presenté la reclamación el día 21 de este mes y me gustaría saberlo para poder calcular cuando se cumple el plazo. Muchas gracias.

fernando

Buenas tardes, solicite el subsidio de 52 años el dia 17 de marzo y aun no he recibido respuesta. En el SEPE me dicen que » estaban esperando la vida laboral » puedo interponer ya una reclamacion o tengo que esperar a recibir la contestacion.Si tengo que esperar cual es el plazo maximo para la contestacion, un saludo y gracias.

Majo

Yo no entiendo nada..en el 2010 termine de cobrar un subsidio. .en el 12 me hice autónoma y desde el año 15 estoy en el paro..me dicen Que es porque desde que termine el subsidio No he estado en el paro.y estoy desde el 2015.y que cuando reciba la carta de denegación Que vaya pq será que tengo q cotizar 3 meses para acceder a la ayuda. .y cuando fui a solicitarla la chica del paro me dijo que iba a tener suerte..el 3 de mayo se me termina el Rai y no mi marido no no cobramos nada…

Majo

Y que me tocaría hacer?.muchas gracias por su contestación y aclaración

Manel

Podria facilitarme un modelo de reclamacion previa a la via jurisdiccional social sobre una resolucion de revision del reconocimiento de grado de discapacidad o en todo caso un modelo genérico.
Para presentar al Depaartamento de Benestar Social de la Generalitat de Cataluña

Alfredo

Buen dia.
¿Los 30 dias para presentar la reclamación previa corresponden al calendario laboral de cada comunidad autonoma?

¿Me la hanpresentado y tras descontar sabados domingos y festivos me lo ha presentado en el dia 31? ¿Se desestima por fuera de plazo?

¿Serviria este argumento que me concederia un dia más, situándolo en el día 30? : «La reclamación previa en lo social tiene carácter de acto preprocesal y por tanto los plazos son los de la jurisdicción social. En la jurisdicción el día x era inhabil. No obstante las prestaciones de esta naturaleza no prescriben nunca. »

Por último:
«»O.J.O.: En el proceso posterior de demanda NO podrán introducir variaciones sustanciales respecto de los presentados en la reclamación previa.»»
¿significa ésto que en la demanda via judicial no se pueden aportar informes medicos nuevos, ptras lesiones sonrevenidas en el interim etc..?

Muchas gracias.

Pilar

Tengo mas de 35 años cotizados termine el paro mas los 6 meses me denegaron la ayuda de mayores de 55 por las rentas familiares no he dejado de sellar el paro desde hace 4 años que no cobro nada. Me pueden decir en que punto de la ley pone lo de que hay que trabajar 6 meses para que lo concedan?

Pilar

En que punto pone que haya que haber trabajado 6 meses para poder solicitarlo?

Ndy

no puedo reclamar porque no he recibido ninguna notificaciòn, entrè en la wed del sepe y lo vì. ¿me la han denegado por no haber tenido un contrato de trabajo de tres meses?