ERTE EN PLURIEMPLEO O PLURIACTIVIDAD

A menudo se confunden estas dos situaciones que tienen en común “cotizar simultáneamente” en dos sitios, pero que tienen diferencias substanciales que intentamos describir.

PLURIEMPLEO. Es la situación del trabajador por cuenta ajena que preste sus servicios profesionales a dos o más empresarios distintos y en actividades que den lugar a su alta obligatoria en un mismo Régimen de la SS. Puede trabajarse tantas horas como se quiera, al no existir un límite global para desempeñar actividades encuadradas dentro del mismo régimen, así una persona puede estar dada de alta en el RGSS 8 horas en dos empresas distintas (16 horas), sin ningún tipo de restricción legal.

Cada una de las empresas cotizará por la retribución del trabajador, si bien se tiene en cuenta un único tope máximo de bases de cotización. Dicho único tope se distribuye entre las dos empresas proporcionalmente a la retribución del trabajador de cada una de las empresas, es decir se suman ambas retribuciones y la parte proporcional del total que asume cada empresa y a continuación se traslada dicho porcentaje y cada una de ellas lo aplica a su cotización. En definitiva, no se trata de dos o más cotizaciones diferentes y separadas unas de otras, sino que aún cuando se deba cotizar por cada una de las actividades profesionales, las diferentes cuotas que van a obtenerse están conectadas entre sí, de manera que la cuota final no puede superar la tarifa máxima que deriva del establecimiento de topes y bases máximas/mínimas de cotización. Lo cual, a su vez, va a condicionar la cuantía de las prestaciones que están en función de las bases de cotización.

PLURIEMPLEO Y DESEMPLEO: En caso de estar trabajando en una empresa con un contrato a tiempo parcial y en otra empresa a tiempo completo, y se extinguiera el contrato a tiempo completo, se tendría derecho a desempleo por la parte proporcional de la jornada que no cubre el contrato a tiempo parcial.

PLURIACTIVIDAD. Es la situación del trabajador por cuenta propia y/o ajena cuyas actividades den lugar a su alta obligatoria en dos o más Regímenes distintos del Sistema de la SS. Es compatible, por tanto, tener un contrato por cuenta ajena, y consiguientemente estar dado de alta en el RGSS, y al mismo tiempo ejercer profesional o empresarialmente otras actividades económicas por cuenta propia que te obligan a estar en situación de alta en el RETA.

El trabajador cotizará de manera absolutamente independiente a cada uno de los Regímenes de Seguridad Social a los que pertenezca, sin que se sumen las bases de cotización a efectos de no superar la base máxima.

PLURIEMPLEO/PLURIACTIVIDAD Y ERTE

Pluriempleo. Trabajador afectado por un ERTE en una empresa en la que trabaja a tiempo parcial y además tiene un contrato a tiempo completo en otra empresa. ¿Podría cobrar prestación por desempleo por lo que dejo de trabajar?

Como mantiene otro trabajo a tiempo completo se da una situación de incompatibilidad que no le permite acceder a las prestaciones por desempleo. No tendrá derecho a la prestación por desempleo mientras continúe esa situación.

Pluriempleo. Trabajador contratado a tiempo parcial por dos empresas. En una de ellas se afecta de un ERTE. La otra empresa no va a suspender la actividad al considerarse esencial por lo que seguirá trabajando. ¿Podría cobrar prestación por desempleo por lo que he dejado de trabajar?

Sí que puede acceder a la prestación por desempleo, pero de la cantidad a percibir se le descontará la parte proporcional al tiempo que trabaja en el contrato que mantiene.

Pluriempleo. Trabajador de una empresa que queda incluido en un ERTE y además está de alta en el Sistema Especial de Empleados del Hogar. ¿Tiene derecho a acceder a la prestación por desempleo?

Podrá acceder a la prestación por desempleo por el contrato afectado por la suspensión o reducción de jornada siempre que el trabajo en el servicio doméstico sea a tiempo parcial. En ese caso se le deducirá del importe de la prestación la parte proporcional al tiempo trabajado en el contrato de empleados de hogar que mantiene.

Pluriactividad. Trabajador autónomo en el RETA y además trabaja a tiempo parcial en una empresa en la que se le ha incluido en un ERTE. ¿Tendría derecho a percibir la prestación por desempleo?

El trabajo por cuenta propia es incompatible con las prestaciones o subsidios por desempleo. Si se encontrara dado de alta como trabajador autónomo en la fecha en la que quede afectado por en ERTE no tendría derecho pues no se encontraría desempleado.

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Mónica

Hola, expongo mi consulta que por mas que leo no encuentro la aclaración.
Entre en Erte en Marzo 2020 con el Estado de Alarma hasta finales de Noviembre 2020 que fui rescatada al 100% de mi jornada. Al ver ahora mi vida laboral veo que todos esos dias de Erte me lo descuentan como pluriempleo o pluriactividad y al final de años cotizados para la seg social aparece esos dias de menos. Es decir en vez de 34 años y tantos dias aparece 33 años y tantos dias.
Esto es correcto? Habría que reclamar? Como afecta cara a los años cotizados para la jubilación?.
Gracias. Saludos

maria

hola! tengo dudas acerca de los dias cotizados cuando se ha estado en erte por la pandemia :
Según los datos de la Tesorería General de la Seguridad Social, has estado de alta un total de 5961 días.

De estos días, has estado de alta de forma simultánea en dos o más empresas del mismo o en distintos regímenes 63 días.

El total de días que cuentan para las prestaciones de la Seguridad Social son: 5898 días, que equivalen a

16 años, 1 meses y 24 días ya he pagado a hacienda al tener 2 pagadores
que pasa ahora con los 63 dias ???

Javier

Buenos dias.
Me encuentro de ERTE en la empresa en la que llevo trabajando 15 años. Ahora mismo solo estamos trabajando el 30×100.
Me ofrecieron otro trabajo en el que estoy 3 horas semanales, para poder seguir cobrando la bonificacion del SEPE, pero ahora me van a subir las horas en mi trabajo de toda la vida.
Mi pregunta es: Cual es el porcentaje maximo con el que puedo compaginar mis dos actividades, es decir… si me suben el porcentaje de horas en mi trabajo principal, cual sería el limite para poder seguir en mis dos trabajos y cobrando del SEPE. Seria al estar al 100x 100 o al cubirr las 40 horas semanales?

Esperanza

Buenos días, ante todo dar las gracias por resolver tantas dudas que se nos plantean. Expongo mi caso, llevo en una empresa contratada a tiempo parcial 13 años, desde marzo de 2020 me incluyeron en ERTE y sigo en ello… Cuando consulto mi informe de vida laboral me aparecen 300 días de pluriempleo, y no sé si hay algún error o es correcto.
Muchas gracias, un saludo!

Sandra

Hola,
Trabajo en un bar a media jornada(20h) y llevo en ERTE desde el 6 de noviembre.
Me han ofrecido un nuevo trabajo a 36h.
¿Puedo trabajar y seguir cobrando la prestación?

Elena

Hola, os explico mi situación:
Estoy en ERTE desde noviembre en las últimas semanas me han sacado parcialmente, puesto que hemos empezado a trabajar algunas horas. Ahora tengo la oportunidad de realizar un trabajo como autónomo (además de seguir trabajando para la empresa en ERTE esas pocas horas) durante las próximas tres semanas. Entiendo que durante las semanas en que esté de alta como autónoma no voy a cobrar la prestación pero ¿Puedo reincorporarme al ERTE tras darme de baja en el RETA?
Muchas gracias de antemano

asier

Buenos días,
Tengo una consulta respecto a la prestacion por desempleo. Llevo trabajados mas de seis años enl as siguientes condiciones:
Trabajo entre semana base de cotizacion de 800€ (segun nomina) lo que supone un 75% de jornada
Adicionamlente los findes de semana trabajo con unas bases de 900€ (segun nomina) y sopone un 48% de jornada adicional
Me han despedido del primer trabajo con las bases de 800€ un 75% de jornada. Me gustaria saber:
– Como calcular la prestacion por desempleo durante los primeros 6 meses y los 18 restantes.
– Cuanto me cotizaría el desempleo durante el periodo que este cobrando la prestación.
PD:he intendado a usar el simulador pero no permite introducir esta casuística.
Saludos

Armando

Buenos días y perdonad porque pese a lo repetitivo de la cuestión a mí no me h aquedado claro.
La pregunta es muy simple;
–         en abril del 2020 mi empresa entra en ERTE y se va a acoger a la prolongación de los ERTES hasta mayo del 2021. Es decir, no son nuevos ERTES en una prolongación del mismo
–         A mí se me deniega la prestación al estar dado de alta en el RETA y por cuenta ajena
–         En septiembre 2020 me doy de baja en el RETA
–         Solicito mi prestación a partir de octubre 2020
–         Se me vuelve a denegar y en el SEPE me dicen que no tengo derecho a prestación, aunque me haya dado de baja en octubre. De hecho, me dicen que, aunque solo hubiera sido el primer día del ERTE en ambos regímenes, no tendría derecho a desempleo en los casi 15 meses.  
¿Cómo es posible que alguien no tenga derecho a ninguna prestación en 15 meses como castigo por estar dado de alta en dos regímenes pagando dos veces a la S. S.? S ¿no se puede realizar ninguna acción, aunque sea por vía judicial para reclamar la prestación desde el mes que no estas dado de alta en el RETA y ya no se produce la incompatibilidad?

David

Buenas tardes, mi caso concreto es el siguiente: Soy trabajador por cuenta ajena cobrando su sueldo mensual (mi empresa paga mis cuotas a la SSocial)pero al mismo tiempo tengo una SL que utilizo para mis pequeñas inversiones en negocios, por lo que soy forzosamente Autónomo societario.
A raíz del Covid, mi empresa me realiza un ERTE pero el SEPE no me paga porque soy autónomo societario ( inversiones en negocios de restauración por cierto).
Mi pregunta es, si mi empresa paga mi cotización mensual porque el Estado (SEPE) se desentiende de remunerarme cuando estoy en ERTE? Mi empresa es solo para inversiones, no entiendo porque si mi contratante paga mis cotizaciones, ahora no puedo cobrar absolutamente NADA por estar en ERTE.
Si me podéis explicar el sentido os lo agradecería
gracias

Raúl

Buenos días, antes que nada muchas gracias por vuestro tiempo y por ayudarnos con todo este lio ;(
mi caso es el siguiente: me di de alta de autónomo a principios de enero (4/01/2021), al mismo tiempo (desde noviembre de 2020) estaba trabajando para otra empresa.

Cuando esta trabajando como autónomo y para la empresa, la empresa nos metió en ERTE (21 de enero). Me dicen desde el SEPE que no puedo cobrar prestación de ERTE porque soy autónomo y no tengo derecho a ayudas.

¿Hay alguna posibilidad de cobrarlo? Entiendo que, son cosas distintas, he leido que si se me realiza una compatibilización de las dos actividades (mi trabajo como autónomo y el trabajo en la empresa en la que tengo un contrato de 19,75h) si podría cobrar la prestación, ¿Esto es así?

En caso de que esta posibilidad se pueda hacer, ¿Quién debería asegurar que existe realmente esa compatibilidad para poder cobrar el ERTE? ¿La empresa? ¿Mi gestora..?

Ojalá me podáis resolver la duda, me ayudaríais un montón la verdad. Mil gracias.

Cinti

Hola, desde hace un tiempo soy pluriempleado. Tengo un contrato a tiempo completo en una empresa y, adicionalmente, trabajo 12 horas semanales en otra. Estoy en ERTE de la empresa en la que estoy al 100% y el SEPE sólo me ha venido pagando el 70%, puesto que asume que las 12 hrs del otro contrato me complementan el 30% restante. En este sentido, ¿hay algún número de horas que me permita trabajar y que no me descuenten del ERTE? Porque así, lo que gano es lo que me descuentan del otro empleo…así que casi es mejor quedarse en casa y no perder dinero. ¿Qué me aconsejáis?

Esteban

Hola,
Mi caso es el siguiente, en marzo de 2020 estaba contratado en una empresa y era autónomo al mismo tiempo, la empresa está en erte desde entonces y yo me di de baja de autonomos en agosto de 2020.
La empresa para la que trabajaba sigue en erte, pero yo no cobro ningún tipo de prestación porque estaba en pluriactividad cuando la empresa entró en erte. Otra empresa me ha propuesto trabajar tres semanas, lo justo para arreglarles unos equipos. Se que cuando acabe este trabajo volveré a estar en erte con la empresa anterior, lo que no sé es si empezaría a cobrar el erte o no, de no ser así quisiera saber si dándome de baja voluntaria antes de empezar el nuevo trabajo cobraría el paro cuando termine este nuevo trabajo. Gracias.

Pablo

Buenos días :
Muchísimas gracias por su respuesta. 
Entonces entiendo que si me doy de baja como autónomo porque la empresa para la que trabajo por cuenta ajena me rescata del ERTE y dos meses después me vuelve a meter en ERTE (se entiende que es el mismo ERTE y no otro diferente ) estaré en situación legal de desempleo y por tanto podré acceder a las prestaciones de desempleo que me corresponden.
Llevo en este segundo ERTE desde Octubre sin cobrar. Ahora se ampliarán hasta Mayo y si en un futuro echan el cierre me tendrán que despedir…. Entiendo que si que estoy en situación legal de desempleo no ?
Disculpen que me reitere en la pregunta pero es que leo los artículos y las leyes y no me quedan muy claras.
Muchas gracias de nuevo por sus repuestas.
Reciba un cordial saludo.
Pablo.

Pablo

Buenas tardes: He leído todas las dudas y comentarios y los artículos de referencia ya que estoy en el mismo caso que la mayoría. Mi caso es que trabajo por cuenta ajena y era autónomo. El 17/03 mi empresa hace un ERTE y no puedo cobrar la prestación ya que no estoy en situación legal de desempleo pero si cobro la ayuda a los autónomos por cese de actividad. Cuando mi empresa me informa que nos va a rescatar del ERTE, me doy de baja del RETA ya que mi miedo era estar trabajando y que tiempo después nos despidieran y no poder tener derecho al subsidio de paro. ( me doy de baja de autónomo el 13/07). Comienzo a trabajar desde el 15/07 hasta el 8/10. A partir del 9 de Octubre vuelvo a estar de ERTE ( ERTE global para todos los empleados y el mismo tipo que el mes de Marzo). Entiendo que la ley diga que se nos siga denegando el subsidio ERTE por haber estado de alta como autónomo a todos los que tenemos el mismo caso,… pero si se extienden los ERTE estando dado de baja en el RETA y no estar en pluriactividad hasta el 31 de Enero y por lo que se ve, se vuelven a extender hasta Mayo (fin del Estado de alarma) seguiremos sin tener ayuda de ningún tipo. Mis preguntas son las siguientes: 1- En caso de que la empresa para la que trabajo tuviera que cerrar y hacer… Leer más »

Alicia

Buenas tardes. Estoy en un ERTE a 10h semanales, tengo la posibilidad de hacer un curso muy interesante en una inmobiliaria pero me piden que me dé de alta como autónoma. El curso dura dos meses y ahora tengo el tiempo de hacerlo ¿Puedo hacerme autonoma para ese curso y no perder el ERTE que es de lo que vivo? Muchas gracias por su respuesta.

isabel

Buenas tardes:

Soy autonoma ;Administradora de una Sdad .Nunca he dejado de pagar cuota autónomos. Cobro prestación por cese de actividad (DA4ªRD 30/2020).

La Sdad se acogió al ERTE en abril y se comunico la salida del ERTE en agosto. desde entonces no ha vuelto a operar ( en pre-concurso).

En la vida laboral me descuentan del computo total de días cotizado -306 dias- alegando pluriempleo/pluriactividad. Imposible .Ni he cambiado de regimen, ni trabajo por cuenta ajena .
¿Cómo puede ser posible? ¿Qué norma está aplicando la TGSS/SS , para hacer ese descuento del computo total? y, ¿Cómo puedo recurrir y o reclamar ante la SS ?

A no ser que haya alguna norma que haya pasado por alto.

Gracias y un cordial saludo

E.Isabel

Ana

Buenas noches,explico mi caso.el 14 de marzo mi empresa hace un erte por covid.En junio me sacan del erte pero solo 10 horas semanales,por lo que el sepe me paga a razón de 30 horas y mi empresa a razón de 10 horas.consultando la vida laboral me encuentro los años que llevo cotizados y más abajo me pone que por pluriempleo o pluractividad no me cuentan 306 días que llevo en erte.solo tengo 1 trabajo en que estoy dada de alta 10 horas.es normal?si me lo puede explicar lo agradecería mucho.

Un saludo.

Ana

He leído que consume paro,es cierto?

Carlos

Buenas,
Hasta la crisis estaba trabajando como empleado a tiempo completo y también tenia una pequeña actividad de autónomo. En Marzo mi empresa decide poner la plantilla en ERTE, este empiezo con fecha 16/03. No estaba conocedor de la fecha de arranque así que me di de baja de autónomo en fecha 30/03.
Los meses siguientes he cobrado el ERTE pero ahora el SEPE me pide reembolsar la totalidad de las prestaciones porque al momento de ERTE seguía como autónomo y no solo la parte del 16/03 hasta que me di de baja el 30/03. No se si es correcto o no, si tengo derecho a una reclamación

Gabriel

Hola buenas, te comento mi situación, yo estaba dado de alta en autónomo y en la cuarentena me puse a repartir glovo. Además de eso, estuve como 4 meses de ERTE por la empresa con la que trabajo parte de repartir. Tengo un contrato de 30h. Todavía no he recibido nada del ERTE y Nose si realmente me pertenece o no.

Javi

Hola!

Estoy en ERTE por cuenta ajena desde el 25 de Marzo 2020 (Canarias), sector turistico y queria empezar una actividad turistica, darme de alta como autonomo. Como seguimos en ERTE por cuenta ajena, es compatible darme de alta en RETA y seguir cobrando ERTE?

Juan Luis

Hola, mi caso es diferente a todos los comentados:
Estoy en ERTE por un trabajo a tiempo completo y he comenzado a trabajar en otro trabajo a tiempo completo. Lo he comunicado al SEPE para que corten la prestación. Ahora entiendo que estaré cotizando por las dos empresas con el límite de no sobrepasar la cotización máxima.
Es muy probable que vaya a perder los dos trabajos,, ¿Cómo se calculará la futura prestación por desempleo? ¿Cómo se calculará la base de cotización durante el tiempo que esté en desempleo? Es A)por la base de cotización de la última empresa en perder el trabajo los últimos 180d, B) por la media de las dos bases de cotización C) o se tendrá en cuenta la suma de las dos cotizaciones con lo que estaré cotizado durante el desempleo por una cantidad mayor con vistas a la jubilación.
GRACIAS

Cris

Hola, quería hacer una consulta, estoy dada de alta en dos empresas por cuenta ajena a tiempo parcial en las dos y me hicieron un ERTE en marzo a causa del covid-19. Desde entonces he ido cobrando la prestación por los dos trabajos, pero en una de las dos empresas me piden que cause baja voluntaria y la duda que me surge es, si yo firmo esa baja voluntaria, puedo seguir cobrando el ERTE de la otra empresa? Gracias

Mostapha

Hola que tal? Espero que estéis bien. Quería comentarles mi situación y espero que me ayuden. Yo estoy de Autónomo y al mismo tiempo trabajaba en por cuenta también ajena, des de 14 de marzo asta 25 de mayo estuve en ERTE, he cobrado una ayuda de 600 € por cada mes para poder pagar alquiler de la tienda donde estoy dado se Autónomo etc. Pero el ERTE de mi trabajo por cuenta ajena no he recibido nada. Después en agosto volví a estar en ERTE por cuenta ajena y des de entonces no he recibido nada tampoco en ERTE, y se me están cumulando los gastos de mi casa alquiler etc porque no he podido pagar por no recibir ERTE. Hable con un abogado me dijo que no tengo derecho al ERTE, pero tengo conocidos que están en Autónomo y trabajar por cuenta ajena y están cobrando el ERTE y también han cobrado la ayuda del Autónomo, como es eso? Espero que me expliqueis u muchas gracias.

Anna Ro

Hola, estoy en erte desde 14 /03 y tengo un trabajo de 3 h de lunes a viernes (15h).No he cobrado ni un mes del erte y ahora me salió otro trabajo de 20 h semanales.Que se supone que tengo que hacer ? Puedo tener dos trabajos parciales y un erte?

Elena. Nomb.

Hola

Hoy viendo mi vida laboral he visto algo que no me cuadra.

Estoy trabajando para una única empresa y entré en ERTE en marzo, estuve 73 días en ERTE.

Al mirar mi vida laboral he visto que estos días me los han descontado según ellos por pluriempleo o por pluriactividad:

  • Situación de alta en el Sistema de la Seguridad Social:5.514 días 
  • Días efectivamente computables para las prestaciones económicas del Sistema de la Seguridad Social: 5.441 días

¿Quería saber si esto es correcto o por el contrario puede ser un error por parte del SEPE, la empresa o la Seguridad Social? Y recalco que no he estado pluriempleada.

Si es correcto, ¿Qué tiempo se tiene en cuenta para el calculo de la pensión de jubilación? ¿El primero o el segundo rango de días?

Muchas gracias.

CARMEN

EN EL ARTICULO SIMPRE ES A CONTRATO PARCIAL , PERO EN EL NUEVO ERTE DE COTUBRE YO SOLO TENGO CONTRATO CON UNA EMPRESA Y ES A JORNADA COMOLETA LO UNICO ES QUE ESTA EMPRESA ESTA EN ERTE Y YO INCLUIDO

CARMEN

HOLA ME HAS CONTESTADO , PERO NO LO ENTIENDO BIEN , SI YA NO ESTOY DE AUTONOMO POR QUE ME DI DE BAJA POR CAMBIO DE ADMINISTRADOR EN LA EMPRESA Y YO DESDE EL PRIMER MOMENTO HE ENTRADO EN LA EMPRESA EN EL ERTE EN LA CUAL ESTOY FIJO , Y EN OCTRUBRE VOLVIERO A PEDIR UNA PRESTACION LA EMPRESA , POR QUE NO PUEDO COBRAR EL ERTE , EN ESTA SITUCACION NO TENGO DERECHO A NADA , NI PARO , NI ERTE .

CARMEN

SI ESTAS INCLUIDO EN UN ERTE DE EMPRESA EN LA QUE ERES FIJO, Y TAMBIEN ERES ADMINISTRADOR DE UNA EMPRESA Y POR ELLO AUTONOMO , NO COBRAS ERTE , PERO SI TE HAS DADO DESPUES DE BAJA DE AUTONOMO POR CAMBIO DE ADMINISTRADOR EN LA EMPRESA , TIENES DERECHO AL ERTE DONDE SIGUES TENIENDO CONTRATO FIJO?

MJ

Buenos días:

Estoy de ERTE total en la EMPRESA A desde el 1 de julio, cobrando la prestación del SEPE. Oficialmente, estaré de ERTE hasta el 31 de enero (y puede que se vaya prorrogando más ya que pertenece al sector del turismo).

Posiblemente me surja una oportunidad laboral en una EMPRESA B (Régimen General pero en un sector totalmente diferente, tiempo completo, con periodo de prueba y luego posibilidad de contrato indefinido). Si aceptara este puesto, entiendo perfectamente que dejaría de cobrar la prestación del SEPE, pero ¿tendría la obligación de informar a la EMPRESA A? ¿Podría seguir con mi contrato (aunque suspendido) en la EMPRESA A hasta ver como evoluciono en la EMPRESA B? Pregunto porque quiero tener la oportunidad de volver a la EMPRESA A en caso de que no me salgan bien las cosas en la EMPRESA B.

En caso de que la EMPRESA A termine en ERE mientras sigo en la EMPRESA B en periodo de prueba, tendría derecho a cobrar indemnización por la EMPRESA A pero no el paro, ¿verdad? Y en caso de que luego la EMPRESA B no me pase a indefinido, entiendo que no tendría paro tampoco. ¿Correcto?

Otra opción que podría tener es hacer unas prácticas NO remuneradas (estoy estudiando ahora mientras estoy de ERTE). Quisiera asegurarme que hacer prácticas no remuneradas no me haría perder el derecho a seguir cobrando la prestación del SEPE.

Gracias de antemano y un saludo,

Joaquin Lozada Petzall

Hola,
Este artículo ha sido de mucha ayuda, así como también los comentarios y por supuesto las respuestas a los mismos.
En mi caso, me he desayunado bien tarde con esta informacion.
Estoy en ERTE desde el inicio de la pandemia y recién la semana pasada el SEPE me ha denegado la prestacion del ERTE por estar dado de alta como autonomo.
Con el retraso del SEPE en elaborar su respuesta, la imposibilidad de contactarlos o pedir cita previa durante estos meses y la cantidad de casos de trabajadores con retraso e incidencias en el cobro, pensé que simplemente tenía que esperar el bendito cobro que nunca llegó… Para colmo como autonomo no he tenido ayudas, mi actividad fue suspendida durante el estado de alarma y desde entonces no he tenido ingresos.

Mi pregunta es simple, y agradecería tu respuesta.
Si me doy de baja como autonomo, y mi empresa vuelve a enviar la informacion al SEPE, puedo cobrar el ERTE de ahora en más?

Joaquin Lozada Petzall

Muchas gracias por tu respuesta!
Si lo he entendido bien, en caso de que la empresa donde trabajo, este mes me dé de alta 1 semana y luego me vuelva a poner en ERTE, se consideraría un ERTE nuevo?

LuisM

Buenos días.
Estuve de ERTE desde el inicio del estado de alarma hasta el 11 de junio y me restan todos esos días como pluriempleo. ¿Es correcto? No me parece lógico que si no he estado trabajando me contabilicen como pluriempleo y me descuenten días para el paro.

Joan

Buenos días tengo pluriactividad,en el trabajo por cuenta ajena a media jornada estoy en ERTE desde el primer día del estado d alarma y no he cobrado nada y mi negocio por cuenta propia por fuerza mayor cerrado ya que es de ocio nocturno he cobrado los tres meses de cese extraordinario luego me inscribí en a julio en el cese ordinario del 75% menos y llevó más de 25años en mi negocio sigo pagando la cuota pero sigo sin poder abrir, aún no he cobrado nada del cese ordinario pero si me han dado la ayuda del descuento en la cuota de autónomos los tres meses mi mutua me dice que lo tengo aprobado pero no estoy cobrando a día de hoy ya casi tres Meses y es un poco confuso realmente puedo cobrarla ? Y el ERTE al menos puedo cobrar al menos los meses del estado de alarma ya que mi negocio estaba cerrado por el estado de alarma y en ERTE ?ya que no generaba ingresos mi negocio en el estado de alarma por fuerza mayor Gracias y felicidades por estar

Joan

Entiendo por lo que me dice que cobraré el cese ordinario solicitado en julio estando en ERTE en el trabajo por cuenta ajena y aceptado por lo que la mutua cada mes me dice que me lo van a ingresar pero va pasando el tiempo y entiendo que no me paga el SEPE sino la mutua después del 30 de septiembre puedo solicitar seguir en el cese ordinario ya que por lo que he leído tengo de cumplir los requisitos del cese definitivo por así decirlo y al estar en ERTE en mi trabajo por cuenta ajena podré cobrarla ? O tengo de hablar con la empresa (si quieren claro ) que me echen al no poder dejarla yo porque creo que tampoco podría cobrar del cese , la verdad todo son dudas y con la que está cayendo sólo nos falta esta incentimdrunbre gracias por todo

Sandra

Hola,
Actualmente me encuentro en Erte a media jornada, la empresa no me puede incorporar. Puedo darme de alta como autonomo,y seguir obrando el Erte?gracias

Ángela

Buenos días, mi caso es el siguiente:
estaba en pluriactividad cuando en marzo, por el Covid, mi empresa solicitó un ERTE para todos los trabajadores. Por lo que he revisado en su página, no tengo derecho a ERTE. Ya he entendido esto (aunque me parece una injusticia totalmente).
Dos preguntas:
1. ¿Cuál es mi situación legal con respecto a mi trabajo a cuenta ajena? Si la empresa no ha reiniciado su actividad y parece que no va a hacerlo y todos los trabajadores siguen cobrando el ERTE pero yo no, ¿cuál es mi situación legal en esta empresa en este momento?
2. Yo sigo trabajando a cuenta propia, ganando muy poco, pero sigo en actividad. En relación a mi contabilización de tiempo como trabajador pensando en mi jubilación, ¿estos meses que he seguido trabajando solo como trabajador a cuenta propia se siguen sumando a mi tiempo de trabajo a considerar para mi jubilación o no?
Les agradecería alguna orientación.

Gisela

Buenas tardes , a ver si consigo alguien que pueda ayudarme , trabajo en una empresa por cuenta ajena y a la vez soy autónoma , cuando comenzó el COVID mi empresa entra en el Erte y yo en él pero aún no le había dado de baja al autónomo , tampoco generaba beneficios pero como a todos nos pilló esto sin esperarlo , le doy de baja al autónomo y me comienzan a pagarme el Erte de mi empresa y la ayuda de autónomo , sabía que algo estaba mal y considero separar el dinero del autónomo esperando la carta que sabría que me llegaría y devolverlo , para mi sorpresa el importe que me reclaman es el de mayor cuantía es decir el sueldo de mi trabajo por cuenta ajena …. y a día de hoy no percibo ninguna ayuda ….

Marta

Buenos días
En el momento de abril mi empresa solicitó ERTE . Siendo yo autonoma y trabajadora por cta ajena a tiempo total…
En julio salí del ERTE y me reincorpore a mi trabajo por cta ajena, a mediados de julio me di de baja vomo autonoma y ahora en agosto he vuelto a tener días sueltos de ERTE.
Aun así el SEPE me ha mandado una resolución de no cobro de el ERTE!
Alguien puede Responderme si esta situación es revurrible!??
Gracias
Marta

Milton Rodriguez

Hola, la situación que me genera dudas es la siguiente: una trabajadora que en los 180 días que toman como base de cotización cambió de trabajo, manteniéndose momentáneamente en ambos, durante noviembre y diciembre, y solo le tomaron como referencia las nominas de la empresa en la que permanece. Pero como al principio hacía muy pocas horas en la empresa actual (compensando el salario con la otra, y aportando por ambas) el ERTE es mas bajo de lo que esperaba. ¿se puede hacer algo?

maria

Ayer día 29 de julio conseguí hablar son el SEPE. Me dijeron que no tengo derecho a cobrar el Erte por ser además autónoma, al igual que tampoco tenemos derecho a paro. ¿Entonces de qué sirve cotizar dos veces? Oiga, si en momentos de dificultad me voy a quedar con una mano por delante y otra por detrás para eso no me haga cotizar dos veces. No estaría encantada apenas la empresa para la que trabajo de no tener que hacerse cargo de ese coste.
 
Creo que sinceramente que para que esta situación cambie los autónomos pluriempleados deberíamos unirnos para tener visibilidad y hacer algo de presión porque los que somos autónomos y trabajamos por cuenta ajena lo hacemos porque lo necesitamos, no por amor a trabajar jornadas de 15 horas.

Mayka

Hola
Tengo una duda, al ver mis cotizaciones en la seguridad social, veo que hay un apartado que dice que en dos empresas tengo cotizados 17 dias a la vez, en una me di de baja voluntaria porque empece en la otra, esos 17 dias de la primera son de las vacaciones retribuidas y no disfrutadas y de la segunda porque estaba ya trabajando, la pregunta es: si ahora solicitase la prestación por desempleo (tengo tiempo suficiente para poder solicitarlo) esos 17días también estarían incluidos en el computo de días cotizados para tener derecho a una prestación?
Muchas gracias

Mayka

Muchas gracias. Saludos

Ana M.

Hola!
Tengo una consulta. Me pueden ayudar?
 
Trabajando a tiempo completo para una empresa, entré en ERTE el 15 de abril de 2020 con duración hasta el 30 de junio.
El 15 de junio me he dado de alta como autónoma, perdiendo la prestación del ERTE.
 
Mi empresa me comunicó que voy a continuar en ERTE hasta el 31 de octubre de 2020. Así, me he dado de baja como autónoma el 30 de junio. (He estado como autónoma 2 semanas).
 
Mi empresa está gestionando los ERTES de todos los empleados, así que no tengo información sobre lo que se está pasando. La información del SEPE es que todavía estoy dada de baja de la prestación del ERTE porque soy autónoma.
 
Tengo derecho a la prestación si ya no soy autónoma? Será que la información todavía no está actualizada o mi empresa todavía no gestionó el ERTE?
 
Muchas gracias por la ayuda! Un Saludo.

Ana M.

Hola.
 
Muchas gracias por la información.
 
Pero mi empresa va a gestionar de nuevo el ERTE hasta el 31 de octubre y ahora ya no estoy como autónoma.
 
Siendo así, tengo derecho a la prestación del ERTE?
 
Un saludo

Omar

Hola, tengo una pequeña consulta. Se me acaba de denegar el subsidio del ERTE por haber estado de alta como autónomo. El erte se solicitó el 06/04 y yo me di de baja del RETA el 25/06. Ahora, entiendo que por el tiempo que he estado en pluriactividad, no puedo percibir la prestación, pero ahora que se ha extendido el ERTE hasta septiembre y yo sigo de baja en el RETA, puedo percibir el subsidio para los meses siguientes?
Muchas gracias

Omar

Muchas gracias por la respuesta.
Un saludo

carlos

mi empresa esta en un erte parcial el cual se lo aceptaron para todos pero yo no lo he cobrado y aparte yo soy autonomo voy a cobrar la prestacion

Maria

Hola no entiendo el importe de mi ERTE a ver si alguien me puede ayudar. A fecha de 14 de marzo estaba trabajando en 2 empresas a tiempo parcial, en una de ellas me han hecho ERTE.
 
EMPRESA A: 15 horas a la semana, al 37,50% de la jornada. ERTE (empieza el estado de alarma y en mi vida laboral aparece que me han cambiado el tiempo que estoy de alta a solo el 10% de la jornada).
EMPRESA B: 8 horas a la semana, al 20% de la jornada (finaliza mi contrato el 28 de mayo).
 
Los cálculos del ERTE son:
Base Reguladora Diaria: 13,71
 Cuantía diaria inicial: 3,66
Importe mensual: 109,80
Seguridad Social: 25,80
 
¿Es correcto? ¿me penalizan por estar en una 2º empresa?
Y tiene algo que ver que ahora la empresa del erte este cotizando menos horas por mi de las que estaba antes del estado de alarma?
 
Gracias.

carles

Hola buenos días. Me encuentro en situación de pluriactividad (trabajo a tiempo parcial como asalariado y al mismo tiempo soy autónomo). En la empresa donde trabajo como asalariado presentaron un ERTE para toda la plantilla, incluyéndome a mí, y se lo aceptaron para todos (la empresa insistió en mi caso de autonomo/asalariado, y el ERTE se aprobó completo). De autónomo he seguido trbajando pero mis ingresos son nulos, hace 5 meses que empezé. Del ERTE soy el unico de la plantilla que no ha cobrado nada.
 
La gestoría, al principio de todo, me dijo que en el caso de les ERTOs era posible de recibir la prestación aunque fuera asalariado. El sindicato me indicó también lo mismo. Ahora leo aquí que existe la misma restricción para el cobro de prestación que en una situación normal (incompatibilidad paro/autónomos). Es realmente así? No hay un funcionamiento específico para los Erte que me permita cobrar? Gracias
 
 

carles

Muchas gracias, así he estado esperando una prestación que no llegará, aunque me dijeran que sí :(. Agradecido de su rápida respuesta

Estela Perea Gómez

Hola, yo estoy en la misma situación. En mi caso estoy dada de alta como autónomos pero la empresa no tiene actividad, estoy en curso para liquidarla. Si me doy de baja de autónomos, podría cobrar el paro que me corresponde del ERTE al trabajar por cuenta ajena?? Me puedo dar de baja de autónomo con carácter retroactivo??

Sergio

Trabajador desde 30/01 tiene contrato de jornada completa con nómina de 1400€.El día 2/03 abre también contrato en otra empresa a tiempo parcial (65%)con una nómina de 875€.El día 14/03 ambas empresas le incluyen en ERTE total.Tiene 2 hijos a cargo.Como se calcula el importe a recibir de SEPE teniendo en cuenta estos datos??
Si es posible añadir los enlaces a las leyes y normas que regulan esta situación- seria de gran ayuda
Gracias

Sergio

Gracias por la respuesta rapida.
Mis dudas principalmente empiezan con el tema de 180 días anteriores a los ERTE(ya que no los hay,son primeros contratos en la vida) y la base reguladora q se tiene tomar en cuenta (la suma d ambas ya q ambas m incluyen en ERTE )??

Angel

Hola buenas noches quería consultar lo siguiente. Trabajo en una empresa con jornada de 40 horas y también estoy dado de alta cómo autónomo. La empresa me incluyo en erte y aún no he cobrado pero he leído que si soy autónomo no cobro el erte. Yo trabajo de autónomo como reparto de comida y no tengo horario trabajo las horas que pueda trabajar las cuales on pocas a la semana. La pregunta es puedo cobrar el ERTE.

Teo

Hola, haber si puedo explicarme bien, hace un año solicité una subvención de joven agricultor, la aprobaron en diciembre, y me di de alta de autónomo desde ese mes, mientras estaba trabajando por cuenta ajena. Bien esa subvención te adelanta 17500€, pero en mi caso al no disponer de terreno, me comprometo a comprarlo antes del 20 de septiembre de 2020. La circunstancia es que la empresa entró en erte, tardaron 3 meses en comunicar que me habían denegado el erte, no he cobrado nada y sólo he podido adquirir 6000m de los 20000m que necesito. Ahora la empresa cierra y nos echan, y con el terreno que tengo no puedo vivir de ello, ni me dan crédito, ni voy a tener ningún ingreso, y en octubre incumplire las condiciones de la subvención y me quitarán el dinero de la subvención y me sancionarán, así que perderé una parte importante de mis ahorros, que no son muchos. Después del rollo, hay alguna solución, o resigno definitivamente, gracias.

Antonio

Buenas tardes. Tengo actualmente dos contratos en dos empresas, uno a 40h y otro a 6h. En el de 40h me han reducido un 25% la jornada en ERTE y en el de 6h he seguido al 100%. Afecta esta condición al importe del ERTE? Es correcto que me ingresen menos que a otros compañeros que solo tienen uno de los contratos? Gracias

Eduardo

buenos dias, si mi trabajo dio de alta el erte el 14 de marzo pero yo me di de alta como autonomo en abril ya que no me pagaron y tenia que ganar dinero para pagar mis deudas, tendria derecho? ya que leo que se dice » si se encontraba dado de alta como autonomo al momento de iniciar el derecho» yo no estaba dado de alta desde principio sino luego, podria pelear eso ?

PATRICIA

Me encuentro en pluriactividad en una empresa Asalariada a jornada 8h. completa con un ERTE de fuerza mayor y Autónoma en el Régimen del Mar. En el que no percibo ingresos y hago un ERTE por perdidas del 75%. Si yo no causo BAJA en la empresa de hostelería a tiempo completo y cotizo el tiempo de ERTE, es mas a mi jefe no le cobran el seguro mío.
Porque me deniegan el Erte de Hosteleria.? No me llego la notificación a casa, espero que me lo notifiquen por escrito?Y he visto mas denegaciones donde resuelve el Sepe basándose en el art. 71 de la ley 36/2011 del 10 de octubre. Dicho artículo no tiene nada que ver con la situación.
Que me aconsejan? Espero la notificación, cuanto tiempo tienen? recurro? y para colmo me hicieron un adelanto el banco autorizado por la Xunta , al mes y medio porque en principio lo autorizo. Tengo que devolver el dinero ?
 
Muchisimas gracias.
 

Last edited 4 años by PATRICIA
ROSA

Tengo 2 trabajos a tiempo parcial:
1º.- De 20 horas semanales por el que cotizo 670€. Aquí no he dejado de trabajar.
2ª.- De 12,50 horas semanales por el que cotizo 500€. Aquí estoy en ERTE por la totalidad de la jornada, mi contrato finaliza el 19 de junio.
No estoy conforme con lo cobrado durante el ERTE, según el SEPE no se calcula igual la PRESTACIÓN por ERTE, que por desempleo.

ERTE: Se toma el 70% de la base media de cotización SOLO de la empresa que te deriva al ERTE, y el resultado se reduce en un 50% por estar de alta y trabajando en otra empresa 20 horas semanales. CALCULO: (500*70%)/2 = 175€
DESEMPLEO: Se toma el 70% de la base media de cotización de las DOS empresas en las que estoy de alta, y el resultado se reduce en un 50% por compatibilizar con un trabajo de 20 horas . CALCULO: ((500+670)*70%)/2 = 409,50€.

He entendido bien la explicación?. Esto es realmente así?

Si es así los trabajadores pluriempleados nos vemos visto agraviados con la formula de cálculo.

ROSA

Muchas gracias por su pronta respuesta.
El enlace al que ustedes me derivan es el mismo que consulté antes de mi CITA TELEFONICA con el SEPE, y el que me hizo decidirme a presentar una reclamación previa. A mi entender no existe diferencia entre «suspension temporal» y «extinción» para el cálculo del importe, pero según el funcionario que me ha atendido hoy, si la hay.
La reclamación previa estaba presentada con anterioridad a mi cita telefónica, por lo que espero siga su curso y me contesten. Cuando esto suceda, les comunicaré el resultado.
Un saludo.

Álvaro

Hola buenas, llevo 1 año dado de alta en el régimen de autónomos. Sin embargo, en los últimos 4 meses no he trabajado como tal, ya que empecé a trabajar por cuenta ajena. No me he dado de baja como autónomo y ayer me enteré que no tengo derecho a ERTE por estar dado de alta como autónomo, a pesar de no hacer uso alguno de ese régimen. Se puede apelar por el ERTE o aún estoy a tiempo de pedir la ayuda por parte del régimen de autónomos? Gracias.

Cristian de Almeida

Hola buenos dias tengo dudas segun mi caso , trabajo a tiempo completo a cuenta ajena a 40 horas en una empresa que entro en erte desde el 14 de marzo y a la vez estaba dado de alta como autónomo como repartidor delivery … entonces por falta de conocimientos como la empresa solicito el Erte me quede en casa y no sali a repartir más por seguridad y no pedi prestación por ser autónomo pense que recibiría la de Cuenta ajena , como al pasar los dias no recibía ninguna prestacion y por falta de recursos me doy de baja de autónomo para no seguir pagando la couta el 12 de Mayo , al tiempo que no recibo ninguna prestación por ningún organismo empiezo a informarme y el Sepe me comunica que no tengo derecho a la prestación y los autónomos me dicen que tampoco por darme de baja, entonces pienso yo que deberia tener derecho a la prestación como autónomo hasta el 12 de mayo y como cuenta ajena apartir que me doy de baja de autónomo ?? Ahora mismo no he recibido ninguna prestación y el casero esta que me tira de mi casa mi pregunta es no tengo derecho a NADA entonces por falta de información de los organismos competentes????? Ayuda por favor

Isaac

Buenas Cristian, te comento la solución puesto que yo estoy en el mismo estado que tú. Me encuentro trabajando a 40h por cuenta ajena y como autónomo. Y me denegaron el ERTE solicitado por la empresa sin posibilidad de reclamarlo al estar dado de alta como autónomo pasado el 14 de marzo. Me puse en contacto con mi mutua de autónomo (en mi caso FREMAP) y desde su web rellené la solucitud online de prestación por cese de actividad. Tienes 2 opciones a la hora de pedir esta ayuda, una es declarando que has tenido menos ingresos del 75% de tu sueldo habitual como autónomo y la otra es el cese total de la actividad, como era mi caso puesto que no he trabajado como autónomo desde entonces. Una vez rellenado tardan unas semanas en confirmarte la solicitud. En mi caso ya me lo han confirmado y se cobra el 70% del mínimo que viene a ser unos 600 y pico. Se cobra desde el dia 14 de marzo hasta el 30 de junio aunque lo rellenes ahora, y algunas mutuas están adelantando los pagos de los primeros meses. Un saludo.

Álvaro

Buenas Isaac, ¿se puede pedir la prestación de autónomo a día de hoy? Porque en teoría el plazo acababa en abril… Un saludo

Isaac

Según especifica en la web de FREMAP el plazo para formular la solicitud de la prestación es hasta el último día del mes siguiente a aquél en que se produzca la finalización del estado de alarma. Así que sin problemas. Yo lo solicité a mediados de mayo.

Marius

Buenas tardes estoy trabajando en una empresa con jornada completa que en la fecha 27/04/20 nos a metido en ERTE, 15 dias despues me he vuelto a incorporarme.
A mi sorpresa solo estando 15 días en ERTE he cobrado el mes entero de prestación y comprobando mi vida laboral estoy desde el dia 27/04/20 en pluriempleo sin estando de baja de mi empresa y estando de alta en el SEPE.
Me podrían aconsejar a donde acudir a reclamarlo al SEPE o a la empresa.Hoy mismo llevo 42 días en pluriempleo.

Alex

Buenas tardes.Mi situación es parecida a lo que leo.Me encuentro desde marzo en dos Ertes:uno de una empresa a tiempo completo(40h) y otro de otra empresa a tiempo parcial (15h).En mi resolución,sobre la base reguladora del trabajo a tiempo completo y ya restado el 70% correspondiente,me han restado un 37,5% (el % equivalente a las 15h del contrato parcial en comparativa a una jornada completa) para calcular la cuota diaria inicial.Me aparece ese % como «% del contrato a tiempo parcial que compatibiliza con la prestación».En todo momento los Ertes han sido totales y he estado sin trabajar.
Entiendo con lo que explicáis que es un error del SEPE y debían haberme abonado simplemente el Erte de la jornada completa.¿Es así?.Muchas gracias.

Alex

Perfecto.Por eso digo que para calcular la prestación,de lo correspondiente a la jornada completa no deberían haber restado la jornada parcial como han hecho y debe ser un error.Simplemente se debía haber calculado lo correspondiente a la jornada completa sin tener en cuenta la jornada parcial.¿Así sería entiendo? Gracias de nuevo.

Miguel

Hola.Trabajo en dos empresas,una a 40h (a tiempo completo) y otra a 12,5 h (a tiempo parcial). Desde marzo estoy en un Erte en cada una de ellas. ¿Me podríais explicar cómo se ha de calcular mi prestación? Muchas gracias.

Silvia

Hola, estoy en Erte en una empresa a tiempo completo y también estoy en Erte en otra empresa a tiempo parcial, podré cobrar la prestación de ambas empresas ya que estoy en Erte en ambas?

ALEJANDRA

DUDAS: Soy autónoma desde 2019 y sigo y trabajo en una empresa 5 horas, es afectada por un ERTE por el COVIT.
como autónoma dada las circunstancias son reducidas mis ventas .

PUEDO solicitar la ayuda para autonoma de reducción de ingresos y por otra parte el la prestacion por el ERTE??

GRACIAS-.

Vicente

Buenas tardes, en el caso que no tengamos derecho a cobrar el ERTE por pluriactividad la empresa sigue cotizando a la seguridad social por mí? mi contrato acaba el 31 de julio y tengo dudas.

Vicente

Pero legalmente sigo empleado hasta que la empresa decida rescatarme del ERTe o cesar mi contrato cuando llegue Julio, no?.

NOE

Buenos días,
Tengo 2 trabajos por cuenta ajena a tiempo parcial.
El primero de 25 horas/semana y el segundo de 15 horas/semana.
La empresa en la que trabajo a 25 horas semanales me ha incluido en un ERTE pero en la segunda sigo trabajando sin modificación alguna.
Aún no he cobrado nada pero he recibido la resolución de aprobación del SEPE y el cálculo lo hacen tomando como Base Reguladora únicamente la de la empresa en la que estoy en ERTE, aplican el 70% y luego restan el porcentaje correspondiente de jornada de la empresa en la que sigo trabajando (38.50%).
Mi duda es si para el cálculo de la prestación se deberían sumar las las cotizaciones de los últimos 180 días hechas en ambos trabajos y después reducirla en proporción a la jornada parcial que aún mantengo o, de no ser así, si se calcula sobre la Base Reguladora de la empresa en ERTE (que ya es sólo por las 35 horas semanales) porqué luego aplican el porcentaje de reducción por las 15 horas semanales que continuo trabajando??
Muchas gracias.

NOE

Buenas tardes,
Muchas gracias por su respuesta.
Me surge la duda de si esto es así por tratarse de una medida extraordinaria ya que revisando el articulo 270 «Cuantía de la prestación por desempleo» de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015) en los artículos 4 y 5 señala:
» 4. Cuando el trabajador tenga dos contratos a tiempo parcial y pierda uno de ellos, la base reguladora de la prestación por desempleo será el promedio de las bases por la que se haya cotizado por dicha contingencia EN AMBOS TRABAJOS durante los ciento ochenta días del periodo a que se refiere el artículo 269.1, y las cuantías máxima y mínima a que se refiere el apartado anterior se determinarán teniendo en cuenta el indicador público de rentas de efectos múltiples en función de las horas trabajadas en ambos trabajos.
5. La prestación por desempleo parcial se determinará, según las reglas señaladas en los apartados anteriores, en proporción a la reducción de la jornada de trabajo».
Le agradezco de antemano su atención.
Un saludo

RAQUEL

Buenas, soy autónoma y a la vez trabajo por cuenta ajena a jornada completa en una empresa que me incluyó en el ERTE por Fuerza Mayor. Me han denegado la prestación por ERTE pero me han aprobado la prestación por cese de actividad de autónomos. Mi duda es: ¿la empresa queda exonerada de la cotización a la seguridad social durante el periodo del ERTE o tiene que pagarla? Muchas gracias

Scherezade

Hola. Me acaban de comunicar el ERTE en mi empresa (cuenta ajena) que se hace efectivo este mismo lunes. Trabajo también como autónoma, mi duda es si puedo cobrar ese ERTE de la empresa para la que trabajo por cuenta ajena y la que supone la mayoría de mis ingresos. ¿Me tendría que dar de baja como autónoma para poderlo cobrar? ¿voy a tener algún problema? Gracias de antemano.

Scherezade

Muchas gracias. Debería entonces darme de baja de autónomos hoy mismo ¿verdad? ¿hay alguna manera de hacerlo online y que pueda ser efectivo? Muchas gracias

Juan

Hola.
Trabajo en una empresa A a tiempo completo pero tengo reducida la jornada a 6 h.
Trabajo también en una empresa B a tiempo parcial (según el certificado de vida laboral con un coeficiente de tiempo parcial del 32%).
En ambas empresas estoy en el mismo régimen.
Hacen ERTE en la Empresa A y llega la notificación del SEPE de que voy a cobrar Subsidio pero el cálculo que me dan es muy bajo. Yo entiendo que hay que aplicar el 70% a la base reguladora de la empresa A.
¿O hay que aplicar también un 0,68% para tener en cuenta el contrato a tiempo parcial en la Empresa B? ¿O sumar lasbases reguladoras y aplicar ambos porcentajes?
Muchas gracias por adelantado.

Marluz

Hola, trabajo para dos empresas.
En una tengo antiguedad de 5 años y trabajo 10 horas semana. En la segunda empece a trabajar 12 y media semana en febrero 2020 . En ambas me enviaron a Erte.
Me pagara el Sepe por cada una o solo me pagaran por la empresa que llevo 5años trabajando?

Joaquín

Buenas tardes,

Trabajador indefinido por horas actualmente afectado por ERTE desde marzo, en mayo me doy de alta como autonomo pero no he dejado la empresa anterior. Se extingue mi ERTE o se sigue manteniendo por ser el alta de autonomo posterior?
Gracias!

Luis

Hola. Trabajador a tiempo completo por cuenta ajena, en esta empresa presentan ERTE. Además dado de alta de autónomos con trabajadores a cargo. Puedo cobrar el ERTE presentado por la empresa en la que estoy contratado a tiempo completo?

comed

Buenos dias,
Trabajador por cuenta ajena y autónomop. La empresa present ur ERTE. Tengo que seguir pagando su cotización a la segurodad social y su nómina porque al ser autónomo no se peude acoger a la prestacion por desempleo?

Un erte mas

buenos DIAS
trabajador de dos empresas diferentes, una parcial y otra completa
el erte me lo hacen en la de contrato parcial pero sigo dado de alta en la de tiempo completo porque soy trabajador esencial
¿Cobrare el erte?
gracias

Diana

Buenas, y si trabajo para 2 empresas a tienpor parcial? En una estoy la 50% y en otra al 30%. Tengo derecho a percibir mi prestación si estoy afectada en los 2 trabajos por ERTE?

María del Rosario

Hola, quería saber cómo se calcula la prestación en este caso, yo también trabajo para 2 empresas a tiempo parcial (20h semanales en la primera y 4h semanales en la segunda), y ambas me han incluido en un ERTE… ¿Cobraré el 70% de la primera + el 70% de la segunda?… O… ¿Cobraré el 70% de la media de las dos empresas?… O… ¿Cómo tiene que ser?…

Gracias de antemano, un saludo.

María del Rosario

Sí, creo que lo solicitaron en fechas distintas. Muchas gracias!!

María del Rosario

Muchas gracias!! Aunque de momento no he cobrado el SEPE de la segunda empresa (me han dicho que espere al día 13/06…).

Tengo otra consulta:
En la segunda empresa, aún sigo en ERTE y quieren solicitar que se prolongue hasta septiembre/octubre; tengo entendido que el SEPE solamente paga los tres primeros meses (no sé si eso es cierto)… Mi pregunta es, saber quién me pagará después de los 3 primeros meses de ERTE?… El SEPE o mi empresa?… O no me pagará nadie?…

Gracias por adelantado

María del Rosario

Muchas gracias!!