LA “TARJETA SOCIAL UNIVERSAL”

A veces, la forma de denominar a las cosas llevan a la confusión de que sean algo diferente de lo que realmente son. Quizás porque sirve para enmascarar la verdadera finalidad para las que han sido creadas y evitar cualquier alarma. Eso ocurre con la “Tarjeta Social Universal” establecida en los Presupuestos Generales del Estado para el presente año.

Aunque la fecha límite para hacerlo, era el 4 de octubre, desde el día 21 de septiembre pasado ya están en vigor las prescripciones técnicas necesarias para el desarrollo de la de la “Tarjeta Social Universal”, que a pesar de su nombre, dado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, no es un documento que hayamos de tener los españoles, sino un fichero con datos de carácter personal que incluye la información actualizada de todas las prestaciones sociales contributivas, no contributivas y asistenciales de contenido económico, reconocidas a los ciudadanos y financiadas con cargo a recursos de carácter público. Además, recoge una información paramétrica y actualizada sobre determinadas situaciones subjetivas, para ofrecer utilidades a las distintas administraciones públicas, así como a aquellas entidades afectadas que colaboren con el sistema.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social es el encargado de la administración, la gestión y el mantenimiento del registro de datos rigurosamente protegidos, así como del sistema informático que le dará soporte. Por lo cual los organismos públicos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades y Ciudades Autónomas, y de las que integran la Administración Local están obligadas a transmitir al citado instituto la información actualizada correspondiente a los datos identificativos de los titulares de las prestaciones económicas, en cuanto determinen o condicionen el reconocimiento y mantenimiento del derecho a aquéllas, de los beneficiarios, cónyuges y otros miembros de las unidades familiares; además de los importes, clases de las prestaciones abonadas y la fecha de efectos de su concesión o reconocimiento.

Tarjeta Social Universal para evitar el fraude
También han de hacerlo las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, las entidades del sector privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas y las empresas colaboradoras en la gestión de la Seguridad Social. Mientras que los organismos competentes dependientes del Ministerio de Hacienda y Función Pública o, en su caso, de las diputaciones forales, deberán facilitar, dentro de cada ejercicio anual, información relativa a los niveles de renta de los ciudadanos afectados.
En resumen: se ha creado una potente herramienta con la acumulación de la mayor cantidad de datos posibles para evitar el fraude en las prestaciones sociales . Aunque seguirá cobrándose alguna de forma indebida, principalmente no contributiva, mientras haya economía sumergida o perceptores que se desplazan al extranjero a trabajar sin comunicar esa circunstancia.

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