COMPATIBILIDAD DE LAS PENSIONES DE INCAPACIDAD PERMANENTE (IP)

Las pensiones de Incapacidad Permanente (IP) no son incompatibles con el trabajo y, por lo tanto, se pueden generar situaciones de concurrencia de otras prestaciones de la SS. Intentamos resumirlas

ENTRE PENSIONES DE INCAPACIDAD

La pensión por incapacidad permanente como consecuencia de un accidente no laboral es incompatible con el cobro de otra pensión consecuencia de una enfermedad común, aunque esta última se haya producido trabajando en otra empresa y desarrollando otra profesión.

CON LA JUBILACIÓN

Así mismo, siguiendo con este régimen de incompatibilidades de la pensión de incapacidad permanente, en cualquiera de sus modalidades, es incompatible con la pensión de jubilación, por lo que el beneficiario deberá optar entre la percepción de una u otra pensión.

LOS BENEFICIARIOS POR MUERTE Y SUPERVIVENCIA

Cuando la pensión de incapacidad permanente coincida en un mismo beneficiario con la pensión de viudedad o con la pensión de orfandad, se podrán percibir ambas prestaciones de forma simultánea, sin que haya de optarse entre una y otra, aunque en el caso de la orfandad la incapacidad para el trabajo debe haber sido declarada antes de cumplir 18 años de edad.

LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO

En este caso se puedan dar dos supuestos:
• El trabajador que pasa a ser beneficiario de la pensión de incapacidad permanente total para la profesión habitual se queda sin empleo como consecuencia de esta declaración, en este caso el trabajador podrá optar entre percibir la pensión por incapacidad, o bien si tiene derecho a la prestación por desempleo cobrar ésta hasta su finalización, y una vez agotada pasar al cobro de la pensión de incapacidad permanente.
• El trabajador está percibiendo la prestación, o el subsidio, por desempleo y es declarado en situación de incapacidad permanente total, en ese supuesto el trabajador puede optar entre agotar la prestación de la que en ese momento es beneficiario, o bien cobrar directamente la pensión de incapacidad que le ha sido reconocida.

CON LAS INDEMNIZACIONES A TANTO ALZADO

La incompatibilidad también se extiende a las indemnizaciones a tanto alzado sustitutivas de la pensión de incapacidad permanente total.
En el caso de la incapacidad permanente parcial para la profesión habitual, la indemnización a tanto alzado que le corresponde también es incompatible con la incapacidad permanente total consecuencia de la misma contingencia, aunque en el caso de la incapacidad permanente sea reconocida por una contingencia distinta que aquella por la que se originó la indemnización a pago alzado, entonces si serán compatibles ambas percepciones.

CON LA INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)

También existe incompatibilidad entre la prestación por incapacidad temporal y el reconocimiento retroactivo de la pensión de incapacidad permanente, pues son incompatibles entre sí, por el tiempo de coincidencia de ambas al aplicar la retroactividad de la segunda, debiendo optar el beneficiario por una de las 2 prestaciones coincidentes.
Mientras que en el caso particular de la incapacidad temporal de un trabajador en pluriactividad en distintos regímenes de la Seguridad Social, Régimen General y regímenes especiales o entre regímenes especiales, se puede dar el caso de que en un régimen el trabajador esté de baja, haciendo efectivo su derecho a la prestación por incapacidad temporal, y al tiempo esté de alta y trabajando en otro régimen diferente, al no tener esa dolencia incidencia en esa otra actividad.

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100 comentarios en «COMPATIBILIDAD DE LAS PENSIONES DE INCAPACIDAD PERMANENTE (IP)»

  1. Saludos, he revisado todas las preguntas para ver si había alguna igual a la mía y parecidas muchas pero iguales ninguna, por ello quisiera preguntarle:
    Tengo 53 años, fui contratado como discapacitado (34%), a los pocos meses sufrí un accidente laboral, pase a la mutua y me pagaba esta. A los 15 dias de baja me despidió mi empresa sin motivo (denuncie a la empresa). Seguidamente la mutua me dio el alta, también presente reclamación en el INSS. Solicite el desempleo y me dieron la paga de los 52. A los tres meses el INSS me revisa y obliga a la mutua a que vuelva, me operan y me dan mas de un 50% de daños y reconocen una lesión permanente, por lo que he presentado una nueva revision y luchar por la incapacidad total por oficio. Mi pregunta es: estoy cobrando la paga de los 52, si me conceden la IPT por oficio ¿podre cobrar ambas? y si no es asi ¿Cómo podría cobrar ambas?.

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  2. Por sentencia firme del 01 de febrero de 2021 tengo reconocida una ipt , hasta el momento tenía paro , el cual ingresavan los dis 5 de cada mes, pues bien, ni tengo pago por parte del sepe y tampoco tengo por parte del inss.
    Es decir , este mes como de las nubes.
    No sé cuándo se realizará el pago de la pensión y los atrasos.

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  3. Tengo 56 años y una ipt.y trabajando tengo derecho.a cobrar paro. En caso de despido puedo cobrar el paro a la vez que aumentarme el 20% por edad en ipt?

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  4. Buenas tardes.en 2017 me concedieron una ipt que ahora me han hecho definitiva.
    A la vez me despidieron de la empresa.tengo los 2 años de paro completos ya que nunca estuve en el paro desde que empecé a trabajar en la empresa,26 años
    Mi duda es si ahora trabajo y me despiden o no renuevan en alguna empresa,tengo derecho a cobrar el paro
    Estoy dado de alta en oficina de empleo desde 2018
    Gracias .un saludo

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  5. Hola, quería saber si es compatible mi pensión por incapacidad absoluta con la pensión en favor de familiares. Veo que cumplo todos los puntos pero dudo sobre el que habla de no percibir pensión pública. Mi pensión por ip es de este tipo? gracias

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  6. Hola tengo una pensión permanente total por accidente de trabajo la cual llevó cobrando más de un año, pero ya estoy trabajando en otro sector mi pregunta es puedo solicitar el cobro a tanto alzado para montarme algo por mi cuenta en mi caso serían las 84 mensualidades ya que tengo 37 años ¿me descontarán el año que e cobrado? O me darán las 84 mensualidades tal cual, ¿cuanto tengo que pagar hacienda si me dan dicho pago? Y cuanto me cobraría un abogado por este trámite muchas gracias

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    • Si las lesiones no son susceptibles de mejora, y se acredita que se vaya a realizar una actividad laboral se puede solicitar la sustitución de la pensión de IPT por una indemnización a tanto alzado siempre y cuando se tengan menos de 60 años y se solicite al INSS dentro de los 3 años siguientes a la fecha de la en la que le reconozca el derecho a la pensión.
      La cuantía será de como máximo de 84 mensualidades de la pensión con menos de 54 años de edad y un mínimo de 12 mensualidades a los 59 años, con una relación de 12 mensualidades por cada año de edad entre los 54 y los 59, e independientemente de la edad a la que se accedió a la IPT.
      Dado que, en general, la pensión de IPT está sujeta al IRPF también lo estaría la indemnización que la sustituye.
      Los honorarios de los profesionales no están, ni pueden estar legalmente, sujetas a unas tarifas concretas pues se estaría incumpliendo los principios de la libre competencia.

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  7. Buenas tardes,
    Tengo declarada judicialmente una incapacidad permanente absoluta, que puede ser revisada dentro de unos meses, y una discapacidad superior al 33%
    Quería saber si podría inscribirme en una oposición para las plazas reservadas a discapacitados, ya que tengo temor a que en la próxima revisión del inss me puedan quitar la pensión. Mi duda no es si puedo trabajar, que ya sé que no es posible, sino irme inscribiendo a ofertas de empleo público que puedan ir saliendo, que pueden tardar en adjudicarse incluso años.

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    • Por inscrribirte no pierdes nada, no obstante la Incapacidad Permanente Absoluta SÍ puede ser compatible con la actividad laboral aunque suene paradójico, siempre que el trabajo sea compatible con el estado del incapacitado. Si la actividad del nuevo trabajo excede las condiciones establecidas y supone un cambio en la capacidad de trabajo, puede ser causa de suspensión de la pensión que se recibe.
      Será necesario comunicar al INSS el inicio del trabajo, ya sea por cuenta propia o ajena y si además la incapacidad deriva de una enfermedad profesional será necesaria una autorización previa del INSS.

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  8. Buenos dias ,tengo una minusvalia del 88% ,y estoy cobrando una pension por incapacidad permanente de mi anterior trabajo , antes del reconocimiento venia de cobrar el subsidio por desempleo , es compatible cobrar la dos , gracias .

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    • NO, pues el subsidio estaba generado por un trabajo anterior a la incapacidad permanente, y ambas prestaciones (el subsidio y la incapacidad permanente) intentan sustituir las rentas de trabajo que ya no tienes. Caso difrente es que con la incapacidad permanente tengas un trabajo compatible con dicha incapacidad y ese trabajo finalice involuntariamente en cuyo caso si podrías acceder a la prestación de desempleo (“el paro”) o un subsidio generado por ese “nuevo” trabajo

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      • Buenas tardes , gracias por la respuesta , la incapacidad permanente total , la estoy cobrando desde 8 meses ,que es la minima ,unos 503 euros trabajaba en un centro especial de empleo , tras varias bajas me dieron la incapacidad por el puesto que tenia en el centro de empleo ,tras agotar el paro ,me pase a cobrar el subsidio hasta tener reconocido la incapacidad , y desde el Sepe me siguen pagando el subsidio , es compatible ? .

        gracias .

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        • Insistimos en que si el subsidio no ha sido generado por un nuevo trabajo compatible con la incapacidad, es incompatible con la pensión. Si suguen ingresándolo más pronto que tarde te comunicarán que debes devolverlo

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  9. Es compatible cobrar el subsidio para mayores de 52 años si cobro una pensión por incapacidad permanente para la profesión habitual del 55%… Unos 400€.
    Todos los requisitos los reuno. Solo quieres saber si es compatible. Gracias.

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  10. Yo tengo una incapacidad permanente total, a las cual cobraba otro por el sepe de violencia de genero. Y empeze que trabajr 16 días al mes a 4 hora y me la inquietado.con 2 menores a mi cargo. Esto se puede hacer

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  11. Buenos días. Se ha iniciado de oficio el expediente de una incapacidad permanente para un autónomo electricista con empleados, y tiene la licencia de instalador para firmar boletines. La pregunta es ¿podría seguir firmando boletines de alta estando en una pensión de incapacidad permanente? ¿se consideraría trabajo?

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  12. Hola. He trabajado 30 años en la misma empresa y después de 1 año de baja me han reconocido una incapacidad permanente total, por lo que la empresa me ha dado de baja. Puedo cobrar el paro acumulado durante esos años y una vez agotado éste cobrar la prestación por incapacidad permanente? Si es así, qué ocurre con la incapacidad durante el tiempo que cobre el paro? Queda suspendida o tendría que solicitarla de nuevo?
    Un saludo. Gracias

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  13. Hola estoy cobrando una incapacidad permanente total desde 2016 por enfermedad común. Puedo pedir ahora el paro también? Tengo 2 niñas menores y mi marido esta cobrando una ayuda por los 53 años

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    • Las prestaciones de desempleo teniendo una pensión de incapacidad permanente sólo se pueden solicitar si esas prestaciones han sido generadas por un trabajo compatible con dicha pensión.

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  14. COBRANDO UNA PENSION DE INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL MENOR DE 675€ Y TENIENDO DISCAPACIDAD DEL 50%,NUNCA PEDI EL RAI TENGO 53 AÑOS,PUEDO COBRAR EL RAI Y LA PENSION AL MISMO TIEMPO.
    ME GUSTARIA SABER SI SON COMPATIBLES.MUCHAS GRACIAS

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  15. Hola, Buenas Noches. Estoy cobrando una pensión mínima con complementos por Incapacidad Total, al ser la mínima, tengo derecho a cobrar la de mayores de 52 años. Estoy casado y con tres hijos.

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    • Las pensiones de Incapacidad Permanente son incompatibles con las prestaciones/subsidios de desempleo pues ambas prestaciones tienen la misma finalidad de “sustituir” las rentas del trabajo que ya no se tienen (por Incapacidad o por desempleo). Sí son compatibles si el desempleo se ha producido por un trabajo que era compatible con la pensión de Incapacidad. Ver: Incapacidad Permanente (IP) y trabajo https://laboralpensiones.com/incapacidad-permanente-ip-y-trabajo/
      Aunque pongas diferentes nombres (Alejandro o Juan Manual) evidentemente eres el mismo consultante y no entendemos por qué repitas la misma consulta.

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  16. Hola. Tengo 52 años y cobro una pension minima por Incapacidad Total. Esta paga es compatible con la paga o ayuda de 52 años, reuniendo los 15 años cotizados.

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  17. Buenas tarde, estoy cobrando una paga por incapacidad total de 499 euros mas dos pagas lo que no supera los 675 euros . Como dice otro articulo que para tener derecho a la paga de mayores de 52 años, entre otros requisitos dice que tiene que carecer de rentas de CUALQUIER NATURALEZA. por debajo de esa cantidad. Mi pregunta es, : Es compatible la pensión de IT con la paga de mayores de 52 años. Gracias.

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    • La pensión de IP es incompatible con cualquier prestación/subsidio de desempleo excepto si dicha prestación/subsidio se ha generado por un trabajo compatible con la pensión de Incapacidad Permanente, ya que ambas prestaciones intentan solventar la misma situación de pérdida de ingresos del trabajo (por una incapacidad permanente o por el desempleo). Ver el último apartado de este artículo: Incapacidad Permanente (IP) y trabajo https://laboralpensiones.com/incapacidad-permanente-ip-y-trabajo/

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  18. Buenas tardes. Estoy cobrando una pensión por incapacidad total de 499.40 Euros. Sumandolo con las dos pagas no llega a los 675 euros (limite maximo). Dice que para recibir la ayuda de mayores de 52 años, tienes que carecer de rentas de cualquier naturaleza. Mi pregunta es, . Es compatible la pension de incapacidad total, con la de mayores de 52 años. Gracias.

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  19. Hola, cobro una pensión de incapacidad absoluta, tengo un hijo menor de 26 años q estudia tendría Yo derecho a Cobrar la ayuda familiar ya que cobro una pensión mínima?

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  20. Estoy cobrando el subsidio para mayores de 52 tengo 60 años ahora y me an diagnosticado una enfermedad crónica que no me permite trabajar ,puedo pedir la incapacidad permanente absoluta ?

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    • Las pensiones de Incapacidad Permanente son salvo excepciones, incompatibles son las prestaciones y subsidios de desempleo ya que ambas prestaciones sustituyen a los ingresos del trabajo que ya no pueden recibirse (por estar incapacitado o por estar en el desempleo)

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  21. Buenas tardes les agradeceria contesten la siguiente pregunta: Es compatible la percepción de la Pensión por Incapacidad permanente absoluta con la ayuda por dependencia Saludos y gracias

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  22. Buenas tardes,tengo una incapacidad total por enfermedad desde cuando estuve trabajando en una empresa anterior ,hace un año,tuve un accidente en mi empresa actual,mi labor es la de Limpieza y mantenimiento.A la empresa la han condenado a pagar el 40% de recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad.Mi pregunta es,si obtengo otra incapacidad permanente total, para mi puesto de trabajo y elijo seguir con la prestación de la incapacidad anterior, ¿La empresa dede de pagar dicha prestación ,aún cuando yo no la acepte?gracias,

    Saludos.

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    • No alcanzamos a saber cuál es tu afección para tu IP con la necesidad, o no, de que tu “otra” empresa esté obligada a pagar un recargo. ¿a menudo nos sorprenden algunas consultas!

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      • No te sorprendas,me explico mejor a ver….Con mi empresa actual me llevo bien y no quiero perjudicar ,la pregunta es ,teniendo una incapacidad total anterior cuando estaba en otra empresa,si ahora que he tenido un accidente con la actual,me dan otra incapacidad total y elijo seguir con la anterior pensión por que me interese,¿debe pagar la empresa actual a la seguridad social dicha pension si es finalmente condenada?,¿aún yo elija seguir con la pensión anterior?Espero que me hayas entendido la pregunta, gracias.

        Saludos.

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        • NO se pueden recibir dos pensiones de incapacidad permanente en el mismo régimen de la Seguridad Social aunque provengan de diferentes “dolencias”. Espero que me hayas entendido la respuesta.

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  23. Cobro una pension por incapacidad permanenre total por accidente de trabako y me ha ñropuesto el inss para incapacitarme de nuevo por una nueva enfermedad…. Sin compatibles ambas pensiones en caso de darme una por enfernedad comun? Gracias

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    • Hay bastante jurisprudencia al respecto, pero resumidamente, si son del mismo régimen aunque sean derivadas de dolencias diferentes son incompatibles, debiendo optar por la más beneficiosa.
      Son varios, por tanto, los requisitos para percibir simultáneamente dos pensiones derivadas de una IPT:
      -Que se generen en dos regímenes distintos de la Seguridad Social, y en ellos cumplir los requisitos exigidos para percibir la prestación por IPT.
      -Que las profesiones habituales sean distintas.
      -Que los cuadros clínicos sean distintos. Ello quiere decir que con respecto a la segunda declaración de IPT tiene haber un agravamiento del primer cuadro clínico, o nuevas limitaciones funcionales.

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      • Son dolencias diferentes, provocadas ppr enfernedades diferentes tanbien… En caso de darme la absoluta que el medico no lo descarta, tendrian en cuenta la base co tributova de la pension por accidente de trabajo? Soy funcionaria y al darme la total por accidente de trabajo, me cambiaron de puesto. Gracias

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        • ¿Pero perteneces a Clases Pasivas o al RGSS?. En cualquier caso las pensiones de incapacidad permanente en el mismo régimen son incompatibles entre sí como ya te hemos indicado.

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  24. Tengo mi hijo a cargo con 26 años le anexo diagnosticado maníaco bipolar , por lo q le dan por incapacidad permanente , puedo solicitar alguna ayuda

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  25. Tengo una pension por incapacidad permanente de 421 euros, me han dicho que podría solicitar de la INEN la renta activa de inserción (RAI)
    Es compatible esta prestación con la pension de incapacidad permanente?

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    • Si tienes una discapacidad, previamente deberá acreditar ante el servicio público de empleo autonómico de su oficina la realización de, al menos, tres acciones de búsqueda activa de empleo (BAE) y deberá cumplir los siguientes requisitos para tener derecho a la renta activa de inserción (RAI):
      – Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, o ser pensionista por incapacidad.
      – Haber extinguido una prestación contributiva o subsidio por desempleo, salvo por sanción.
      – No tener derecho a las prestaciones o subsidios de desempleo o a la renta agraria.
      – Estar inscrito ininterrumpidamente en la oficina de empleo como demandante de empleo durante 12 o más meses. Se considera interrumpida la demanda si se ha trabajado un período acumulado de 90 o más días en los 365 anteriores a la fecha de solicitud de incorporación al programa de renta activa de inserción o si se ha salido al extranjero.

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  26. Buenas tardes tengo 4,5 meses cotizando in regimen de hogares y empresas de limpieza por enfermedad comun ( cáncer de hígado y mas ) percibo una pensión de 472euros /mes.
    Con quimioterapia semanal no puedo hacer nada ,pregunto es correcto?
    Gracias

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    • Si tienes una pensión de Incapacidad Permanente Total por enfermedad común puede que sea correcta la cuantía pues la pensión mínima de esas pensiones para menores de 60 años es de 421,70 €/mes

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  27. estando actualmente en IPA, con 62 y dos años y seis meses y con un coeficiente reductor de tres años y cinco meses por haber estado embarcado a la mar y con una cotizacion de 35 años i tres meses , puedo pedir la jubilacion por incapecidad permanente absoluta y tener los mismos derechos que ahora ? Gracias

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    • Si tienes concedida ya una pensión por IPA, no alcanzo a entender cual es tu planteamiento. Cuando llegues a la edad de jubilación podrás solicitar que se efectúe un doble cálculo pensión de IPA y pensión de jubilación y podrás acceder a la que más te convenga.

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  28. Tengo 55 años,retirado de la Guardia Civil en el año 96 con 33 años por insuficiencia de condiciones psicofisicas cobrando una pensión de 1.500€ ,desde entonces llevo trabajado aparte para la Seguridad Social 20 años,acabo de terminar de cobrar el desempleo,tengo dos hijos de 24 y 28 años y mi mujer,tendría derecho a cobrar la ayuda para mayores de 55años.Gracias.

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