EL PERMISO DE LACTANCIA

¿QUÉ ES?

Los trabajadores que han sido padres, ya sea de forma natural como por adopción, tienen derecho a ausentarse durante una hora (que se puede dividir en dos fracciones) del trabajo para la lactancia del hijo, ya sea una lactancia natural como artificial) y dura hasta que el hijo cumple 9 meses.
Aunque es un permiso retribuido la empresa puede disminuir o descontar pluses que vayan directamente proporcionales a la productividad, o a la asistencia al puesto de trabajo. Pero los conceptos salariales (salario base, pagas extras, plus voluntario, etc.) permanecen intactos.

¿CÓMO SE PUEDE DISFRUTAR?

Hay tres formas diferentes:
– Ausentarse 1 hora al día, pudiendo dividir en dos fracciones esta hora, es el trabajador/a el que decide cuándo disfruta de su permiso, dentro de la jornada ordinaria de trabajo.
– Reducir la jornada media hora al final de la jornada.
– Acumular este permiso por jornadas completas.
Por la modalidad primera es preciso simplemente comunicárselo a la empresa, pero para las otras dos opciones es necesario pactar con la empresa, salvo que esté reconocido este derecho en el Convenio Colectivo.
Es un derecho de los trabajadores, tanto hombres como mujeres aunque sólo puede disfrutarlo uno de los dos y el permiso se incrementa proporcionalmente al número de hijos que se tiene, es decir. por ejemplo en caso de 2 hijos, se tiene derecho a 2 horas.

¿CÓMO SE SOLICITA?

Con un preaviso de 15 días, o el que establezca el Convenio Colectivo. Se tiene que indicar el día en el que se empieza y el día en el que se acaba. Además en el caso de optar por la lactancia acumulada o la reducción de jornada, especificarlo.
Si la empresa nos deniega el derecho o nos pone problemas con el horario de su disfrute, se puede presentar una demanda ante los Juzgados lo Social en el plazo de 20 días hábiles desde que la deniega el permiso o el horario

¿COMO SE HACE EL CÁLCULO ACUMULADO?

Desde que finaliza la baja de maternidad y paternidad, con la edad del menor en este momento, se calcula 1 hora diaria por cada día laborable hasta que el menor cumpla los 9 meses. Ese total de horas, se divide por las horas de jornada laboral diaria y así da el total de días de acumulación por lactancia (recordar que ese total se trata de días laborables). Si da una cantidad con decimales, se redondea a la cifra superior.
Por ejemplo: Si se trabaja de lunes a viernes 8 horas diarias, hay que computar una hora diaria por cada día laborable (de lunes a viernes) desde que acabó la maternidad hasta que el hijo cumpla los 9 meses. Ese total de horas (123 horas) se dividen por las horas que trabaja cada día (8 horas), lo que da un total de 15,38 días (que se redondea al alza), es decir, le corresponderían 16 días laborables de permiso de lactancia.
OJO: Si durante el tiempo que se disfruta el permiso de lactancia se está de vacaciones, se tiene derecho a disfrutar las vacaciones al terminar el permiso. Da igual si ha terminado el año natural al que corresponden esas vacaciones.

AQUÍ PUEDES DESCARGARTE LA FICHA COMPLETA

Descarga la ficha en PDF

Deja un comentario