GUIA RÁPIDA DE URGENCIA SOBRE “EL PARO” EN EL ESTADO DE ALARMA

1.- INSCRIPCIÓN Y RENOVACIÓN DE LA DEMANDA DE EMPLEO EN LOS SERVICIOS AUTONÓMICOS DE EMPLEO

Los Servicios autonómicos de empleo (inscripción y renovación de la demanda de empleo) son obviamente competencias autonómicas, pero dada la situación de alarma están dictando resoluciones sobre estos servicios.

Ver, por ejemplo, en la Comunidad Autonómica de Madrid (CAM): Servicios autonómicos de empleo. Inscripción y renovación de las demandas de empleo.

Ver: Los Servicios de Empleo Autonómicos

2.-PRESTACIONES DE DESEMPLEO DEL SEPE

No es necesario renovar la demanda de empleo durante el Estado de Alarma para mantener la prestación o subsidio de desempleo. Se considerará renovada “de oficio”. Tampoco es preciso presentar la declaración anual de  rentas del subsidio + 52 años, que se realizará también de oficio.

Ver: . COMUNICADO DE Gerardo Gutiérrez Ardoy (DG del SEPE)

SEPE. CITA PREVIA VIRTUAL ON LINE

3. AFECTADO POR UN ERTE

De momento, no se tiene que realizar ninguna gestión. Estos casos se van a gestionar de forma que la empresa que comunicará todos los datos de los trabajadores afectados al SEPE y se gestionarán todas las prestaciones de desempleo conjuntamente.

Ver: ALGUNOS TEMAS LABORALES IMPORTANTES SOBRE LA SITUACIÓN PROVOCADA POR EL CORONAVIRUS ERTEs, Subsidios de desempleo, y Servicios autonómicos de empleo (Inscripción y Renovación de la demanda)

ERTE POR FUERZA MAYOR DERIVADA CORONAVIRUS. COMUNICACIONES AL TRABAJADOR

AQUÍ PUEDES DESCARGARTE LA FICHA COMPLETA

Descarga la ficha en PDF

Deja un comentario