Los trabajadores por cuenta propia tendrán que pagar una cuota más alta a partir de junio y, a la vez, compensar los retrasos de este año y el anterior.
La pandemia por el coronavirus ha golpeado con dureza al colectivo, especialmente a negocios como los restaurantes, los hoteles o las tiendas. En concreto, el comercio ha perdido más de 10.000 autónomos durante 2020, mientras que la hostelería perdió más de 5.000.
En junio se van a aplicar las subidas fijadas por el Real Decreto Ley de 28 de diciembre de 2018. Esta subida de junio será la segunda en pocos meses, pues en octubre de 2020 ya se elevaron las cuotas, que se debió al retraso de la subida fijada para 2020.
En teoría, las cotizaciones a la Seguridad Social de los autónomos deberían haber subido también el 1 de enero de 2020. El Real Decreto establecía para 2020 una subida en el porcentaje de cese de actividad (del 0,7 % al 0,8 %) y el de contingencias profesionales(del 0,9 % al 1,1 %). Esa subida no se aplicó a comienzos de 2020 y, tras la llegada de la pandemia, se retrasó hasta octubre.
Así pues, los autónomos estuvieron pagando durante varios meses de 2020 menos de lo establecido por la ley. La cuota mínima de 2020 se situaba en 286,15 euros, pero se pagaron 283,3 euros durante varios meses. En otras palabras, se pagó el 30 % de la base de cotización en lugar del 30,3 % fijado por el Real Decreto para 2020.
Estos son los principales cambios que trae el 2021 para estos trabajadores:.
«Las bases de cotización se mantienen congeladas entre enero y mayo, se sigue pagando lo mismo que en 2020»
Debido a la dura situación, el Gobierno y las asociaciones de autónomos han acordado que las subidas de las bases de cotización fijadas para 2021 no entrarán en vigor hasta el 1 de junio. Se puede elegir y cambiar hasta cuatro veces al año, según la Ley 6/2017, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo
Cuota de autónomos en 2020:
- Si se cotiza por la base máxima (4.070,1 euros): 1.233,2 euros mensuales.
Cuota de autónomos a partir del 1 de junio de 2021:
- Si se cotiza por la base mínima: 289 euros mensuales.
Si se cotiza por la base máxima: 1.245,4 euros al mes.
- Las cuotas son distintas si se es autónomo persona física, societario, económicamente dependiente, etc. Por ejemplo, los societarios o aquellos que tuvieron en 2020 a su cargo 10 o más trabajadores tienen una base mínima de cotización de 1.214,10 euros al mes.
Las prestaciones a las que dan derecho estas cotizaciones son varias: asistencia sanitaria, bajas por maternidad e incapacidad temporal. En concreto, las cotizaciones a la Seguridad Social en 2021 siguen estos porcentajes:
- Contingencias comunes. Son aquellas circunstancias no laborales que impiden hacer el trabajo, como una enfermedad común. En este apartado se incluyen también las pensiones por jubilación o la prestación por paternidad y maternidad. El 28,3 % de la base de cotización se destina a cotizar por estas eventualidades.
- Cese de actividad. El 0,8 % se cotiza para que, en caso de cierre del negocio, el autónomo tenga derecho a esa prestación de desempleo (“el paro de los autónomos”. A partir de junio, será del 0,9 %.
- Contingencias profesionales. Son todos aquellos imprevistos relacionados con el trabajo que impedirían seguir con el negocio, como un accidente laboral. Suponen el 1,1 % de la base (1,3 % a partir de junio).
- Formación profesional. El 0,1 % de la base se destina a cotizar para poder acceder a formación bonificada.
