¿Cambios inminentes en la pensión de viudedad?

La pensión de viudedad es una prestación económica de carácter vitalicio y de naturaleza contributiva y se concede a aquellos que han tenido un vínculo matrimonial o de pareja de hecho registrada.

La intención del Pacto de Toledo es reformar las pensiones de viudedad para adaptarlas a la nueva realidad del momento social. El principal cambio vendría en el método de cálculo de la pensión, que quedaría condicionado a la situación financiera de la unidad familiar en la que conviva el beneficiario de la paga. Además, se plantea que otros factores como la edad o las cargas familiares también se tengan en cuenta a la hora de calcular la prestación.

En los últimos análisis sobre la pensión de viudedad los partidos estudian una progresiva conversión de estas pagas hacia modelo asistencial y no vitalicio de la pensión, por la transformación de las carreras de cotización, que actualmente son mayores tanto para hombres como mujeres, por lo que están generando derechos propios para la jubilación.

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Otra vuelta que se le podría dar a esta prestación es la posibilidad de acceder a ella a las parejas de hecho, en las mismas condiciones que las parajes en matrimonio.

A este respecto hay que recordar que en 2018 el Tribunal Supremo revocó la pensión de viudedad a una mujer casada por el rito gitano que no estaba inscrita en el Registro de Parejas de Hecho. La sentencia establecía que “la pertenencia al colectivo gitano no exime de cumplir los requisitos generales de la Ley de la Seguridad Social, de verificar que la pareja se haya constituido como tal con dos años de antelación al hecho causante de la pensión“.

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