El Instituto Social de la Marina es una entidad gestora con personalidad jurídica propia, de ámbito nacional, adscrita a la Secretaria de Estado de la Seguridad Social dependiente del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de España, que tiene como tarea la gestión, administración y reconocimiento del derecho a las prestaciones del Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores del mar, así como la inscripción de empresas, altas y bajas de los trabajadores acogidos a dicho régimen especial y demás competencias reconocidas en las normas reguladoras de este.
Realiza funciones recaudatorias de las aportaciones del sector marítimo-pesquero, en colaboración de la Tesorería General de la Seguridad Social. Presta asistencia sanitaria y hospitalaria a los trabajadores del mar y sus beneficiarios dentro del territorio nacional en los establecimientos propios del mismo Instituto. La asistencia sanitaria de los trabajadores del mar se mantiene a bordo y en el extranjero utilizando sus propios medios, tales como Centro Radio-Médico, Banco de datos, Centros en el extranjero, buques sanitarios y otros que puedan implantarse, o acordando la evacuación y repatriación de los trabajadores enfermos o accidentados.
También desarrolla la formación y promoción profesional de los trabajadores del mar ajustándose a las directrices de la Subsecretaría de Pesca y Dirección General de la Marina Mercante.
¿Qué competencias tiene?
- La gestión, administración y reconocimiento del derecho a las prestaciones del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
- En colaboración con la Tesorería General, la inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de trabajadores, recaudación y control de cotizaciones.
- La asistencia sanitaria de los trabajadores del mar y sus beneficiarios dentro del territorio nacional. – La asistencia sanitaria de los trabajadores del mar a bordo y en el extranjero, utilizando sus propios medios, tales como el Centro Radio-Médico, Banco de Datos, Centros en el Extranjero, Buques Sanitarios y otros que puedan implantarse, o acordando la evacuación y repatriación de trabajadores enfermos o accidentados.
- La información sanitaria a los trabajadores del mar, la educación y distribución de la Guía Sanitaria a Bordo, la práctica de los reconocimientos médicos previos al embarque, la inspección y control de los medios sanitarios a bordo y de las condiciones higiénicas de las embarcaciones, y cualesquiera otras funciones de medicina preventiva y educación sanitaria que le puedan ser delegadas.
- La formación y promoción profesional de los trabajadores del mar, así como atender a su bienestar a bordo o en puertos (nacionales o extranjeros) y al de sus familias, en cumplimiento de la Recomendación 138 de la Organización Internacional del Trabajo.
- En cumplimiento del Convenio nº 9 de la Organización Internacional del Trabajo, promover en colaboración con el Instituto de Empleo, Servicio Público de Empleo Estatal, las acciones que competen a éste, cuando se refieran a los trabajadores del mar, tanto en la gestión de las prestaciones de desempleo como en lo relativo a la colocación de la gente del mar.
- Realizar estudios, informar o proponer proyectos de normas o programas y participar en la elaboración de convenios internacionales que afecten al sector marítimo-pesquero.
ENLACE A LA CARTA DE SERVICIOS DEL ISM




Tengo 61 años, soy Percebe ira a pie, 27 años cotizados, me retiro en agosto de 2022,cuanto cobrare de pensión?
Hasta donde yo conozco la reducción de la edad ordinaria de un percebeiro es con un coeficiente de 0,1, y por lo tanto en tu caso es de 2,7 años y por lo tanto tu edad de jubilación será a los 64 años y 4 meses y no a los 62 años. La cuantía de tu pensión depende de tus bases de cotización históricas. Te interesará: EL CALCULO DE TU PENSIÓN EN EL PORTAL “TU SEGURIDAD SOCIAL” https://laboralpensiones.com/el-calculo-de-tu-pension-en-el-portal-tu-seguridad-social/