TS: Incompatibilidad de la pensión no contributiva de invalidez y la pensión de orfandad para incapacitados.

Se da respuesta a la situación de una persona que tenía reconocida una pensión no contributiva (PNC) de invalidez y que solicita posteriormente una pensión de orfandad por incapacidad, cuando ambas prestaciones se han reconocido por las mismas lesiones.

No tiene ninguna duda el alto Tribunal cuando afirma que la regla es de incompatiblidad (que se podría entender es extensible también a los supuestos de incapacidad permanente contributiva y orfandad), ya que “una y otra pensión se generan por la misma situación de incapacidad para todo trabajo derivada de la misma patología invalidante”.

Se deja la puerta abierta a compatibilizar ambas pensiones en aquellos casos que las lesiones que provocaron el acceso a una u otra son distintas.

ENLACE A LA SENTENCIA

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