ALGUNOS DETALLES DE INTERÉS DE LA SOLICITUD DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN

¿CUÁNDO PUEDO SOLICITAR LA JUBILACIÓN?

Desde una situación de alta, se podrá solicitar la pensión con 3 meses de antelación

La jubilación para trabajadores que se encuentren en situación de alta tendrá efectos económicos desde el día siguiente al cese en la actividad, siempre que la solicitud se haya realizado dentro de los 3 meses anteriores o posteriores al cese. Si se solicita con posterioridad, los efectos económicos tendrán una retroactividad máxima de 3 meses.

 

Si no se accede desde una situación de alta, los efectos económicos aplicarán desde el día siguiente a la presentación de la solicitud. En el caso de algunos trabajadores que se encuentren en situaciones asimiladas al alta, cuando se produzca el hecho causante correspondiente.

 

VER: LA SOLICITUD DE LA JUBILACION PASO A PASO

¿DÓNDE DEBO SOLICITAR LA JUBILACIÓN?

La solicitud, acompañada de la documentación requerida, deberá ser presentada en cualquiera de los centros de atención e información de la Seguridad Social en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), excepto en el caso de los trabajadores del mar, que deberán presentarlo en las direcciones provinciales del Instituto Social de la Marina (ISM). Estos serán los organismos encargados del reconocimiento al derecho a la pensión.

 

VER: FORMAS DE SOLICITAR LA JUBILACIÓN

¿QUÉ DOCUMENTOS DEBO PRESENTAR?

Aunque si se solicita presencialmente no es preciso cumplimentar antes el impreso de solicitud de jubilación, pues lo cumplimentará el funcionario, en él se detallan los documentos a presentar que a continuación exponemos.

 

Todos los solicitantes deberán identificarse de la siguiente forma:

  • Españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI).
  • Extranjeros residentes o no residentes en España: Pasaporte o, en su caso, documento de identidad vigente en su país y NIE (Numero de Identificación de Extranjero) exigido por la AEAT a efectos de pago.

 

Se debe presentar documentación acreditativa de la representación legal, en su caso. Si es tutor institucional, CIF/NIF, documento en el que conste el nombramiento de tutela de la Institución y certificación acreditativa de la representación de la Institución. Si está incapacitado judicialmente debe presentar la resolución judicial que lo declare o certificado acreditativo del Registro Civil.

 

 

JUBILACIÓN ANTICIPADA CUANDO SE APLICA LA LEY VIEJA

  • En su caso, documento que acredite que sus servicios se extinguieron por causas ajenas a su voluntad o certificado de empresa que acredite haber recibido indemnización en virtud del acuerdo colectivo.
  • Certificado de empresa sobre datos del trabajador sustituto, si desea acceder a la jubilación especial a los 64 años.

VER: Esquema Rápido del acceso a la Jubilación Anticipada por la Ley Vieja

JUBILACIÓN ANTICIPADA CUANDO APLICA LA LEY NUEVA

 VER: Esquema Rápido: Acceso a las Jubilación Anticipada (Ley Nueva)

  • Jubilación Anticipada Involuntaria (JAI) Si el cese en el trabajo fue por causa no imputable al solicitante, debe acreditar documentalmente que se produjo por alguna de las siguientes causas: despido colectivo u objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (con acreditación de haber percibido indemnización legal –mediante transferencia bancaria o documento equivalente- o interpuesto demanda judicial en reclamación de la misma o de impugnación de la decisión extintiva); muerte, jubilación o incapacidad del empresario o extinción de la personalidad jurídica; extinción del contrato por resolución judicial o fuerza mayor (con copia de la Resolución de la Autoridad Laboral); o por ser victima de violencia de género.

 

  • Jubilación Anticipada Voluntaria (JAV). Si el cese en el trabajo fue voluntario: identificación del cónyuge, acreditación del parentesco mediante libro de familia o acta del Registro Civil y cumplimentación de los ingresos del apartado 4 (datos de su futura pensión).

 

VER: PÍLDORAS BREVES: COMO SOLICITAR LA JAV CUANDO SE ESTA EN SITUACIÓN DE ALTA (“TRABAJANDO”)

JUBILACIÓN BONIFICADA EN LA EDAD POR TRABAJOS ESPECIALES O POR DISCAPACIDAD

  • Si ha trabajado en alguna actividad que tenga reconocida bonificación de edad: certificado de la empresa o empresas donde consten la categoría profesional y los períodos trabajados en ese puesto, o cartilla de embarque y desembarque para el ISM.
  • Certificado de discapacidad y grado reconocido expedido por el IMSERSO u organismo competente o auto judicial, con indicación, en su caso, de que es consecuencia de una de las enfermedades listadas en el R.D. 1851/2009, así́ como fecha de inicio de la discapacidad y fecha de la calificación. En caso de existencia de variaciones de grado a lo largo de la vida laboral, deberá acreditar dichas variaciones.
  • Acreditación de la necesidad de ayuda de terceras personas o por movilidad reducida, expedida por el IMSERSO u organismo competente.

 

VER: JUBILACIÓN BONIFICADA EN LA EDAD: COLECTIVOS CON PENOSIDAD

VER: JUBILACIÓN BONIFICADA EN LA EDAD TRABAJADORES DISCAPACITADOS

SI SE VAN A SOLICITAR COMPLEMENTOS A MÍNIMO

  • En el caso de extranjeros residentes en España: certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros o Tarjeta de Identidad de Extranjeros.
  • Libro de familia, actas del Registro Civil o certificado oficial que acrediten el parentesco del cónyuge con el solicitante, en su caso.

VER: Complemento a Mínimos en Pensiones Menores a la Mínima

AQUÍ PUEDES DESCARGARTE LA FICHA COMPLETA

Descarga la ficha en PDF

2 comentarios en «ALGUNOS DETALLES DE INTERÉS DE LA SOLICITUD DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN»

  1. hola buenas tares vengo de un ERE en el 2017, en febrero de 2023 cumplo 61 años y me puedo jubilar, me afectara la reforma de pensiones, por JAI, llevo 43 años cotizando en esa fecha. me afectara la base reguladora ya que estoy cotizando por el maximo, o esto solo afecta a las JAV. me gustaria que me lo explicaran ya que estoy con un conveni especial por parte de la empresa y una clausula adicional por el maximo.

    muchas gracias de antemano,

    Responder

Deja un comentario