PLANES DE PENSIONES DE EMPLEO (PPE): UN COMPLEMENTO ESENCIAL PARA LA JUBILACIÓN

Normalmente, las aportaciones a los planes de empresa se hacen de forma periódica, pero, con el año a punto de terminar, son muchos los que se plantean si hacer una aportación extraordinaria.

 

España es uno de los países con menor pérdida de poder adquisitivo al pasar de asalariado a pensionista. Según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), la tasa de reemplazo (el porcentaje del salario anual de un individuo que se reemplaza por la pensión de jubilación) es del 89 % para quienes se retiran a los 65 años. La media para la OCDE está en el 62 %. Aun así, la reducción de ingresos es evidente si solo se mantienen los ingresos de la pensión pública. Por eso cada vez más personas y empresas apuestan por el ahorro voluntario como complemento.

 

 

¿Qué es el ahorro voluntario?

El llamado sistema de previsión social de un país se sustenta en tres pilares: uno público (en España, la pensión de la Seguridad Social) y dos privados (uno empresarial y otro individual y voluntario). Los pilares privados engloban todos aquellos productos de ahorro e inversión a largo plazo, diseñados con el objetivo de complementar la pensión pública en el momento de la jubilación. Las aportaciones a los productos individuales y las que hace el trabajador a los planes de empresa conforman el ahorro voluntario.

 

Desde el año pasado, España cuenta con una nueva ley (Ley 12/2022, de 30 de junio, de regulación para el impulso de planes de pensiones de empleo) que busca facilitar el acceso de los trabajadores a los instrumentos de previsión social empresarial, como los planes de pensiones de empleo (PPE). La normativa busca multiplicar el número de trabajadores acogidos a uno de estos instrumentos de ahorro. Entre otras novedades, la ley ha elevado el límite de aportaciones hasta los 8500 euros al año.

 

Normalmente, las aportaciones a estos planes se hacen de forma periódica, pero, con el año a punto de terminar, son muchos los que se plantean si hacer una aportación extraordinaria para reforzar el ahorro voluntario con vistas a la jubilación.

 

Los límites del ahorro voluntario

Los instrumentos privados de previsión social están regulados por leyes que establecen cómo se hacen las aportaciones, cuándo se puede disponer del ahorro y la cantidad máxima que se puede aportar al plan cada año. La normativa aprobada el año pasado establece que el límite para los planes de pensiones individuales es de 1500 euros al año, mientras que el de los planes colectivos o de empresa sube hasta los 8500. Así, entre ambos instrumentos se pueden aportar un máximo de 10 000 euros al año.

 

Otra novedad es que ahora el trabajador también puede aportar al plan empresarial de forma voluntaria. Así, el límite de 8500 euros puede alcanzarse mediante aportaciones exclusivas de la empresa o mediante aportaciones repartidas entre el trabajador y la empresa. Eso sí, la cantidad que puede aportar el trabajador con respecto a lo aportado por la organización también está limitada por los siguientes coeficientes:

 

  • Si la empresa aporta una cantidad anual igual o inferior a 500 euros, el trabajador podrá añadir 2,5 esa cantidad. Es decir, un máximo de 1250 euros.
  • Entre 500,01 y 1000 euros, la aportación del trabajador podrá ser del doble (2000 euros como máximo).
  • Entre 1000,01 y 1500 euros, el coeficiente multiplicador es 1,5. Es decir, el aporte del trabajador será como máximo de 2250 euros.
  • Para más de 1500 euros, el trabajador solo podrá aportar como máximo la cuantía aportada por la empresa.

 

Para el trabajador, las aportaciones que haga la empresa son fiscalmente neutras y están exentas de retención en el IRPF.

 

¿Cuáles son las ventajas del ahorro voluntario en los planes de empresa?

La principal ventaja de aportar de forma voluntaria una cantidad extra al ahorro establecido en los planes de previsión empresarial es aumentar los fondos y multiplicar su rendimiento a largo plazo. Es decir, si se puede, ahorrar más en el presente siempre va a significar disponer de más dinero en el futuro y generar un complemento de mayor cuantía a la pensión de jubilación. Pero, más allá de lo evidente, también existen ventajas a nivel fiscal.

 

Para el trabajador, las aportaciones que haga la empresa son fiscalmente neutras y están exentas de retención en el IRPF. Además, en la declaración anual de la renta podrán deducirse hasta 8500 euros, tanto si provienen de contribuciones de la empresa como si son aportaciones del trabajador. Estos 8500 euros se pueden sumar al máximo de 1500 de los planes de pensiones individuales. La deducción, eso sí, estará limitada al 30 % de los rendimientos netos del trabajo y otras actividades económicas.

 

Las ventajas de la previsión social también son claras para la empresa. Además de contribuir a la retención del talento y de reforzar el compromiso de los trabajadores, las contribuciones empresariales al plan no cotizarán a la Seguridad Social y la empresa podrá deducir el 10 % en la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades por las aportaciones a trabajadores con rentas brutas por debajo de los 27 000 euros al año.

 

Claves de la ley de planes de pensiones de empleo

En la actualidad, algo más de dos millones de personas cuentan con planes de pensiones de empleo. La nueva normativa busca multiplicar esa cifra hasta alcanzar los 10 millones de trabajadores

en 2030. Y lo hará mediante una serie de medidas entre las que destacan la creación de los fondos de pensiones de empleo de promoción pública abiertos y de los planes de pensiones de empleo simplificados y el establecimiento de nuevos límites e incentivos. Estas son las tres grandes claves de la nueva ley para el impulso de los PPE.

 

1.-Regulación de los fondos de pensiones de empleo de promoción pública abiertos

Los fondos de pensiones de empleo de promoción pública abiertos o FPEPP serán promovidos por la Comisión Promotora y de Supervisión, un nuevo organismo dentro del ministerio de Seguridad Social. Además, también se creará una única Comisión de Control Especial para todos estos fondos, que estará encargada de la supervisión y el control de la gestión de los fondos por parte de las entidades gestoras seleccionadas.

 

Estos fondos públicos serán administrados por una o varias entidades gestoras que serán seleccionadas cada tres años (como máximo) mediante un procedimiento abierto por el propio ministerio. Estas gestoras se encargarán de invertir los activos de los fondos siguiendo una estrategia marcada desde la Comisión Promotora y siempre teniendo en cuenta la rentabilidad, el riesgo y el impacto social y medioambiental de las inversiones.

 

2.-Creación de los planes de empleo simplificados

Unos de los planes que podrán adherirse a los nuevos fondos de promoción pública son los planes de pensiones de empleo simplificados (PPES). Como su propio nombre indica, esos planes nacen con el objetivo de reducir la complejidad y la carga administrativa que suponen los planes de pensiones de empleo para las empresas promotoras. Estos PPES podrán ser de alguno de los siguientes tipos:

 

  • Planes de pensiones de empleo promovidos por las empresas incluidas en los acuerdos colectivos sectoriales que instrumenten compromisos por pensiones en favor de sus trabajadores.
  • Planes de pensiones de empleo del sector público promovidos por las administraciones públicas y que instrumenten compromisos por pensiones en favor del personal a su servicio.
  • Planes de pensiones de trabajadores por cuenta propia o autónomos, promovidos por cualquier asociación de trabajadores autónomos, sindicatos, colegios profesionales o mutualidades de previsión social.
  • Planes de pensiones de socios trabajadores y de socios de trabajo de sociedades cooperativas y laborales, promovidos por sociedades cooperativas y laborales.

 

Los nuevos PPES deberán ser de la modalidad de aportación definida para la contingencia de jubilación y las prestaciones definidas que prevean deberán articularse mediante los contratos de seguro previstos por el plan. Además, los contratos de seguro para la cobertura de fallecimiento, invalidez y dependencia del partícipe deberán ser de carácter temporal renovable y de duración máxima de un año. Por último, las prestaciones de los PPES se percibirán normalmente en forma de renta, salvo circunstancias excepcionales.

 

3.- Nuevos límites de aportaciones a planes de pensiones y deducciones

La ley modifica también los límites de aportaciones y deducciones en IRPF, con especial atención a los autónomos. Con los nuevos límites, un trabajador por cuenta propia podrá aportar hasta 5750 euros anuales a planes de pensiones (4.250 euros a planes de pensiones de empleo y 1.500 a planes individuales). El autónomo también podrá deducirse en el IRPF el total de aportaciones hasta un máximo marcado por la menor de estas cantidades: los 5.750 euros o el 30 % de sus rendimientos netos de trabajo.

 

En los planes promovidos desde la empresa para trabajadores por cuenta ajena, el límite de aportaciones se ha incrementado hasta los 8.500 euros al año, aunque con algunas limitaciones. Para alcanzar este tope, el dinero que aporta el empleado tiene que ser el mismo que el que pone la empresa que lo emplea. El trabajador podrá deducir en el IRPF hasta 1500 euros al año (incluyendo PPE y planes de pensiones individuales). Además, se crean dos incentivos para las empresas:

 

  • Las contribuciones empresariales al PPE no cotizarán a la Seguridad Social (con un límite que, con las bases de cotización actuales, es de de 119,31 euros al mes por trabajador).
  • Se podrá deducir el 10 % en la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades por las aportaciones a trabajadores con rentas brutas por debajo de los 27 000 euros al año.

 

En definitiva, la nueva ley para el impulso de los planes de pensiones de empleo busca aumentar la cobertura de los PPE en España, que actualmente gozan de una implantación muy por debajo de la media europea. Para ello, crea nuevos instrumentos colectivos y simplificados (con la atención de atraer a autónomos y pequeñas empresas) y establece nuevos incentivos fiscales.

 

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