LA NÓMINA Y LA COTIZACIÓN PARA LA PENSIÓN

Los conceptos fundamentales que aparecen en la nómina y que afectan a la cuantía de la pensión son:

Percepciones salariales y no salariales

Las percepciones salariales son aquellas que se abonan al trabajador por la prestación de sus servicios, y estarán compuestas por el salario base y los demás conceptos que prevea el Convenio Colectivo que aplique, como pluses, antigüedad o complementos. En las percepciones no salariales se incluyen conceptos como dietas o plus de transporte, y suelen estar regulados en el Convenio Colectivo correspondiente.

Deducciones y retenciones

A continuación de las percepciones salariales aparecen las cotizaciones y retenciones que la empresa tiene la obligación de realizar. En nómina se realizan retenciones para Hacienda y el pago de la cuota del trabajador a la Seguridad Social.

La retención por IRPF es un pago a cuenta respecto a la declaración de la renta del ejercicio en vigor. La empresa lo ingresa en Hacienda en nombre del trabajador y el porcentaje dependerá de diversas variables, como la cuantía de la nómina, el tipo de contrato, el nivel impositivo vigente o la situación familiar del trabajador.

Las aportaciones a la Seguridad Social por parte del trabajador (“cuota del trabajador”) comprenden varios conceptos y su cuantía depende de la legislación de cada momento. El tipo que se aplica a la base de cotización es, en el caso general, del 4,70% para las prestaciones de la SS, el 1,55% para el desempleo y el 0,10% para Formación Profesional.

Las bases de cotización

La base total de cotización se calcula teniendo en cuenta la suma de las percepciones que están sujetas a cotización a la Seguridad Social, a la que se le sumará la parte proporcional de pagas extraordinarias.

La base de cotización por contingencias comunes será la referencia para el cálculo de prestaciones de incapacidad laboral temporal por enfermedad común o accidente no laboral, incapacidad permanente, jubilación, y muerte y supervivencia (prestaciones de viudedad, orfandad, auxilio por defunción, pensión y subsidio en favor de familiares) así como las situaciones de maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y durante la lactancia natural.

Por tanto, esta base de cotización será la que nos indique en qué medida estamos cotizando para la jubilación, si es que nos encontramos dentro del periodo de cálculo de la base reguladora.

VER: DIFERENCIAS. LA BASE DE COTIZACIÓN (BC) Y LA BASE REGULADORA (BR)

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