EL SEPE RESPONDE: CESE DE ACTIVIDAD Y ERTES

HOY EMPIEZAN A COBRAR LOS AUTÓNOMOS QUE SOLICITARON EL CESE DE ACTIVIDAD “EXTRAORDINARIO” POR EL ESTADO DE ALARMA.

La prestación extraordinaria, distinta al cese de actividad ordinario, a la que pueden acogerse aquellos autónomos que hayan cerrado sus negocios por la crisis sanitaria o que hayan reducido de manera significativa su actividad. Esta prestación, que conlleva la exoneración de cuotas a la Seguridad Social de forma temporal, fue aprobada en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, tras la declaración del estado de alarma.

Los autónomos pueden solicitar esta nueva prestación cuando su actividad quede suspendida por la declaración del estado de alarma o cuya facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida, al menos, en un 75% en relación con el promedio de facturación del semestre natural anterior.

La prestación tiene una cuantía del 70% de la base reguladora (un mínimo de 661 euros), aunque no se haya cumplido el periodo mínimo para acceder a la prestación por cese de actividad y es compatible con cualquier otra prestación de la Seguridad Social que se viniera percibiendo. La duración es de un mes, pudiéndose ampliar hasta el último día del mes en el que finalice el estado de alarma. Además, el tiempo de su percepción se entiende como cotizado y no reducirá los períodos de prestación por cese de actividad a los que el beneficiario pueda tener derecho en el futuro.

Para acceder a esta nueva prestación, la persona beneficiaria debe dirigirse a la mutua habitual con la que tengan cubiertas las contingencias profesionales, al Instituto Social de la Marina (ISM) en el caso del Régimen Especial de Trabajadores del Mar, o al SEPE en los casos en los que tengan la cobertura con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Esta prestación también la pueden solicitar los profesionales autónomos con trabajadores a su cargo. En este caso, pueden tramitar un ERTE y, al mismo tiempo, acceder a esta prestación extraordinaria.

En el caso de algunos colectivos como el régimen agrario, del mar – con unas actividades muy estacionales- o de la cultura y el espectáculo, el periodo de cálculo se adapta a las peculiaridades de esos sectores.

Los trabajadores autónomos que solicitaron la prestación extraordinaria y hayan recibido el visto bueno de la Seguridad Social cobrarán este viernes 17/04 la ayuda por cese de actividad, un mes después de que el Gobierno la anunciara. Las solicitudes para acceder a esta prestación son, a fecha 15 de abril, 1.016.670 autónomos y el 97% de ellas se están resolviendo favorablemente y hoy, 17 de abril, 919.173 autónomos va a percibir la prestación extraordinaria por cese de actividad, cuya cuantía mínima es de 661 euros.

Datos por Comunidades

Las comunidades autónomas donde se han registrado más solicitudes son Andalucía, con 19,45% del total; Cataluña (15,35%), la Comunidad Valenciana (12,85%) y Madrid (12,42%).

En términos absolutos, en Andalucía se han tramitado 192.154 solicitudes; en Cataluña, 151.633; y en la Comunidad Valenciana, 126.879. En los datos desagregados por CCAA hay un desajuste temporal respecto a las cifras totales, por el eso la suma total es más baja.

Por, el mayor número de peticiones se ha concentrado en el sector comercio, con 123.883 peticiones, mientras que le siguen hostelería (112.854) y construcción (68.560).

NOTA: A los autónomos que, bien se les haya concedido la ayuda después de realizar el trámite administrativo del pago de esta primera mensualidad o la hayan solicitado después del día 17 y paguen la cuota de abril, se les devolverá de oficio por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social, en el caso de que sea concedida.

DOS MILLONES DE AFECTADOS POR ERTES , DE LOS CASI 4 MILLONES TOTALES, YA TIENEN RECONOCIDA LA PRESTACIÓN “EXTRAORDINARIA” DE DESEMPLEO.

A esa cantidad se le suman diariamente 100.000 afectados más. Empezarán a cobrar a partir del 4 de mayo, en vez del día 10, gracias al adelanto de los bancos

Los sindicatos y el Gobierno de Galicia han solicitado al Gobierno central que tenga la máxima sensibilidad con las familias ypague las prestaciones por desempleo a medida que los expedientes se van resolviendo.

En ese sentido fuentes de la patronal bancaria remarcan que los jubilados no tendrán que esperar a finales de este mes, pues a partir del 21 de abril empezarán a recibir sus pensiones y en el caso de los incluidos en ERTEs, cuyo pago por parte del Servicio Empleo Público Estatal (SEPE), empezarán a recibir su prestación a partir del 4 de mayo.

Fuentes del Ministerio de Trabajo aclaran que el SEPE está aprobando diariamente la práctica totalidad de los trabajadores afectados por ERTEs que reciben en ese día, que actualmente superan los cien mil. Así, estas fuentes señalan que ayer (16/04) se recibieron 117.777 expedientes y se reconocieron 108.956.

Por otro lado, el Ministerio de Trabajo está articulando un sistema por SMS para comunicar a los afectados porERTE que ya se les ha concedido la prestación, pues actualmente se realiza mediante correo ordinario que debería recibir en 4 o 5 días.

No obstante, el SEPE solo autoriza el pago de la prestación una vez que la autoridad laboral que está tramitando el ERTE les confirma su aprobación. Es difícil tener la cifra de qué porcentaje de expedientes presentados han pasado ya el visto bueno, pues depende de cada comunidad autónoma, con cifras diferentes. Como muestra, en Cantabria a día de hoy se ha resuelto el 31% de los expedientes presentados, en Galicia el 89%, en la Comunidad Valenciana el 17% y en Euskadi ronda igualmente el 90%.

El mínimo tiempo exigido para que un ERTE sea aprobado por las autoridades laborales es de cinco días si se tramita por fuerza mayor, pero se puede demorar a quince días si se tramita por causa económica, técnica, organizativa y de producción (causas ETOP), pues se requiere un informe de la Inspección de Trabajo.

Más del 95% de los expedientes presentados desde que entró en vigor la medida de los ERTEs el 18 de marzo, se han tramitado como causa de Fuerza Mayor (FM), pero los últimos presentados son por causas ETOP y su peso ha subido al 25%. Los ERTEs que sean de FM que se aprueben más allá del 20-21 de marzo podrían no estar resueltos para que el SEPE incluya a los trabajadores afectados en la nómina de mayo y los ETOP podrían no entrar los presentados después del próximo lunes.

En principio, los expedientes presentados hasta esta semana y que hayan sido aprobados, deberían cumplir los plazos para que los trabajadores afectados pueden empezar a cobrar la prestación a partir del 4 mayo, dependiendo de las entidades bancarias. Como tarde, el SEPE hará el ingreso el 10 de mayo.

Para agilizar los procesos, a finales del mes de marzo el Ministerio de Trabajo decidió cambiar la fórmula de tramitación centralizado la solicitud de las prestaciones a través de las empresasque hayan presentado un ERTE. La empresa deberá entregar en el SEPE el listado de los trabajadores afectados, con una serie de datos incluido el de la cuenta bancaria del trabajador donde ingresar la prestación. De esta manera, no hace falta que cada trabajador de forma individual solicite la prestación.

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Isabel

El sepe me propone anular erte para seguir cobrande el susidio de mayores de 52 años a cuanta de que cobraria menos con el erte .como la empresa puede anular el erte que me concierne?