CÓMO DENUNCIAR INFRACCIONES LABORALES

Fundamentalmente hay dos métodos para denunciar una infracción laboral:

  • El buzón de denuncias anónimas
  • Procedimiento para denunciar el fraude laboral en la web de la Inspección de Trabajo. Debesidentificarte como denunciante pero con la garantía por parte de la Inspección de que se guardaría absoluta confidencialidad sobre tus datos.

BUZÓN ANÓNIMO DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

En este Buzón todo aquel conocedor de algún incumplimiento de la normativa ya sea laboral, incluidos supuestos de discriminación, de Seguridad Social o de Prevención de Riesgos Laborales, puede ponerlo en conocimiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS).

El comunicante no tendrá que aportar ningún dato personal y el buzón solo recogerá información sobre las presuntas irregularidades de las que se tenga conocimiento. Los datos deben ser lo más detallados posible, con el objetivo de que si se considera oportuno, puedan planificarse las actuaciones de la manera más adecuada.

En este método todo aquel conocedor de algún incumplimiento de la normativa ya sea laboral, incluidos supuestos de discriminación, de Seguridad Social o de Prevención de Riesgos Laborales, puede ponerlo en conocimiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS),

Tan solo es necesario rellenar los campos del formulario con los datos de la infracción laboral (nombre de la empresa, dirección e información adicional) y pulsar el botón de envío.

La Inspección clasifica los correos y se distribuyen provincialmente para que la Jefatura de Inspección correspondiente lleve a cabo las comprobaciones y determine la procedencia o no de una actuación inspectora.

Enlace al Buzón

DENUNCIA FORMAL ANTE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Existen tres formas de presentar denuncia:

PRESENCIAL – Personándose en las oficinas de la Inspecciones Provinciales de Trabajo y S.S. (así como en los registros de los demás órganos de la Administración del Estado y de las CC.AA y en algunas las administraciones locales, siempre que exista el correspondiente convenio.)

TELEMÁTICA – A través de la Sede electrónica del Ministerio de Trabajo, Migraciones y S.S., siempre que el denunciante disponga del DNIe (Documento Nacional de Identidad electrónico), o de una firma electrónica avanzada basada en un certificado electrónico reconocido por la plataforma @firma.

VÍA POSTAL – Dirigidas a la oficina correspondiente de la Inspección Provincial de Trabajo y S.S. Si la denuncia se presenta por vía postal o en los registros sin personarse el denunciante, se exigirá adjuntar copia compulsada del DNI del denunciante y, en su caso, autorización expresa de éste para que la Inspección pueda verificar sus datos de identidad en el registro correspondiente.

A diferencia de lo que ocurre con el buzón anónimo, en las denuncias ante la Inspección la persona que hace la denuncia debe identificarse pero la administración tiene el deber de guardar secreto. Cualquier persona puede denunciar ante la Inspección, no hace falta ser trabajador de la empresa denunciada.

La denuncia deberá de contener:

  • Los Datos personales de la persona que denuncia,
  • La descripción de los hechos,
  • Fecha y lugar donde se produjeron los hechos,
  • Identificación de las personas responsables
  • También se podrá aportar cualquier documentación con la que se pueda justificar los hechos denunciados.

Toda la información (procedimiento, formularios, etc) está disponible en la web de la Inspección de Trabajo:  

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