AUTÓNOMO EN AGOSTO ¿ME DOY DE BAJA?

Está claro que en los meses de vacaciones la rentabilidad de la mayoría de los negocios disminuye y surge la eterna pregunta ¿es rentable darse de baja de autónomo en verano?
Es algo que debe decidir cada uno pero antes de hacerlo es preciso analizar los pros y los contras de una decisión tan importante.

UN PRO
Lo cierto es que el beneficio directo es el ahorro de la mensualidad de la cuota a la que se hace frente todos los meses. Hay que hacer la cuenta pero antes de quedarnos con esa cifra en la cabeza, ¡atento a los contras de lanzarse a darse de baja de autónomo en verano!

VARIAS CONTRAS

Pérdida de bonificaciones

Si se está disfrutando de alguna de las bonificaciones que ofrece la Seguridad Social, se puede perder el derecho a seguir con la cuota reducida.
A saber:
Tarifa Plana: es requisito básico darse de alta por primera vez o no haber sido autónomo en los últimos 2 años. Por lo que, si se da de baja en el mes de agosto, con la intención de volver en septiembre, se pasará de pagar 50 € al mes a unos 280 €, si es que se cotiza por la base mínima.
• Las mujeres menores de 35 años, y los hombres menores de 30, que estén disfrutando de su tarifa plana ampliada, también perderán esta opción.
• Algo parecido pasa con la bonificación establecida para aquellos que estando trabajando por cuenta ajena también lo hacen por cuenta propia, es decir, en pluriactividad, porque se trata de un descuento en la cuota que se produce solo cuando se produce el alta en el RETA por primera vez, así que también se perdería esta posibilidad.
Pero también hay tarifas especiales para autónomos colaboradores, con discapacidad, paternidad y maternidad, capitalización del paro…, que pueden quedar afectadas por una baja puntual

Pérdida de coberturas

Al darse de baja como cotizante se quedará, en principio, sin poder acceder a las prestaciones por las contingencias en las que se estaba asegurado: Incapacidades de tipo y grado, paternidad y maternidad, …

No podrá facturar

Mucho cuidado con esos clientes que han quedado rezagados en el pago pues no podrá emitir factura durante los meses en que se cause baja, lo que puede producir problemas de tesorería.

No podrá contabilizar el IVA soportado

Los bienes o servicios afectos a su actividad que se paguen en los meses de verano no podrán incluirle como IVA soportado, por lo que se tendrá que evitar la compra, aunque se encuentre una buena oferta, para el futuro.

Trámites burocráticos

No se debe obviar los trámites que se realizar tanto para darse de baja como para volver a darse de alta. Hay que cumplir determinados requisitos para que Hacienda y la Seguridad Social permitan causar baja. Entre ellos, no tener deudas pendientes con la Administración y, por ejemplo, en el caso de que se sea autónomo y administrador de alguna sociedad, se deberá justificar en una escritura pública los motivos que le han llevado a cursar la baja.
Deberá entregar en la Seguridad Social el Modelo TA.0521. Y los modelos 036 ó 037 (versión simplificada) para darse de baja como autónomo en Hacienda.
¡Ojo! darse de baja como autónomo no exime de cumplir con las obligaciones fiscales y saldar sus cuentas con la Administración.
¡Y luego, tras la baja puntual, se estará obligado a hacer el proceso a la inversa para volver a darse de alta de nuevo tanto en Hacienda como en la SS .

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