TS. Jubilación anticipada parcial. Para el cumplimiento de 6 años de antiguedad computa el periodo como asimilado por cuenta ajena en cargo de administración sin el control societario

Aunque siendo administrador (sin control societario) no se está protegido para el desempleo ni por el Fogasa, no significa el traslado de la condición de asimilado a otras prestaciones como el reconocimiento de la pensión de jubilación en cualquiera de sus modalidades.

En el caso concreto se recalca, además, que el INSS no ha demostrado que el trabajador poseía el control efectivo de la sociedad, que la LGSS establece unos porcentajes de titularidad del capital social a partir de los cuales se activa la inclusión en el RETA y los mismos no se cumplen en el caso, y que la posible relación extralaboral sólo afectaa las prestaciones cuando así lo dispone la Ley, lo que no sucede respecto del requisito examinado en orden al acceso a la jubilación parcial.

ENLACE A LA SENTENCIA

Fuente: Laboral Social (CEF)

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