La Seguridad Social detecta que más de un tercio de los contratos duran menos de 5 días y prepara una sobrecotización creciente en función del número de bajas de temporales que ejecuten las compañías
El último día de la semana laborable es el favorito de las empresas para despedir trabajadores y muchas también aprovechan para dar de baja un puñado de contratos y ahorrarse el gasto en cotizaciones que correspondería al sábado y el domingo. Es una práctica que también está generalizada durante los meses de verano . El problema es que el sistema actual permite dar de alta y de baja contratos de manera ágil, lo que posibilita estos usos que llevan asociada una pérdida de protección para los trabajadores al quedar descubiertos de parte de las cotizaciones.
Por ello, el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, está diseñando una fórmula para penalizar a las empresas para castigar la práctica abusiva más habitual que consiste en dar de baja a los trabajadores los viernes y volver a contratarlos el lunes para ahorrarse las cotizaciones del fin de semana con el objetivo de evitar los 90.000 despidos que se producen cada viernes en nuestro país.

El registro histórico de la Seguridad Social revela que, efectivamente, los viernes son los días de la semana en los que se registran más bajas de afiliados, mientras los lunes son los días con más altas. Según los datos recopilados por este medio, en lo que va de año el sistema ha registrado una media de 90.000 bajas cada viernes. Para hacerse una idea, la cifra está entre la capacidad del Bernabéu (81.044 personas) y la del Camp Nou (99.345). Es como si cada viernes se fuera a la calle un estadio entero. En total, entre enero y octubre se han producido más de 3,7 millones de finalizaciones de contratos en el último día de la semana laboral. Del otro lado, las altas de los lunes suman 8,6 millones, a razón de algo más de 200.000 en cada jornada
El Gobierno ya endureció a finales de 2018 la cotización de los contratos temporales de muy corta duración (los que duran menos de cinco días). En concreto, elevó el incremento en la cotización por la celebración de este tipo de contratos del 36% actual al 40%. Pero el actual Ejecutivo considera que esta medida no ha cumplido el efecto disuasorio para el que se había concebido y está dispuesto a endurecerla elevando las cotizaciones que pagan las empresas por todos los contratos temporales, independientemente de su duración, cada vez que los den de baja.
En concreto, en la propuesta gubernamental se plantea la modificación del artículo 151 de la Ley General de la Seguridad Social, que ahora establece ese incremento del 40% de la cuota empresarial por contingencias comunes en los contratos temporales con duración igual o inferior a cinco días, para fijar que «en los contratos de carácter temporal, la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes se incrementará, en el mes en que se produzca la baja del trabajador y por cada una de dichas bajas, en el triple del importe diario determinado por la aplicación del tipo de cotización a cargo de la empresa al tope mínimo de cotización para las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional». De este modo, el Gobierno va más allá del objetivo de penalizar los abusos de los contratos de muy corta duración y propone elevar la cotización que pagan las empresas por todos los contratos temporales en el momento que los den de baja.
Fuente: La Informacion


