TE AYUDAMOS A PEDIR EL BONO SOCIAL ELÉCTRICO

Aunque en puridad el denominado “Bono eléctrico” no es ninguna de las Prestaciones de la Seguridad Social ni del SEPE, incluimos este artículo por su seguro interés para muchos ciudadanos.

¿Qué es el Bono Social?

El Bono Social es un descuento en la factura de la luz destinado a personas con dificultades para pagar dicha factura y pretende proteger a los hogares considerados vulnerables.

 

Tipos de categorías de colectivos beneficiarios

Hay tres tipos de categorías de beneficiarios del bono social, con diferentes requisitos de acceso. El indicador básico es el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) que se usará para determinar los umbrales de renta de las diferentes categorías. Los umbrales pueden modificarse en algunas circunstancias (en caso de minusvalía, por ejemplo). En 2018 el IPREM mensual: 537,84 €/mes. (IPREM anual incluyendo prorrata de pagas extraordinarias 7.529,76 €)

  • Consumidores vulnerables. Se consideran así las unidades familiares sin menores que tengan una renta anual inferior o igual a 1,5 veces el IPREM (14 pagas). También las unidades familiares donde haya un menor y cuyos ingresos no superen dos veces el IPREM. En el caso de hogares con dos menores, el límite se fija en 2,5 veces el IPREM.
  • Hogares vulnerables severos que tienen unos niveles de renta inferiores, que se establecen en el 50% de los límites establecidos para cada categoría de consumidor vulnerable (o sea, 0,75 veces el IPREM si no hay menores, el IPREM en caso de que haya un menor y 1,25 veces el IPREM con dos o más menores.
  • Hogares vulnerables severos en riesgo de exclusión social. Son hogares en los que la administración local o autonómica decide intervenir, contribuyendo con el 50% del coste de ese suministro.

Además también son beneficiarios del bono social

  • Familias numerosas, sin límite de renta, aunque serán considerados consumidores vulnerables severos solo si su renta anual es menor o igual a 2 veces el IPREM.
  • Hogares con todos los integrantes pensionistas que perciban la cuantía mínima vigente. Si no superan el IPREM serán considerados hogares vulnerables severos.
  • Hogares con colectivos especiales (discapacidad superior al 33%, víctimas de terrorismo o violencia de género), el punto de corte se amplía en 0,5 veces el IPREM.

 

¿Cuáles son los beneficios?

El bono social supone un descuento del 25% de la factura de electricidad, que sube hasta el 40% en el caso de los consumidores vulnerables severos. Los consumidores identificados como en riesgo de exclusión social tendrán la factura gratuita.

Este descuento del bono social solo será aplicable a un consumo mensual básico que se asignará a cada tipo de hogar: el exceso sobre esa cifra se factura a un precio normal. Los límites se indican en la tabla reflejada en las fichas.

 

En caso de impago, los hogares con bono social dispondrán de un periodo de 4 meses antes de que su comercializadora inicie el proceso de corte de suministro. Este proceso se interrumpirá en caso de consumidores vulnerables severos en riesgo de exclusión social.

 

Solo con la tarifa PVPC

El Bono Social consiste en un descuento sobre la tarifa regulada PVPC (tarifa regulada Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor con o sin discriminación horaria) y una potencia igual o inferior a 10 kW en tu vivienda habitual.

Por lo tanto únicamente está disponible con las comercializadoras de referencia que ofrecen esta tarifa y excluirá a los hogares con más de 10 kW de potencia contratada, al no poder optar al PVPC si no reducen la potencia.
Por ello, el primer paso es comprobar si tienes contrato con alguna de las 8 compañías que ofrecen esta tarifa:

  • EDP COMERCIALIZADORA DE ÚLTIMO RECURSO S.A
  • ENDESA ENERGÍA XXI S.L
  • TERAMELCOR S.L
  • CHC COMERCIALIZADOR DE REFERENCIA, S.L.U
  • VIESGO COMERCIALIZADORA DE REFERENCIA S.L
  • GAS NATURAL S.U.R.SDG, S.A
  • IBERDROLA COMERCIALIZACIÓN DE ÚLTIMO RECURSO, S.A.U.
  • EMPRESA DE ALUMBRADO ELÉCTRICO DE CEUTA COMERCIALIZACIÓN DE REFERENCIA S.A

 

Cada dos años toca renovarlo

Las ventajas del bono social no son permanentes. Es preciso renovarlo cada dos años, presentando una nueva solicitud ante la comercializadora. Tan solo las familias numerosas podrán disfrutarlo sin necesidad de renovarlo mientras gocen de esa consideración. La comercializadora también está obligada a que en la última factura que emita antes del vencimiento del plazo para solicitar la renovación del bono social, le advierta de este hecho. Si se pierde este beneficio se mantendrá con la tarifa PVPC pero sin el descuento adicional.

 

Cómo lo solicito

Cada comercializadora de referencia debe ofrecer la posibilidad de solicitar el bono social y la documentación necesaria para ello por diferentes canales (correo postal, en oficinas, email, fax o web de la comercializadora). No obstante, para que el consumidor esté considerado en riesgo de exclusión social (y así beneficiarse de la factura eléctrica gratuita), será necesario tramitarlo a través de los servicios sociales de la administración autonómica o local, ya que para contar con este beneficio especial, además de cumplir los requisitos para ser considerado consumidor vulnerable severo.

 

Documentación a presentar

La documentación a presentar varía en función de la situación personal de cada solicitante, pero básicamente consiste en:

  • Completar y firmar formulario por el titular y el resto de la unidad familiar.
  • Fotocopia del NIE o NIE del titular y del resto de la unidad familiar
  • En el caso de que el titular forme parte de una unidad familiar, libro de familia o certificación de la hoja individual del Registro Civil de cada uno de los integrantes de la unidad familiar. En caso de no formar parte de una unidad familiar, hoja individual del Registro Civil o cualquier documento expedido por la autoridad competente que acredite el estado civil del solicitante.
  • Certificado de empadronamiento, individual o conjunto, del titular y de todos los miembros de la unidad familiar.

Además:

  • Las familias numerosas: Fotocopia del título de familia numerosa (si procede)
  • Consumidores con circunstancias especiales (discapacidad igual o superior al 33%, víctima de violencia de género o víctima de terrorismo): certificado que acredite esa situación
    Los requisitos de renta y de pensiones mínima, requieren implican autorizar que se hagan las comprobaciones necesarias.
    El plazo para atender las solicitudes de Bono Social es de 15 días , aunque este podría ser mayor si es necesario realizar el cambio de comercializadora. Una vez comunicado su aceptación, la compañía lo debe aplicar en la primera factura posible, siempre y cuando esa factura se emita con quince días hábiles desde la solicitud.

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