Las prestaciones de un mismo régimen son como norma general incompatibles entre sí cuando coinciden en un mismo beneficiario y en caso de incompatibilidad, quien tuviera derecho a dos o más prestaciones optará por una de ellas. Se exceptúa del principio de incompatibilidad la pensión de viudedad.
La incompatibilidad no rige entre pensiones públicas otorgadas por distintos regímenes. Así, se admite, por ejemplo, la compatibilidad de dos o más pensiones de jubilación, siempre que, al menos, se haya cotizado simultáneamente más de 15 años en cada uno de los regímenes.
Estas imposibilidades de abono simultaneo también son aplicables, en general, a las prestaciones provenientes de sistemas ajenos al de la Seguridad Social pero también públicas, como son todas las pensiones no contributivas, y también las prestaciones de Clases Pasivas (funcionarios de la Administración General del Estado -AGE-) en extinción desde el 1 de enero de 2011 pero a través del cual se siguen jubilando aquellos adheridos a dicho sistema con anterioridad a esa fecha.
En cualquier caso cuando concurren varias pensiones, la suma de ellas quedará topada a la pensión máxima establecida cada año en la ley de PGE (en 2019 un importe mensual de 2.659,41 €).
Como, para variar, en estas cuestiones abundan las excepciones y los recovecos sutiles y casi desconocidas aconsejamos entrar en los siguientes enlaces para tener una explicación detallada de algunas situaciones concretas. En todo caso escribiendo en el buscador de nuestra web las palabras de interés encontrarás artículos donde se desarrollan los temas relacionados con esas palabras.
JUBILACIÓN
Pensiones de Jubilación. Incompatibilidades
https://laboralpensiones.com/pensiones-de-jubilacion-incompatibilidades/
CONCURRENCIA ENTRE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN Y OTRAS PENSIONES
Jubilado, pero quiero seguir trabajando
JUBILACIÓN compatible con el TRABAJO. Introducción
TABLA RESUMEN COMPATIBILIDAD PENSIÓN/TRABAJO
Sentencia del TS: Compatibilidad prestación de la SS con una pensión extranjera
Compatibilidad de los derechos de autor con la pensión de jubilación
INCAPACIDAD
Pensiones de Incapacidad. Incompatibilidades
COMPATIBILIDAD DE LAS PENSIONES DE INCAPACIDAD PERMANENTE (IP)
Incapacidad Permanente (IP) y trabajo
DESEMPLEO
Compatibilidad e Incompatibilidad de las prestaciones y subsidios de desempleo
Compatibilidad Prestaciones Desempleo con Trabajo Cuenta Propia
Subsidio + 52 y trabajo por cuenta ajena
VIUDEDAD Y ORFANDAD
Pensiones de Viudedad y Orfandad. Incompatibilidades
LA CONCURRENCIA ENTRE PENSIONES DE VIUDEDAD Y DE ORFANDAD CON OTRAS PRESTACIONES
OTROS
Compatibilidad de la ayuda social con la prestación discapacidad de hijo

Enhorabuena por esta página tan aclaratoria. Me gustaría presentar mi caso. Soy separada con hijos de 22 y 26 años que viven conmigo. Yo tengo 57 años y ahora no tengo ingresos propios. Era autónoma pero me tuve que dar de baja por no tener trabajo suficiente ni sostenido. Mis hijos cobran una pensión alimenticia por parte de su padre de 250€ cada uno. Mi hijo, el de 22 años, trabaja por un sueldo de 288€ y mi hija se irá en este año del hogar familiar. Me gustaría saber qué prestaciones podría pedir y si son compatibles entre sí. Muchas gracias por su respuesta!
Puede interesarte: TODAS LAS AYUDAS NO CONTRIBUTIVAS INSS, SEPE, IMSERSO, CCAA https://laboralpensiones.com/todas-las-ayudas-no-contributivas-inss-sepe-imserso-ccaa/
Es compatible pedir la ayuda familiar por menor a cargo de la SS y la de mayores de 45 años del sepe?
En principio los subsidios de desempleo no son incompatibles con la prestación familiar por hijo a cargo pero sí se computará como ingresos a efectos de determinar si supera el límite de ingresos establecido en los subsidios.
No obstante la prestación por hijo acargo ha quedado incluida en el Ingreso Mínimo Vital (IMV) lo que está dando lugar a situaciones desprotegidas, ver: El Ingreso Mínimo Vital (IMV) ha desmantelado la prestación por hijo a cargo (“los puntos”) y deja sin ayudas a niños vulnerables https://laboralpensiones.com/el-ingreso-minimo-vital-imv-ha-desmantelado-la-prestacion-por-hijo-a-cargo-los-puntos-y-deja-sin-ayudas-a-ninos-vulnerables/
Hola quiero hacerles una consulta sobre mi caso concreto persona unifamiliar sin más ingresos que una pensión de invalidez total por un importe de 396 euros en 14 pagas concedido en el regimen de autonomo, pronto tendré trabajados 6 meses en el régimen general de la ss como trabajador de cuenta ajena, por lo que que quiero saber si puedo solicitar el subsidio de desempleo por carencia de rentas, una vez obtenido este subsidio y al tener más de 52 años quiero solicitar el subsidio de mayores de 52 años cumpliendo todos los requisitos para ello. Mi pregunta es si el cobro de mi pensión es compatible con los subsidios que quiero solicitar, gracias y un saludo
Como los posibles subsidios estarían generados por unas cotizaciones en el RGSS a consecuencia de un trabajo compatible con tu pensión de incapacidad permanente, si cesas involuntariamente de dicho trabajo podrías acceder a ellos
Te interesará, sobre todo el apartado 6º: Incapacidad Permanente (IP) y trabajo https://laboralpensiones.com/incapacidad-permanente-ip-y-trabajo/
Para saber a que tipo de subsidio podrás acceder te interesará la Tabla III de este artículo: TODAS LAS AYUDAS NO CONTRIBUTIVAS INSS, SEPE, IMSERSO, CCAA https://laboralpensiones.com/todas-las-ayudas-no-contributivas-inss-sepe-imserso-ccaa/
Cobro pensión por incapacidad permanente total. Puedo solicitar la ayuda por hijos a cargo?
Sí si cumples los requisitos, fundamentalmente el de rentas, es decir, no percibir ingresos anuales, de cualquier naturaleza, superiores a los límites establecidos a 12.313,00 euros anuales y, si se trata de familias numerosas, en 18.532,00 euros. En este enlace puedes acceder a las tablas con más detalle: Prestación económica por hijo o por menor a cargo http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10967/27924
Muchas gracias por la respuesta y rapidez!
Hola tengo la invalidez del 54 cobro por el 57por ciento una paga de 600 tengo derecho a cobrar la paga de invalidez de la generalitat gracias
Para las ayudas autonómicas debes ponerte en contacto con el organismo que las gestiona, ver: Las ayudas autonómicas https://laboralpensiones.com/las-ayudas-autonomicas/
Hola y muchas gracias .la pregunta es. Tengo concedido el subsidio de mayor de 52 años. Y en noviembre de este año hago los 61 año y me quiero jubilar .el subsidio lo tengo concedido hasta los 65 años. Pero cumplo todos los requisitos para jubilarme a lo 61. La SS te manda alguna carta antes de los 61 para infórmate que te puedes jubilar si quieres ya que no es abligatorio??muchas gracias !
NO, si quieres jubilarte anticipadamente debes solicitarlo directamente al INSS. Te interesará: https://laboralpensiones.com/la-solicitud-de-la-jubilacion-paso-a-paso/
Muy buena vuestra Web o página. Ilustrativa y aclaradora.
Os felicito.
Estoy en el grupo de Subsidio mayores de 52 años , Plataforma Pensionistas de España , y Pensionistas Unidos , y cuando me llegan artículos vuestros siempre comparto.
Ánimo y seguid así.
Gracias a ti por los ánimos, nuestro único objetivo es poner en común noticias y aspectos referentes a estos temas tan sensibles y tan ignorados por la mayoría de los ciudadanos, cuanto «más lejos» lleguen más estaremos cumpliendo nuestro objetivo fundacional. Un saludo.