¿OTRA IGNOMINIA DEL SEPE? EL PARO DE LOS ERTEs

La cuantía de la prestación contributiva de desempleo (”el paro”) equivale al 70% de la base reguladora durante los primeros 6 meses de percibo de la prestación, y al 50% de la base reguladora a partir del sexto mes.

Sin embargo, hay establecidos unos mínimos y unos máximos, que dependen de las cargas familiares del trabajador afectado. Así, los beneficiarios que no tengan cargas familiares, al menos cobrarán 501,8 €/mes, que se elevan hasta los 671,4 € quienes tengan hijos, independientemente del su número. Según la tabla oficial, el máximo establecido también varía y oscila desde los 1.098,09 €/mes para quienes no tengan descendencia y los 1.254,96 euros para los que tengan un hijo y hasta los 1.411,83 euros para los que tengan dos o más hijos.

Sorprendentemente y según confirman varias empresas que ya han presentado expediente de regulación temporal de empleo (ERTE),la Administración ha decidido discriminar a los trabajadores que tengan familia, pagándoles un 24% menos de lo que les correspondería según la tabla de prestaciones contributivas por desempleo oficial.

Según estas compañías, el SEPE les ha comunicado que la prestación máxima de desempleo que van a pagar a todos los afectados, tengan o no descendientes a su cargo, es la mínima sin hijos. Es decir, los 1.098 € ya mencionados. La decisión es un bombazo para el bolsillo de los ciudadanos afectados por los ERTEs

Lo curioso es que, cuando las empresas formalizaron la solicitud de sus ERTE la semana pasada, Trabajo les reclamó las tablas del número de afectados, con los hijos a su cargo y la edad de los descendientes. Pero, ahora, en el momento de su autorización, el Estado les ha pedido únicamente la cifra de afectados, con indiferencia de si tienen o no familia. La justificación del Gobierno es que se trata de una medida excepcional y que, al no consumir paro, se va a pagar el mínimo exigible.

Esta no es la única modificación ya que el tiempo de paro consumido por estos ERTEs solo se repondrá a cada trabajador mientras dure el Estado de Alarma decretado por el Gobierno el pasado día 1 de marzo de 2020 y que se extenderá hasta el 11 de abril de 2020. Es decir, que si la inactividad en la empresa continuará y el tiempo del ERTE también, ese tiempo de más sí lo perdería cada trabajador del propio paro que tuviera guardado. 

UGT reconocido tener conocimiento de dicha modificación por parte del SEPE y ha dicho que las más altas instancias del sindicato están trabajando con el Gobierno en solucionarlo

CCOO se ha mostrado sorprendido por esta circular interna del SEPE y el sindicato  está ya hablando con el Ministerio para que le aclaren porqué esta modificación “Vamos a estar muy atentos”, ha dicho, porque desde el Ministerio han argumentado que es por “las dificultades técnicas que entraña dar salida a tanto expediente, pero eso no es justificación ni razón alguna para cambiar una norma que hemos estado aplicando a la hora de negociar”.

Fuentes: El Confidencial y Heraldo

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1 comentario en «¿OTRA IGNOMINIA DEL SEPE? EL PARO DE LOS ERTEs»

  1. La Ministra de Trabajo acaba de reconocer en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros extraordinario de hoy 27/03 que la prestación de desempleo provocada por los ERTEs a causa del Estado de Alarma inicialmente, a causa de la urgencia en el diseño del modelo de comunicación de la solicitud del ERTE, en el que no se solicitaba ese dato, serán inicialmente con el tope máximo de trabajadores sin hijos, pero que posteriormente se reconocerá el posible complemento por hijos que corresponda

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