NOTAS DE URGENCIA NUEVAS MEDIDAS SOCIALES FRENTE AL CORONAVIRUS: ALQUILERES, SERVICIO DEL HOGAR y RETA

RESUMEN a vuelapluma de la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros ordinario de hoy martes 31/03, en espera de la publicación del correspondiente RDL, que deseamos sea menos confuso que los precedentes:

GENERAL “A FUTURO” (“cuanto antes”):

  • Ingreso mínimo vital para los más vulnerables del

VIVIENDA:

  • Microcréditos a interés cero y sin comisiones para los inquilinos a través del ICO, son préstamos avalados por el Estado que los arrendatarios deberían devolver en un plazo inicial de 6 años incluso se añadirían otros 4 años en casos de necesidad.
  • Se podrán acoger a las ayudas al alquiler todas las personas desempleadas, que formen parte de expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), con reducciones de jornada o autónomos cuyos ingresos no lleguen a 3 veces el IPREM, incrementado por hijos o personas dependientes al cargo.
  • Aquellos hogares que no puedan afrontar el pago de los microcréditos dispondrán de ayudas directas del Estado para saldar su deuda con el ICO. Los pequeños arrendadores recibirán íntegramente sus rentas de alquiler.
  • Pequeños arrendadores recibirán su renta íntegramente
  • Cuando el propietario sea un grande arrendador el inquilino podrá optar entre dos opciones: pedir una quita del 50% sobre las cantidades impagadas o demandar que esa deuda se reestructure para devolverla en 3 años.
  • Suspensión de los desahucios en 6 meses por impago del alquiler
  • Prórroga de las rentas de 6 meses para todos los contratos de alquiler cuya vigencia concluya coincidiendo con el periodo de estado de alarma.
  • Suministros básicos (agua electricidad y gas), prohibición de corte del suministro por impago

NUEVOS SUBSIDIOS DE DESEMPLEO

  • Subsidio generalizado del 80% del IPREM a quienes no tienen acceso al subsidio de desempleo por no cumplir los requisitos de cotizaciones exigidos, entre ellos a las empleadas del hogar que hayan sido despedidas durante la crisis del coronavirus.

COTIZACIONES DE LOS RETA Y ALGUNAS PYMES

  • Moratoria de hasta 6 meses en el pago de las cotizaciones que beneficiaría a todo aquel autónomo que no se haya podido acoger a la prestación por cese de actividad extraordinaria.
  • Moratoria  también de las cuotas correspondientes al mes de marzo 2020 ya abonadas

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