LOS AUTODENOMINADOS “SINDICATOS DE CLASE” ¿UNA REPRESENTACIÓN LEGÍTIMA?

Una cosa es que los autodenominados “sindicatos de clase” (¿hay sindicatos que no sean de la “clase obrera”?) hayan firmado con los empresarios la “reformita laboral” auspiciada por la insigne ministra Yolanda Diaz, y otra cosa muy diferente es que hagan lobby frente a los parlamentarios que deben aprobarla en el Parlamento.

 

Es evidente que los “sindicatos de clase” están eufóricos pues “la reformita” les amplía su poder casi omnipotente en la negociación de los convenios colectivos pues:

 

  1. Los convenios sectoriales prevalecen sobre los de empresas en la negociación salarial. Así, muchas pymes se verán obligadas a aumentar sus costes a un nivel que no pueden soportar.
  2. Se recupera la ultraactividad plena, de manera quelos convenios serán prorrogados ilimitadamente hasta que haya nuevo acuerdo, frente al límite anual actual. Esto supone dar un poder ilimitado a los sindicatos y llevar al máximo sus reivindicaciones, ya que saben que ilimitadamente estará en vigor el convenio vencido hasta nuevo acuerdo, por mucho que digan que cabe la posibilidad de introducir el arbitraje.

 

Tras marcar máximo de afiliación en 2009 y 2010, los cuatro mayores sindicatos de España UGT, CCOO, Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) y USO fueron reduciendo su número de afiliados hasta 2015 cuando registraron el mínimo, según los datos aportados por los propios sindicatos, ya que no existen datos oficiales.

Actualmente, el mayor sindicato de España es UGT, con unos 950.000 afiliados seguido por CCOO, con 940.000, CSIF, con unos 200.000, y USO, con 120.000. Insistimos en que los datos los facilitan las propias formaciones sin ningún tipo de transparencia ni control de su veracidad.

 

Estos afiliados permiten a los sindicatos contar con delegados sindicales, (un total de unos 270.000) que principalmente, pertenecen a los dos grandes sindicatos CCOO (100.000) y UGT (90.000), en tanto que el resto son de USO (10.000), CSIF (10.000), y otras organizaciones sindicales (60.000).

 

Según establece la Ley de Libertad Sindical es necesario contar con un 10% de los delegados sindicales para ser considerado «sindicato más representativo» y poder participar así de la negociación colectiva tanto tripartita como bipartita. Ello implica que sólo CCOO y UGT (“los sindicatos de la clase obrera”) pueden formar parte de esas mesas de negociación con organizaciones empresariales y administraciones. Es lo que se denomina “el bisindicalismo excluyente subvencionado

 

Aunque dichos “sindicatos de clase” dicen tener cada uno del orden del millón de afiliados muchos nos preguntamos cómo UGT tiene casi 5 veces de afiliados que el propio PSOE, teniendo en cuenta que en España la inmensa mayoría de los ciudadanos no acude ni siquiera a las reuniones de su comunidad de vecinos. En cualquier caso esos dos millones de (“posibles”) afiliados son escasamente el 15% de los trabajadores por cuenta ajena españoles pero se arrogan la representación de todos ellos en los acuerdos de los convenios colectivos sectoriales, provinciales, autonómicos y estatales (¡y de otros “asuntillos” como, por ejemplo, los EREs andaluces!).

 

Entre esos “posibles” afiliados, abundan tres perfiles que no tienen ninguna connotación ideológica ni social y pueden ser considerados en realidad como simples “clientes” de los sindicatos:

 

1.- El que se afilia para tener una especie de “seguro de abogado laboral”, como se tiene un seguro del hogar, para cuando surjan conflictos en su empresa que les afecten directamente.

2.- El que se afilia para ser delegado sindical o pertenecer al comité de empresa para, equivocadamente, blindarse ante el despido pero ello no impide que se produzca un despido procedente

3.- El que se afilia para ser nombrado “delegado sindical” (representante del sindicato en la empresa) y así poder disfrutar a su antojo, de las “horas sindicales” pues no es necesario para ello ser elegido por sus compañeros de la empresa como miembro del comité de empresa

 

CCOO y UGT han acaparado más del 75 % de las subvenciones que los distintos gobiernos han concedido en la última década para financiar actividades de carácter sindical a un total de más de 100 organizaciones sindicales de muy diferente ámbito y tamaño. Como se ha demostrado en los resultados de la “histórica reforma de la reforma laboral” del actual Gobierno progresista de coalición el objetivo fundamental (conseguido) de esos sindicatos es no perder el poder de representación en las negociaciones de los convenios sectoriales y de aplicación más allá de la propia empresa. El resto, al parecer, era “secundario” pues el sentido último de su verdadero ser es constituirse como un “negociador laboral profesional” aprovechándose de los “liberados sindicales” (que financiamos todos los trabajadores, afiliados o no) y subvencionado por todos (trabajadores o no) mediante los PGE.

 

A pesar del oscurantismo de las “cuentas” de los sindicatos, según información interna propia de CCOO sus ingresos se descomponen en: 50% proceden de subvenciones (fundamentalmente las concedidas por el SEPE para la formación de empleo), el 25% de las cuotas de sus afiliados, el 21% de recursos propios (principalmente asesoría jurídica) y el 4% de subvenciones por delegados

 

Por otra parte, el Consejo de Transparencia ha instruido al Ministerio de Trabajo, que encabeza la vicepresidenta y sindicalista Yolanda Díaz, para que remita a la Confederación de Sindicatos (CGT) un informe sobre los inmuebles que la dirección ha entregado a las organizaciones sindicales, indicando su ubicación, dimensiones , y el uso que hace el sindicato de cada uno de ellos y desde cuándo.

 

En particular, el sindicato solicitó datos a los Trabajo sobre el Patrimonio Sindicalista Acumulado, bienes inmuebles cuya titularidad corresponde al Estado  y que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de 1986, han sido cedidos para uso de los sindicatos para que puedan desempeñar las funciones reconocidas por el ordenamiento jurídico.

 

Pero el departamento dirigido por Díaz rechazó la solicitud, alegando que la CGT podría acceder automáticamente a la información utilizando el programa informático CONPAS (Consulta de Patrimonio Sindical). El ministerio insiste en que actualmente la PSA está compuesta por más de 600 activos y que para poder brindar los datos solicitados por el gremio, se requerirá descargar información de cada uno de ellos individualmente, para verificar si hay datos protegidos. “La tarea específica de recopilar información, ordenarla y ponerla a disposición, forzando búsquedas masivas, electrónicas y manuales, en todas las bases de datos y archivos” es, según Trabajo, “motivo suficiente” para no atender la solicitud.

 

La CGT, por su parte, precisa que el Ministerio del Trabajo aún no ha dado a conocer la existencia de una aplicación CONPAS y que, de acuerdo con la ley que regula la PSA, este departamento debe tener una lista de productos que deben estar disponibles. no hay datos protegidos que hagan necesarios los ajustes.

 

El Consejo de Transparencia da la razón a CGT y, apoyándose en decisiones de distintos tribunales, insiste en que “no se deben valorar nuevas definiciones a la hora de acceder a información contenida en archivos y documentos solicitados previamente; como en este caso ” .

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