LA ENTRADA EN VIGOR DEL SISTEMA DE IVA FRANQUICIADO PARA LOS AUTÓNOMOS

El objetivo de este “régimen de franquicia de IVA” es que los pequeños trabajadores por cuenta propia puedan ofrecer sus servicios a un precio más competitivo.

 

En aplicación de la Directiva europea 2020/285 los agentes sociales y la Agencia Tributaria lograron cerrar el acuerdo inicial para que miles de autónomos que facturen menos de 85.000 euros al año quedarán exentos de incluir el IVA en sus facturas antes de 2025.

Este acuerdo es la primera fase de un calendario previsto por Hacienda para poner en marcha el nuevo sistema de IVA franquiciado. Hacienda está trabajando con las organizaciones de autónomos en un sistema para que los negocios que facturen menos de 85.000 euros (100.000 euros si están en actividades intracomunitarias) sólo tengan que presentar una declaración anual de sus ventas para demostrar que cumplen los límites para no estar sujetos a este impuesto indirecto.

 

La implantación de este nuevo sistema, que ya está en marcha en todos los países de la Unión Europea excepto el nuestro, se está llevando a cabo forma paralela a la paulatina desaparición del sistema de módulos, entre otras cuestiones. Si bien aún no hay fechas a la eliminación del régimen de estimación objetiva, ya hay un horizonte temporal para la introducción del régimen de franquicias, que vendrá a sustituir al régimen de IVA simplificado y los posibles cambios legales necesarios se desarrollaran en 2024, de cara a su entrada en vigor en 2025.

 

La idea de fondo es que el régimen de franquicias venga a sustituir al sistema de IVA simplificado, que forma parte del régimen de módulos. Por lo tanto, es probable que ambos cambios -la eliminación de la estimación objetiva y el régimen de IVA simplificado y la introducción del régimen de franquicias- se lleven a cabo de forma acompasada. Para establecer el régimen de franquicia -que sustituye al régimen de IVA simplificado- hay que modificar no sólo la ley de IVA, sino también la del IRPF. Esto se hará a través de un proyecto de ley que afecte a los dos impuestos y que además, previsiblemente, establecerá un régimen transitorio. Este régimen transitorio, quizás se podría hacer a través de una prórroga del actual régimen de módulos para que se adapten los autónomos a esta nueva legislación.

 

Los autónomos del sector agrícola, ganadero y pesquero a los que le resulte de aplicación el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca – regulado en los artículos 124 a 134 bis de la Ley del IVA- quedarán excluidos de este sistema. Por otra parte, también se ha puesto encima de la mesa que quienes se beneficien de esta “eliminación” del IVA no tengan derecho a deducirse gastos.

 

En cuanto a las obligaciones fiscales y contables que tendrá el colectivo con este nuevo régimen, el grupo de trabajo considera que se deben mantener las siguientes: la declaración censal; las obligaciones de facturación; las obligaciones registrales y la aportación de los Libros Registro del IVA e IRPF en el mismo plazo que la declaración resumen anual.

 

Este régimen de IVA franquiciado tiene sus ventajas y desventajas para los autónomos

Entre las ventajas de no facturar IVA por parte de los autónomos figuran:

  • Precios más competitivos, algo que beneficiará sobre todo a los autónomos que se dirijan al cliente final. Sin el IVA, sus servicios y productos serán entre un 4% y un 21% más baratos (este último porcentaje es el del IVA general). Que mantengan la ventaja con otros autónomos dependerá del número que finalmente se apunten al IVA franquiciado.
  • Menos trámites, ya que no deberán rellenar el modelo 303 ni el modelo 390 de IVA al no facturar con IVA. Esto dependerá de cómo se articule finalmente ese régimen franquiciado.
  • Menos multas, dado que el IVA es uno de los impuestos que más inspecciones acarrea y también más multas, tanto por deducir gastos no deducibles como por no presentarlo a tiempo.

 

La principal desventaja del IVA franquiciado para autónomos es:

  • Pierden la oportunidad de deducir el IVA soportado, que les devolvía parte del dinero que se gastaban en desarrollar su actividad. Al no facturar con IVA, ya no podrán recuperar el IVA que pagan. Esto afectará especialmente a los autónomos con más gastos, como por ejemplo negocios de fabricación o que compren mucho material.

 

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