El TJUE decidirá mañana si el Estado tiene que hacer fijos a 800.000 interinos

Llega una de las sentencias más esperadas para los interinos y trabajadores de la Administración pública que hayan encadenado durante años contratos temporales de forma abusiva.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitirá mañana su fallo en el que aclarará si el Estado y las distintas administraciones autonómicas y locales tienen que hacer fijos a los 800.000 interinos y trabajadores públicos que tienen este tipo de contratos.

El tribunal ya determinó en dos sentencias de febrero y junio de 2024 que la Administración debía hacer fijos a estos trabajadores. La sentencia consideró que estas nuevas contrataciones servirían como una forma de sancionar a las distintas instituciones ya que el Ejecutivo no ha aprobado ningún tipo de mecanismos de castigo que le disuada de repetir estos abusos ni tampoco cuenta con compensaciones económicas adecuadas para reparar los daños a los empleados.

Asimismo, el TJUE instó a revisar o inaplicar la actual jurisprudencia del Tribunal Supremo «si esta se basa en una interpretación de las disposiciones de la Constitución incompatible con los objetivos del Acuerdo Marco y de la Directiva europea» para impedir abusos derivados de la utilización de sucesivos contratos de trabajo de duración determinada.

El alto tribunal español mantiene que hacer fijos a estos interinos o empleados públicos vulneraría los principios de capacidad, mérito e igualdad que establece la Constitución para acceder a la función pública. Por ello, el Supremo, tras el primer fallo de febrero de 2024 del TJUE, remitió una nueva cuestión prejudicial a la Corte europea para que matizara su sentencia.

El alto tribunal español pide al TJUE que aclare dos cuestiones. La primera es si la cláusula cinco del Acuerdo Marco y de la Directiva europea sobre la contratación temporal se opone a la doctrina española que niega la condición de trabajadores fijos a estos afectados en base a los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y no discriminación.

Esta cláusula 5 establece que, para prevenir los abusos por la utilización sucesiva de contratos de duración determinada, los Estados miembros introducirán varias medidas para aclarar las razones que justifiquen la renovación de los contratos, su duración máxima total y el número de renovaciones.

Además, pregunta si, en el caso de que la jurisprudencia española sea contraria a la norma europea, sería suficiente sanción para la Administración indemnizar al trabajador cuando acabe el contrato.

El Abogado General de la Unión Europea (UE), Rimvydas Norkus, emitió el pasado mes de abril sus conclusiones sobre estas dos cuestiones como un paso previo a la sentencia y señaló que, incluso la compensación más alta por despido que hay en España en la actualidad de 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades, sería insuficiente para reparar el daño a estos empleados.

No obstante, el Abogado General matizó que el TJUE no obliga a España a hacer fijos a estos empleados siempre y cuando haya mecanismos de sanción adecuados para disuadir a la Administración de proseguir con estas prácticas.

La sentencia pondrá fin a la incertidumbre de 800.000 trabajadores, cifra estimada por el Colectivo de Empleados Públicos en Abuso de Temporalidad.

Fuente:El TJUE decidirá mañana si el Estado tiene que hacer fijos a 800.000 interinos

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