La caída en la actividad Los trabajadores por cuenta propia ha hecho que más del 20% de los autónomos mantenga deudas pendientes con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social.
En estos momentos, más de 250.000 trabajadores por cuenta propia no han podido hacer frente a sus deudas con el Estado, tanto por su falta de liquidez como por haber solicitado previamente un aplazamiento de sus deudas por la caída de la actividad derivada de las restricciones que se han ido dando desde que comenzó la pandemia.
A principio de la crisis sanitaria, en marzo de 2020, muchos autónomos solicitaron un aplazamiento de sus deudas con el Estado ante el cierre total de su actividad pero la dificultad para recuperar sus ingresos -ante una muy paulatina reapertura de sus negocios- hizo que muchos de ellos no contasen con la solvencia necesaria para realizar el pago acordado en el aplazamiento.
La falta de avales para hacer frente a esos pagos les llevaban al vencimiento de los plazos establecidos, derivando en una notificación de resolución de la deuda que obligaba al pago de dicha incidencia. Una situación que los autónomos han tenido que capear sin ningún tipo de apoyo del Gobierno. Y es que, las tardías ayudas directas anunciadas por Pedro Sánchez contemplan ciertos requisitos que impiden a un gran número de autónomos el acceso a esta prestación, haciendo que más del 60% de los 7.000 millones de euros de este plan se queden sin repartir porque no se pueden cumplir las restrictivas condiciones de acceso impuestas por el Ejecutivo socialista.
El otoño caliente
A las deudas de muchos autónomos hay que añadir el aumento de las cargas fiscales y el fin de ciertas prestaciones que se avecinan tras el fin del verano. Uno de los temas que más controversia tiene y que generará un gran impacto a más de tres millones de autónomos es la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y además la subida de la cuota de autónomos -que pasarán de pagar el 30,3% actual a un 30,6%- está vinculada al incremento del SMI. La modificación al alza del SMI afectará a las cuotas por contingencias profesionales y al cese de actividad, siempre y cuando no se cuente con tarifa plana.
Por otra parte el próximo 1 de octubre entra en vigor la Ley sobre infracciones y sanciones que contempla un incremento de 20% en la multas y la automatización de procedimiento sancionador. El incremento de las sanciones asciende a 150 euros en las multas leves en su grado mínimo-80 euros más que en la actualidad-, mientras que las leves en su grado medio pasan de 151 a 370 euros y en su grado máximo ascienden hasta los 750 euros. Las graves con multa pasan de 751 a 1.500 euros en su grado más bajo, en su grado medio de 1.501 a 3.750 euros, y en su grado máximo a 7.500 euros. Las muy graves con multa, en su grado mínimo, de 7.501 a 30.000 euros; en su grado medio de 30.001 a 120.005 euros y en su grado máximo de 120.006 euros a 225.018 euros.
En la infografía adjunta de Lefebvre puedes obtener información precisa sobre las fases del procedimiento concursal(*) y cuáles son los elementos característicos de la insolvencia actual
- Fases del procedimiento concursal.
- Los requisitos en la solicitud de declaración de concurso.
- Distinción entre masa activa y masa pasiva.
- Tipos de calificación del concurso.
- Conclusión y reapertura.
(*) En el primer trimestre de 2021, se instaron 2.799 concursos en toda España de los cuales 1.009 eran personas físicas sin actividad empresarial y 530 autónomos. Hasta ahora, los particulares y autónomos han conseguido la cancelación de las deudas privadas al 100%. En cuanto a las deudas públicas, en aplicación del criterio ecuánime del Tribunal Supremo dictado en su STS 381/2019 de 2 de julio, se puede cancelar hasta el 50% del importe principal adeudado, así como los intereses y sanciones impuestas, y proceder al pago del 50% restante en un plazo máximo de 5 años. Sin embargo, en el Anteproyecto de la reforma de la Ley Concursal, se prevé expresamente la no cancelación de ningún crédito público, contrariando así lo acordado por el Alto Tribunal