EL IMV Y LAS RENTAS MÍNIMAS AUTONÓMICAS

La necesidad de que tanto las rentas mínimas autonómicas, con el nombre concreto que cada CCAA las bautiza, como el IMV sean complementarias (que sumen en vez de restarse o excluirse), deriva de que ninguna de esas ayudas es suficiente, pues ambas quedan lejos del umbral de la pobreza e incumplen los criterios del Comité Europeo de Derechos Sociales en aplicación de la Carta Social Europea.

El Ingreso Mínimo Vital está muy lejos de ser la prestación tan publicitada y está resultando un proceso incierto y caótico, con más quebraderos de cabeza que soluciones, a lo que se suma las afecciones con las rentas mínimas autonómicas.

Como se indica en el Real Decreto Ley (RDL 20/2020, por el que se crea el Ingreso Mínimo Vital): “El ingreso mínimo vital se configura como una prestación «suelo» que se hace compatible con las prestaciones autonómicas que las comunidades autónomas, en el ejercicio de sus competencias estatutarias, puedan conceder en concepto de rentas mínimas” (

Uno de los requisitos ante la solicitud del IMV es el de haber solicitado previamente todas las prestaciones y subsidios posibles, a excepción de las rentas mínimas autonómicas

P

ero es lo contrario para los perceptores de las rentas mínimas autonómicas que a menudo están obligados a solicitar el IMV. Una vez se puso en marcha el IMV, las personas beneficiarias de una renta mínima autonómica comenzaron a recibir notificaciones de su CCAA en las que se les indicaba que debían solicitar el IMV. Es decir, quien quisiera solicitar una renta mínima autonómica, o bien seguir percibiéndola si ya la tenía concedida, tiene como nuevo requisito el solicitar también previamente el IMV.

Esta necesidad de que vayan unidas está entorpeciendo a las familias a la hora tanto de tramitar como de recibir una u otra prestación, desembocando en una larga espera sin ingresos suficientes.

Es preciso articular para evitar que la dualidad no resuelta entre una renta mínima autonómica y el IMV produzca suspensiones cautelares de la renta mínima autonómica, muchas de las cuales podrían derivar en extinción. Las CCAA y el gobierno de España debencorresponsabilizarse y articular procedimientos administrativos para encauzar la situación y que la percepción del IMV no afecte al derecho a percibir una renta mínima autonómica ni a su cuantía de la misma forma que la percepción de una renta mínima autonómica no afecta al derecho a percibir el IMV ni a su cuantía. De esta manera ambas prestaciones serían complementarias, podrían sumarse, en vez de restarse o anular una a la otra.

No pueden seguir permitiendo que la nefasta gestión que se está realizando con el IMV impida, además, la resolución de las RMI autonómicas.

Ver: Las rentas mínimas autonómicas y el Ingreso Mínimo Vital (IMV)

Ver: LAS AYUDAS AUTONÓMICAS Y EL IPREM

Ver: Las CCAA del PP abren la puerta a que el IMV sustituya a sus rentas de inserción

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