LAS 22 RECOMENDACIONES DEL PACTO DE TOLEDO PARA REFORMAR LAS PENSIONES

Tras más de cuatro años de reuniones, la Comisión permanente no legislativa de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo ha cerrado este viernes 23/10/2020 su informe para la reforma del sistema público de pensiones. Los grupos políticos votarán en comisión el documento el próximo martes 27.

Las recomendaciones son claves para la prometida reforma de las pensiones, ya que el Gobierno ha asegurado que servirán de base para los cambios que se aprueben, que también estarán sometidos a la negociación con los sindicatos y la patronal.

Resumimos telegráficamente el contenido de todas las recomendaciones:

Recomendación 0 | Defensa del sistema público

Se reafirma el compromiso en el mantenimiento, mejora y adaptación del sistema público de Seguridad Social y, especialmente, del sistema de pensiones y se opone a cualquier transformación radical del sistema que suponga una ruptura de sus principios de solidaridad, suficiencia de prestaciones y equidad, entre otros.

Se reitera que las cotizaciones sociales se mantengan como “la fuente básica” de la cobertura financiera de las prestaciones contributivas, sin perjuicio de los apoyos y recursos económicos adicionales, como pueden ser las transferencias del Estado.

Se insiste además en que las prestaciones no contributivas y los servicios de carácter universal se financien a través de aportaciones del Estado a la Seguridad Social.

Recomendación 1 | Separación de fuentes

Se emplaza a acabar con el déficit de la Seguridad Social antes de que termine 2023 y propone que los gastos impropios pasen a ser sufragados por los Presupuestos Generales del Estado. Entre los gastos impropios enumera: las ayudas a las empresas de reducciones en la cotización a la Seguridad Social, las tarifas planas y otros ejemplos de tratamiento favorable en la cotización, las prestaciones relacionadas con el nacimiento y cuidado del menor, el complemento de maternidad en las pensiones,…

Recomendación 2 | Subidas con el IPC

Se defiende el mantenimiento del poder adquisitivo de los pensionistas y precisa que “la revalorización anual de las pensiones en base al IPC real se presenta como el mecanismo que ha de servir para conservar el poder adquisitivo de las pensiones”.

Recomendación 3 | La ‘hucha de las pensiones’

El Pacto destaca que una vez se recupere el equilibrio de las cuentas de la Seguridad Social se debe retomar la regla según la cual los excedentes de las cotizaciones, sin límite alguno, han de incorporarse al Fondo de Reserva, apunta que aunque el Fondo de Reserva no es el mecanismo adecuado para resolver desequilibrios financieros de naturaleza estructural sí puede servir como una importante ayuda para resolver desequilibrios coyunturales entre los ingresos y los gastos de la Seguridad Social.

Recomendación 4 | Cotización de autónomos

Indica que la sostenibilidad del sistema de pensiones exige que, de manera gradual y acomodándose a la gran variedad de situaciones del colectivo, se aproxime la cotización de los trabajadores autónomos a sus ingresos reales. Este cambio se debe producir en el marco del diálogo social entre sindicatos y patronal. Recomienda medidas que contemplen el trabajo a tiempo parcial de los autónomos.

Recomendación 5 | Periodos de cotización

Recomienda evaluar la facultad de elección de los años más favorables en la determinación de la base reguladora de la pensión, es decir, que el trabajador pudiera elegir esos 25 años de manera que le sea más favorable para el cobro de su pensión.

Sobre la pensión máxima y la base máxima de cotización, indica que su relación debe establecerse legalmente de forma clara y estable.

Recomendación 6 | Incentivos al empleo

La financiación de los incentivos al empleo no podrá hacerse con cargo a las cotizaciones sociales, salvo excepciones en colectivos especiales como personas con discapacidad, en riesgo de exclusión social, los parados de larga duración y las víctimas de violencia de género.

Recomendación 7 | Información ciudadana

Se insta al Gobierno a dar cumplimiento a las obligaciones de información contenidas en el artículo 17 de la Ley General de la Seguridad Social, “de modo que cada ciudadano pueda disponer de información periódica individualizada sobre sus futuros derechos de pensión”.

Recomendación 8 | Gestión del sistema

Se debe abordar un plan integral de recuperación y renovación de la plantilla de personal al servicio de la Seguridad Social. Además, la Comisión defiende “una más estrecha y adecuada coordinación entre el sistema de prestaciones de la Seguridad Social y los sistemas asistenciales autonómicos”.

Recomendación 9 | Mutuas de la Seguridad Social

Respecto a las Mutuas colaboradoras de la Seguridad Social, destaca que debe cumplirse la regla de paridad en la composición de sus órganos de gobierno y dotarlas de cierto margen de flexibilidad en el uso de sus recursos que resulte compatible con un estricto control por la Seguridad Social.

Recomendación 10 | Lucha contra el fraude

Se deben clarificar las lagunas legislativas bajo las que se ocultan abusos en la determinación del concreto régimen de afiliación en el que se debe cotizar (“falsos autónomos”) y apremia por el endurecimiento de las sanciones a las empresas que no cumplan con sus obligaciones frente a la Seguridad Social”.

Recomendación 11 | Contributividad

Se apuesta por la “contributividad” del sistema, es decir, la existencia de una relación equilibrada entre el importe de la prestación reconocida y el esfuerzo de cotización previamente realizado por cada trabajador.

Se precisa que, en los casos de vidas laborales muy prolongadas, habría que valorar la posibilidad de reconocer la posibilidad de que el beneficiario descarte algún año concreto del periodo de cálculo ordinario o pueda escoger el tramo de la carrera de cotización sobre el que se aplicaca la fórmula de cálculo de su pensión.

Recomendación 12 | Edad de jubilación

La edad de salida efectiva del mercado de trabajo debe aproximarse a la edad ordinaria de jubilación legalmente establecida. Es necesario profundizar en la prolongación voluntaria de la vida laboral más allá de la edad ordinaria de jubilación.

También apuesta por revisar el acceso a la jubilación anticipada, de manera que los coeficientes reductores sean equitativos y emplaza al Gobierno a proponer una respuesta en el plazo máximo de 3 meses ante la Comisión.

Recomendación 13 | Viudedad y orfandad

Se debe llevar a cabo de manera gradual la reformulación integral de las prestaciones de viudedad y orfandad, manteniendo su carácter contributivo. Se debe acomodar la configuración de la pensión a las nuevas realidades sociales y familiares, así como a las circunstancias socioeconómicas de los beneficiarios, a fin de mejorar la protección de los pensionistas sin otros recursos.

La protección social debe concentrarse en las personas beneficiarias de la pensión de viudedad con 65 o más años, cuya pensión constituye su principal fuente de ingresos y propone aumentar el porcentaje de la base reguladora de la pensión.

Recomendación 14: Fiscalidad

Queda suprimida esta anterior recomendación sobre el reordenamiento del tratamiento tributario

Recomendación 15 | Un sistema suficiente

La Comisión cree necesario establecer alguna referencia adecuada para evaluar la “suficiencia” de las pensiones, como puede ser la llamada ‘tasa de sustitución’ (que relaciona la pensión media del sistema con el salario medio de los trabajadores), que permita realizar un seguimiento continuo de su evolución y, en caso de desviación, adoptar las medidas oportunas”.

Se reitera que los complementos a mínimos de las pensiones, como manifestación práctica de ese sistema solidario, deben ser asumidos por impuestos (Presupuestos Generales del Estado) y no por cotizaciones sociales.

Recomendación 16 | Sistemas complementarios

Reafirma de nuevo su apuesta por impulsar la implantación efectiva de los planes complementarios de pensiones, en especial de los planes de trabajo (los planes de empleo, el llamado segundo pilar de las pensiones), que negocian empresas y trabajadores y que “prioritariamente” habrán de ser sin ánimo de lucro. Y apostilla que en ningún caso dichos sistemas de ahorro puedan ser considerados como meros productos financieros”.

En cuanto a los sistemas de pensiones individuales (el llamado tercer pilar), sostiene que la gestión de estos mecanismos debe ser más transparente de lo que ha sido hasta ahora, de manera que los costes de administración por las entidades promotoras no comporten rendimientos negativos para los ahorradores.

Recomendación 17 | Mujeres

Se reclaman medidas que permitan identificar las discriminaciones retributivas y llama a introducir “las correcciones” para solventar los vacíos en las carreras de cotización por la irregularidades de las carreras profesionales, y también emplaza a impulsar reformas que corrijan posibles tratamientos discriminatorios con los trabajadores a tiempo parcial, la gran mayoría mujeres, como ha indicado ya la justicia europea y el Tribunal Constitucional.

Recomendación 17 bis | Jóvenes

Hace un llamamiento a potenciar su confianza en el sistema de la Seguridad Social. Una medida concreta que incluye al respecto consiste en adoptar “medidas legislativas definitivas encaminadas a garantizar y a mejorar la protección social del colectivo de becarios”.

Recomendación 18 | Personas con discapacidad

Deben intensificarse las medidas dirigidas a eliminar los obstáculos laborales de las personas con discapacidad, y en concreto, se recomienda “seguir introduciendo modificaciones en la normativa de Seguridad Social que afecten, entre otras cuestiones, al régimen jurídico de la percepción de las pensiones por incapacidad permanente y a su compatibilidad con la realización de un trabajo, evitando la litigiosidad existente en este ámbito”.

Recomendación 19 | Trabajadores migrantes

Afirma que la inmigración ayudará a fortalecer el sistema de pensiones ante el envejecimiento de la población en España, y apuesta por la llegada de personas canalizada “a través de mecanismos que garanticen la incorporación de personas migrantes al mercado de trabajo”. Destaca también la llamada a que la Administración intensifique “su deber de cuidado para evitar el racismo o la discriminación en el ámbito laboral, dada la mayor vulnerabilidad de las personas migrantes”, así como las situaciones de explotación.

Recomendación 19 bis | Digitalización

La Comisión destaca que “resulta clave” favorecer la inclusión de los trabajadores dentro del sistema, “como fórmula para combatir la economía informal y garantizar la protección ante situaciones de necesidad” (cita la sentencia del Supremo sobre Glovo como referencia para la “imprescindible” lucha contra los falsos autónomos).

Señala el riesgo de una protección social contributiva insuficiente y considera que “hay que reforzar los mecanismos no contributivos, típicamente solidarios, del sistema”.

La Comisión añade una reflexión: “Si la revolución tecnológica implica un incremento de la productividad, pero no necesariamente un aumento del empleo, el reto pasa por encontrar mecanismos innovadores que complementen la financiación de la Seguridad Social, más allá de las cotizaciones sociales”.

Recomendación 20 | Control Parlamentario

A juicio de la comisión, conviene “intensificar el seguimiento periódico de la suficiencia de las pensiones, del equilibrio financiero del sistema y de los resultados que se obtienen en materia de lucha contra el fraude a la Seguridad Social”.

El Pacto de Toledo recuerda por último que, transcurridos al menos cinco años desde su aprobación, “el Congreso de los Diputados habrá de proceder a una revisión general de las recomendaciones del Pacto de Toledo, así como a una evaluación de su grado de cumplimiento, mediante los instrumentos parlamentarios específicos para ello”.

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1 comentario en «LAS 22 RECOMENDACIONES DEL PACTO DE TOLEDO PARA REFORMAR LAS PENSIONES»

  1. Qué pena. Ningún partido quiere mojarse por no perder votos y todas las medidas son de cara a la galería. Así no arreglan nada y así nos irá. Pero la culpa es la inmadurez del resto de la población, que vota en función exclusivamente del interés propio. Clases pasivas con edad de jubilación como todos, incompatibilidad de jubilación y viudedad, evitar que alguien cobre más complemento a mínimos que pensión…, Sería de justicia pero harían perder votos.

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