EL CERMI PIDE AL PACTO DE TOLEDO QUE EL SISTEMA DE PENSIONES REFUERCE LA PROTECCIÓN SOCIAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha pedido a la Comisión del Pacto de Toledoque en el dictamen de conclusiones se incluya una referencia expresa a la necesidad de que el sistema de pensiones de la Seguridad Social refuerce la protección social de las personas con discapacidad y sus familias y que, al mismo tiempo, se promueva la activación laboral de esta parte de la ciudadanía, reforzando la compatibilidad entre pensión y trabajo.

Esta es la principal conclusión de un documento de propuestas que la plataforma representativa de la discapacidad en España ha remitido a la Comisión del Pacto de Toledo, a fin de que sean incorporadas por los partidos políticos al dictamen final de esta comisión parlamentaria, una vez que ha retomado su actividad el pasado mes de junio, tras la falta de acuerdo en 2019 y el retraso posterior en la reactivación de los trabajos por la pandemia de COVID-19.

El CERMI valora positivamente que en los últimos años se hayan producido avances, como la adopción de mecanismos de anticipación de la edad de jubilación de trabajadores con discapacidades que disminuyan su esperanza de vida; la configuración de convenios especiales que posibilitan la inclusión en la Seguridad Social de personas que, por razón de su discapacidad, encuentran mayores dificultades para su inserción sociolaboral, y la flexibilización de los umbrales de compatibilidad entre actividad lucrativa y pensiones no contributivas de incapacidad.

Pese a estos progresos, el CERMI defiende que se debe seguir avanzando, por lo que solicita que se intensifiquen “las medidas dirigidas a eliminar los obstáculos a la activación de las personas con discapacidad, favoreciendo su acceso a un empleo digno, suficiente y de calidad”.

Para ello, reclama seguir introduciendo modificaciones en la normativa de Seguridad Social que afecten, entre otras cuestiones, al régimen jurídico de la percepción de las pensiones por incapacidad permanente y a su compatibilidad con la realización de un trabajo, evitando la litigiosidad existente en este ámbito en la actualidad.

SITUACIÓN DE ESPECIAL PROTECCIÓN

Por otro lado, para reforzar la protección social, el CERMI considera que “el sistema de Seguridad Social, como principio informante, ha de considerar a las personas con discapacidad y a las familias que tienen en su seno a una persona con discapacidad, como ‘situación social de especial protección’, reforzando las respuestas en términos de cobertura en todas las contingencias en las que la discapacidad sea un hecho relevante”.

En este sentido, pide que se mejoren los niveles de protección de las personas con discapacidad en las prestaciones por hijo e hija a cargo y pensión de orfandad, así como que se corrijan los desajustes normativos que se hayan producido en las medidas de anticipación de la edad de jubilación previstas para los trabajadores con discapacidad, flexibilizando las regulaciones que se han revelado rígidas y que excluyen situaciones materialmente dignas de protección.

Asimismo, el CERMI asegura que, en la ordenación de la prestación de maternidad, deben tenerse en cuenta las dificultades y los más intensos apoyos que las mujeres con discapacidad pueden necesitar durante el embarazo y en las primeras semanas tras el alumbramiento.

En cuanto al ingreso mínimo vital (IMV), la entidad subraya que “debe ser sensible a la realidad de exclusión social más intensa y mayor pobreza que viven las personas con discapacidad, ofreciendo respuestas adecuadas a estas situaciones, siempre en el sentido de que resulte un acompañamiento efectivo para lograr la vida activa y autónoma a través de la inclusión laboral”.

Finalmente, respecto del régimen legal de seguridad social de los funcionarios públicos (clases pasivas), el CERMI avisa de que “las situaciones de discapacidad están lejos de haber alcanzado el grado de relevancia y protección del régimen general”, por lo que afirma que “se hace necesario acercar ambas regulaciones en esta materia, trasladando al régimen de clases pasivas los avances logrados o que se puedan lograr con carácter general, a fin de evitar asimetrías hirientes”.

FUENTE: CERMI

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