El organismo que depende del Ministerio de Trabajo se ocupa de garantizar el cumplimiento de la legislación laboral
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) es un servicio público que funciona como organismo autónomo del Gobierno cuya función es ejercer la vigilancia del cumplimiento de las normas laborales y exigir responsabilidades. Además, también se ocupa de asesorar, conciliar, mediar y arbitrar en dichas materias.
Te explicamos cómo funciona y en qué consiste el organismo garante de que se cumplan las leyes del Ministerio de Trabajo.
¿Qué es la Inspección de Trabajo?
La ITSS es la institución que se encarga de vigilar el cumplimiento de la normativa laboral y exigir responsabilidades (multas económicas o cese de actividad) en el caso de que se produzca algún tipo de infracción.
Según define la Organización Internacional del Trabajo (OIT), los Gobiernos nacionales aprueban leyes y políticas que fomentan condiciones del trabajo “decentes” en comunicación con organizaciones de empleadores y trabajadores, y encargan a los servicios de la Inspección de Trabajo supervisar la adecuada aplicación de estas leyes y políticas y promover su cumplimiento. Así ocurre, por ejemplo, con la ley rider o con la reforma laboral.
De acuerdo con lo establecido en la Ley 23/2015, de 21 de julio, la ITSS debe controlar, entre otras, las normas relativas a materias laborales, de prevención de riesgos laborales, de Seguridad Social y protección social, colocación, empleo, formación profesional y protección por desempleo, economía social, emigración, movimientos migratorios y trabajo de extranjeros, igualdad de trato y oportunidades y no discriminación en el empleo. También realiza funciones de asesoramiento, asistencia técnica y de conciliación, mediación y arbitraje.
La ITSS es un organismo autónomo con personalidad jurídica propia que puede actuar en todas las materias aun cuando sean de la competencia de una Administración distinta, tal y como recogen los estatutos aprobados por Real Decreto 192/2018
Además, desde 2021, cuenta con presupuesto propio, según informa el Ministerio de Trabajo a Newtral.es. “Los primeros presupuestos propios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social fueron los de 2021 (que se aprobaron en el 2020), antes dependía del Ministerio de Trabajo, no era organismo autónomo”, explican fuentes de la cartera Díaz.
¿Cómo se organiza la Inspección de Trabajo?
La actividad en la Inspección de Trabajo está organizada de manera jerárquica, tal y como indica la Ley 23/2015. Cada comunidad autónoma cuenta con un equipo de Dirección territorial y en cada provincia hay otro de Inspección provincial.
En caso de provincias de gran tamaño, el trabajo de la Inspección provincial se especializa en dos jefaturas de unidad: Seguridad Social y prevención de riesgos laborales. Algo que no ocurre en territorios más pequeños donde los inspectores resuelven los casos independientemente de la materia.
Cuando el inspector detecta una infracción, eleva una propuesta de sanción (leve, grave o muy grave en función de los hechos constatados por el funcionario) a la autoridad laboral de la comunidad autónoma o del Estado, dependiendo de quien tenga la competencia, y es esta figura quién toma la decisión final.
“La resolución es técnica, no política, por lo que es poco habitual que las autoridades laborales no confirmen la propuesta de sanción del inspector”, afirma Ana Ercoreca, inspectora y presidenta del Sindicato de Inspectores de Trabajo (SITSS). De hecho, según explica la inspectora “los hechos constatados por los funcionarios de la Inspección tienen presunción de certeza, es decir que los sucesos consignados en un acta de la Inspección de Trabajo se presumen válidos salvo que se aporte prueba de lo contrario”.
¿Quién puede denunciar un fraude a la Inspección de Trabajo?
Cualquier ciudadano puede dar cuenta a este organismo, mediante denuncia formal (de manera presencial, telemática o por vía postal) o a través del buzón de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, sobre el conocimiento de irregularidades que se estén produciendo en el ámbito laboral de una empresa. Las denuncias presentadas de manera formal requieren identificación mientras que las enviadas a través del buzón son anónimas.
El organismo público también actúa a través de órdenes de servicio derivadas de planes estatales o programas de inspección, a petición razonada de otros órganos o por propia iniciativa conforme a criterios regulados por la Ley 23/2015.
¿Cómo se realizan las inspecciones?
La Inspección de Trabajo actúa mediante la visita al centro de trabajo y puede hacerlo sin necesidad de aviso previo. Los inspectores y subinspectores están autorizados para entrar libremente en cualquier momento, requerir información, exigir comparecencias de empresarios o trabajadores y adoptar las medidas cautelares que consideren oportunas.
La Inspección de Trabajo también puede poner en conocimiento al Ministerio Fiscal sobre la irregularidad para que abra diligencias penales contra la empresa. “En todo caso, lo más habitual es que se imponga una sanción económica o que perciba una situación de riesgo inminente y se dé la orden de paralizar la actividad productiva”, explica Jesús Cruz, catedrático de Derecho del Trabajo, a Newtral.es.
¿Cómo ha cambiado la actuación de la Inspección a lo largo del tiempo?
Según el catedrático, en sus inicios el organismo solo actuaba a partir de denuncias ajenas, no por iniciativa propia. “Con el paso del tiempo ha ido creciendo la labor de los inspectores a partir de sus propias programaciones diseñadas por el Ministerio de Trabajo”. Esto es: cada vez se organizan más campañas específicas contra el trabajo temporal, para asesorar a trabajadores discapacitados, a embarazadas, campañas de prevención, entre otras.
Cruz razona la importancia de esta evolución: “La mayoría de las denuncias las interponían los sindicatos por lo que las empresas más pequeñas sin presencia de organizaciones de trabajadores quedaban fuera del ámbito de actuación de la Inspección”. Que las acciones programadas por la propia ITSS sean cada vez más numerosas ha permitido ampliar el foco de atención.
Además, con la reforma laboral, la sanción y la infracción se individualizan y si una empresa incurre en una contratación temporal fraudulenta con miles de trabajadores, la infracción y la sanción será, a partir de ahora, individual y hasta un máximo de 10.000 euros por cada uno de los trabajadores que se vea afectado.
“Antes de la reforma, un incumplimiento que afectase a varios trabajadores suponía para la Inspección imponer solo una sanción, ahora el número de multas impuestas se corresponde con el número de trabajadores con contratos fraudulentos. Antes el coste de la infracción compensaba al empresario que incumplía, ahora ya no”, concluye Cruz.