El diseño de la reforma fiscal de José Luis Escrivá comienza su fase final a partir de este año 2025.
Nos mienten incluso en el nombre pues hablan de «reforma de las pensiones” para no decir «subida de impuestos”. Cuando Escrivá diseñó su subida de impuestos resolvió un dilema que parecía irresoluble: los tributos hay que subirlos, a ser posible sin que el contribuyente se dé cuenta y además de una vez, para concentrar las malas noticias.
En un sistema de pensiones contributivo como es el nuestro, las cotizaciones sociales no han de verse como un impuesto sino como un componente diferido del salario que se percibirá tras la jubilación en forma de pensión. Esto, sin embargo, deja de ser el caso en el momento en el que un aumento de la base de cotización no se traduce ya en una mayor pensión por haberse alcanzado el tope máximo de esta última y cuando hay “cotizaciones” que no afectan a la futura pensión. Así, ahora, la tendencia a largo plazo es clara: cotizamos más sin generar más derechos. Es la conocida como «reforma silenciosa» o «reforma oculta» y que consiste en ir erosionando la contributividad del sistema, porque cotizar deja de estar premiado (o lo está menos). Además, se produce un cierto agravio comparativo frente a aquellas personas que no han cotizado y ven que las pensiones mínimas y las no contributivas se revalorizan incluso por encima de la revalorización de las pensiones contributivas.
En 2025 comenzará a aplicarse la nueva «cuota de solidaridad» (un simple impuesto que se esconde tras este nombre tan políticamente correcto) que no genera aumento de la pensión. Es un porcentaje aparentemente pequeño repartido entre empresa y trabajador.
Así, el recargo extra sobre los salarios que superen la base máxima de cotización (4.909,5 euros mensuales) será progresivo desde 2025 hasta 2045. En 2025 se aplican las siguiente cuotas solidarias en función de tres tramos de rendimientos: 0,92% si el salario supera la base máxima (58.914 euros anuales) en un 10%, 1% si es entre un 10% y un 50% mayor o 1,17% si es un 50% superior. El 83,4% irá a cargo de la empresa y cerca del 16,6% correrá a cargo del trabajador. En 20 años se alcanzará el tipo definitivo, que será de entre el 5,50% y el 7%.
En definitiva, el diseño final de esta cuota de solidaridad tiene tres tramos:
(1) Para los que tengan un salario del 100 al 110% de la base máxima, la cuota de solidaridad comenzará siendo del 0,92% (de ese 10% extra no sujeto a cotización) y alcanzará el 5,5% en 2045.
(2) Los que ganan entre el 110 y el 150% de la base máxima verán cómo la cuota comienza siendo del 1% (en ese tramo) y va aumentando hasta el 6% dentro de dos décadas.
(3) Los que ganan por encima del ese nivel, tendrán una cuota de solidaridad que irá del 1,17% en 2025 y sube hasta el 7% en 2045.
En 2025, subirá también el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), otro nuevo impuesto (tampoco es una cotización, porque no da derecho a nada) incluido también en la reforma fiscal de Escrivá para aumentar el Fondo de Reservas de la Seguridad Social, con el objetivo de fortalecer el sistema de pensiones.y que se aplica a todos los salarios (altos y bajos). Comenzó siendo un 0,6% del sueldo, ya va por el 0,8% y alcanzará el 1,2% en 2029. Dicen que se mantendrá ahí a partir de 2030; algo sobre lo que es razonable mostrarse escéptico viendo los números del sistema. Lo cierto es que puedes engañar a algunos todo el tiempo, o a todos un rato, pero no puedes engañar a todos para siempre y por muchas presentaciones que se haga del bulo de la hucha de las pensiones (la trampa contable más disparatada que nuestros políticos nos han tratado de colar), que alimenta el MEI.
En 2023 el porcentaje del MEI se fijó en el 0,60% y sube a razón de un 0,10% cada año hasta 2029, para mantenerse en el porcentaje resultante desde 2030 a 2050. Así, en 2025 el MEI se establece en el 0,8%, con una distribución del 0,67% a cargo del empresario y del 0,13% del trabajador.
La pensión máxima versus la cotización máxima. En 2025, la pensión máxima subirá un 2,9%, mientras que la base máxima de cotización lo hará un 4%. Es decir, buena parte del extra que le cobren a los salarios altos en forma de incremento de la cotización no generará derechos a futuro. Por eso, los 1,1 puntos de diferencia no son una cotización, sino el tercer impuesto de esta reforma fiscal que nunca nos explican a cuánto asciende.
Con la última reforma de pensiones, la de 2023, se introdujo el destope de las bases máximas de cotización -acompañado de un aumento de la pensión máxima diez veces inferior-. En el caso de las bases máximas, al IPC se le sumará una cuantía fija de 1,2 puntos cada año del periodo 2024-2050. Esto supone que, para 2025, la base máxima de cotización subirá un 4% (el 2,8% del IPC promedio más un 1,2% adicional), para situarse en 4.909,5 euros brutos mensuales (58.914 euros).
Al tiempo que aumenta la base máxima de cotización, la pensión máxima se incrementa en 2025 con el IPC más un 0,115 puntos porcentuales adicionales, según determinó dicha reforma. De este modo, con la revalorización del 2,8% del IPC más ese porcentaje adicional, la pensión máxima se situará en 2025 en 3.267,60 euros mensuales por 14 pagas, frente a los 3.075,04 euros de este año.
Es cierto que todo esto tiene una parte engañosa: la de esa lentísima cocción tributaria a la que nos someten pues los porcentajes aplicados no son en principio muy exagerados, pero se van incrementando un poquito (aparentemente muy poco) cada año. Aunque las cuentas de la Seguridad Social no encajan ni a martillazos nadie va a montar una manifestación por el 0,25% que subirá cada año la Cuota de Solidaridad, o por el 0,1% del MEI. Este año, estos impuestos ocultos es un triple: 0,92% – 0,8% – 1,1%, a lo que hay que sumar el IRPF: 30-32% de tipo medio y 47-50% de marginal; y la cotización convencional de otro 25% del coste laboral real