Hay que precisar que no existe tratado o legislación internacional que defina concretamente los trabajos “penosos”. Se suele entender que hablamos de trabajos duros, con exposición a diferentes y serios riesgos laborales. Son actividades laborales en las que existe una alta tasa de siniestralidad. Pueden ser trabajos en los que se está expuesto a agentes físicos, químicos o biológicos nocivos y tóxicos.
Pese a los cambios conocidos en las estructuras productivas y la organización del trabajo, continúan existiendo empleos y actividades laborales de naturaleza penosa, toxica, peligrosa e insalubre. El carácter de los trabajos y las tareas laborales cambian permanentemente y nos enfrentamos a viejos y nuevos problemas.
Parece que es evidente que si se trabaja durante años bajo unas condiciones laborales penosas es muy probable que se sufran accidentes laborales se desarrollen enfermedades profesionales.
No obstante el principal criterio es abordar este tipo de actividades minorando esa “penosidad” mediante la aplicación de los principios de Prevención de riesgos laborales pero no incluyéndolas en el grupo de trabajos cuyos trabajadores pueden beneficiarse de la bonificación en la edad ordinaria de jubilación.
Ver: JUBILACIÓN BONIFICADA EN LA EDAD PARA COLECTIVOS ESPECIALES
En base al acuerdo Gobierno-agentes sociales se aplican los criterios para la aplicación del procedimiento de jubilación anticipada por trabajos penosos a todas las actividades que se encuentran en lista de espera. Se modifica el artículo Artículo 206. “Jubilación anticipada por razón de la actividad” de la LGSS.:
SANITARIOS: TRABAJOS NOCTURNOS ,A TURNOS Y GUARDIAS
Los médicos y enfermeros son los profesionales sanitarios con un mayor número de horas trabajadas por las noches dentro del Sistema Nacional de Salud (SNS). Tanto es así que la media total de horas nocturnas trabajadas por un enfermero en toda su vida laboral es de cerca de 40.000 en el conjunto del Estado, teniendo en cuenta que muchos de estos profesionales solo trabajan de noche y que los ciclos nocturnos varían según la CCAA.
Por ello, el colectivo viene reclamando desde hace mucho tiempo la aprobación de una norma que
permita acceder a las enfermeras y enfermeros a la jubilación anticipada de manera voluntaria, ya que consideran que sufren a lo largo de su trayectoria profesional unas condiciones laborales que catalogan de “especialmente duras y penosas”, más allá de la nocturnidad.
Se estima que los médicos realizan alrededor de 11.000 horas nocturnas. Una “elevada” cifra que equivaldría a unos seis años y medio de horas nocturnas en jornada ordinaria y que les impulsa a defender que, al llegar a los 60 años, estos profesionales sanitarios puedan solicitar una jubilación anticipada sin merma económica importante.
Ambos colectivos, tanto el de médicos como el de enfermeras, coinciden en el ‘desgaste’ que genera el trabajo nocturno y las consecuencias negativas que conlleva. “Tener que realizar su trabajo en horario variable de manera continuada impide al organismo adquirir rutinas de sueño, alimentación y descanso que, según multitud de estudios científicos, afectan a la salud de estos profesionales y su bienestar psicosocial”, explican desde el Sindicato de Enfermería.
De hecho, numerosos organismos se han pronunciado acerca de la ‘tóxica’ relación entre trabajo y nocturnidad. La Organización Mundial de la Salud (OMS) considera desde hace años el trabajo por turnos que altera el ritmo circadiano como un probable carcinógeno, mientras que la Organización internacional del Trabajo (OIT) sostiene que la personas que tienen turno nocturno pierden cinco años de vida por cada 15 años de trabajo en turno de noche.
Otro estudio publicado por la prestigiosa revista American Journal of Preventive Medicine concluye también que existe una mayor mortalidad asociada al turno de noche, de hecho, las mujeres que trabajan en turno de noche presentan un riesgo de muerte de un 11 por ciento más.
Turnos cambiantes, rotaciones, guardias, trabajo nocturno, esfuerzo físico y mental… Por todo ello, Enfermería considera “absolutamente imprescindible” que el Gobierno tenga en cuenta la “especial penosidad y peligrosidad” del trabajo de las enfermeras y enfermeros y, al igual que ya ha hecho con otros colectivos profesionales, aplique un coeficiente reductor de la edad de jubilación para estos profesionales sanitarios, en virtud de la Ley General de la Seguridad Social.
Por otra parte los profesionales sanitarios como los de Medicina o Enfermería, vienen denunciando la precariedad que padecen en sus puestos de trabajo debido no solo al progresivo envejecimiento de las plantillas, sino también a la extensión de los turnos. Por eso abogan por reducir las jornadas a tres o cuatro días semanales, así como por limitar sensiblemente las guardias presenciales.