El derecho a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres supone la equiparación en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de las obligaciones de tal forma que existan las condiciones necesarias para que su igualdad sea efectiva en el empleo y la ocupación.
Para lograr tales objetivos se ha dictado este Real Decreto Ley, que viene a modificar estas normas:
– Ley Orgánica 3/2007 (LA LEY 2543/2007) para la igualdad efectiva de mujeres y hombre
– RDLeg 2/2015 (LA LEY 16117/2015), Estatuto de los Trabajadores (LA LEY 16117/2015)
– RDLeg 5/2015 (LA LEY 16526/2015), Estauto Básico del Empleado Público
– RDLeg 8/2015 (LA LEY 16531/2015), Ley General de la Seguridad Social
– Ley 2/2008 (LA LEY 19472/2008), de Presupuestos Generales del Estado 2009
– RDLeg. 5/2000 (LA LEY 2611/2000), sobre Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social
– Ley 20/2007 (LA LEY 7567/2007), del Estatuto de Trabajo Autónomo.
Son muchas las disposiciones afectadas, por lo que para su mejor análisis y comprensión, les ofrecemos una práctica tabla comparativa