A “vuela pluma” y en espera de la publicación del nuevo RDL con medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, resumimos telegráficamente:
– Se recomienda la práctica de teletrabajo hasta pasados dos meses del estado de alarma y se darán ayudas para la financiación de su implementación. Ajuste de jornada. Se prevé prorrogar también dos meses la adaptación del horario y la reducción de la jornada para el cuidado de hijos o mayores.
-. Nueva prestación de desempleo excepcional para las personas despedidas en pleno periodo de prueba y para los ceses voluntarios por tener otra oferta laboral no ejecutada, que hubieran resuelto su contrato anterior a partir del día 1 de marzo.
-. Los trabajadores que tienen un contrato fijo-discontinuo, por ejemplo, muchos empleos asociados a las actividades de temporada que empiezan en esta época y que trabajan tan solo unos meses del año. Estos trabajadores tendrán una prestación de 90 días independientemente de que hubiesen consumido su desempleo o de que hubiesen cotizado.
-. ERTE por Fuerza Mayor (FM) parcial. Podrán hacerlo las empresas de actividades esenciales para acoger al personal no esencial, algo que ahora no se permite. Sólo los ERTEs de ciertos sectores, como el turístico y restauración, podrán prorrogarse como de Fuerza Mayor (FM) al final del estado de alarma, el resto pasarán, en su caso, a ERTEs por causas ETOP (económicas, técnicas, organizativas o de producción) en el plazo de 1 mes.
-. Retraso en los impuestos. Se amplía hasta el 30 de mayo el plazo de los procedimientos tributarios, que previamente había prorrogado hasta el 30 de abril, para aquellas empresas y autónomos que tengan deudas tributarias si han pedido una línea ICO para poder afrontar estos importes pendientes con el Fisco, siendo la cuantía solicitada a crédito igual o superior a estas y en estos casos, no procederá a iniciarse el periodo ejecutivo para el cobro de dichas deudas. Se suspende el pago de IRPF, IVA y Sociedades en abril para pasarlo a mayo a las empresas que facturen hasta 600.000 euros.
-. Los autónomos podrán renunciar a tributar por módulos para hacerlo por estimación directa. En el sistema de estimación objetiva, también llamado régimen de módulos, al que están acogidos unos 250.000 autónomos, el trabajador paga la misma cantidad todos los trimestres en IRPF e IVA facture o no. Aliviará a bares, comercios, taxistas, centros de estética… No se computarán como días naturales de actividad aquellos en los que se haya declarado el estado de alarma en dicho trimestre tanto para el pago fraccionado de IRPF como en el pago trimestral simplificado del IVA.
EN “ESTUDIO” para su posterior aplicación
-. Medidas específicas para el turismo y la hostelería
-. El Ingreso Mínimo Vital (IMV)
1 comentario en «RUEDA DE PRENSA CONSEJO DE MINISTROS 21 DE ABRIL»
Nota de prensa oficial: https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/documents/2020/refc20200421.pdf