Son muchos los ciudadanos que residen en una ciudad mientras mantiene el padrón en su municipio de origen desconocen que pueden recibir una sanción por parte del ayuntamiento.
Es posible que muchas personas en España no estén demasiado familiarizadas con el empadronamiento, aunque se trata de un acto legal al que hay que prestar mucha atención. De hecho, es importante destacar que es obligatorio estar empadronado en el municipio en el que se reside, tal y como se encuentra recogido en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La legislación que recoge la obligación de un ciudadano de estar empadronado en el municipio en el que reside no es nueva, ya que así se encuentra recogido en el artículo 63 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
En este aparece claramente que «todo español o extranjero que viva en territorio español deberá estar empadronado en el municipio en que resida habitualmente». Esta es una normativa que tiene importantes implicaciones para los ciudadanos y las propias administraciones locales.
La importancia del Padrón radica en que se trata de un registro administrativo que recoge los vecinos residentes en un municipio. La ley establece que toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. Dado el caso de que se resida en varios municipios, habrá que inscribirse en el que se habite durante más tiempo a lo largo del año.
Esta es una información fundamental, ya que permite realizar diferentes gestiones, como el acceso a servicios de educación pública, atención primaria de salud o ayudas sociales. Asimismo, es un requisito indispensable para poder ejercer el derecho a voto en las elecciones municipales.
Los datos que figuran en este registro se usan para calcular la población de un municipio, lo que al mismo tiempo tiene influencia en la forma en la que se distribuye la representación política y los recursos. También es necesario en el caso de que sea necesario solicitar algún tipo de ayuda o servicio público.
Así pues, si se reside en un municipio, pero se está empadronado en otro, se estará incurriendo en un incumplimiento de la normativa vigente, cuya sanción económica puede llegar a alcanzar los 150 euros. No obstante, el importe exacto final dependerá del municipio.
¿Cuál es la multa por falsedad en el empadronamiento?
Dentro de las sanciones por infracción de las ordenanzas municipales se encuentra recogida la multa por “falsedad u omisión de datos en el empadronamiento”. Esta falta, que se encuentra recogida en el artículo 59 del Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, indica que el importe de las multas no podrá exceder unas determinadas cantidades que dependen del número de habitantes.
Es en el caso de municipios de más de 500.000 habitantes en los que se puede ser sancionado con una multa de 150 euros por estar empadronado en un municipio y vivir en otro. A pesar de que se trata de una normativa antigua, aún sigue vigente en la actualidad, por lo que es conveniente estar empadronado en el lugar en el que se reside.
Se trata de un trámite sencillo que se puede realizar de manera presencial en el ayuntamiento del municipio de residencia. En muchos de los casos tendrá que ser realizado a través de la sede electrónica, necesitando para ello el DNI/NIE, justificante de domicilio (escritura de la vivienda, contrato de alquiler…), y en algunos casos, se necesitarán otros documentos adicionales.