Nuevo criterio del INSS: los contagios de coronavirus del personal no sanitario de centros sociosanitarios ya no son accidente de trabajo

Este nuevo criterio interpretativo del INSS (18/11/2020) excluye de la consideración como accidente de trabajo swk pwesonal no sanitario contafiado por el Covid a los siguientes colectivos: en primer lugar los casos “que no guarden vinculación con el contagio del COVID-19”; en segundo lugar, “no se consideran derivadas de accidente de trabajo las prestaciones del sistema de la Seguridad Social causadas por el personal que trabajando en centros sanitarios o socio-sanitarios desempeñe otras funciones distintas de la prestación de servicios sanitarios y socio-sanitarios (a título de ejemplo se puede mencionar: el personal administrativo, el personal de limpieza, celadores, etc.)”; y, finalmente, tampoco se consideran derivadas de accidente de trabajo las prestaciones del sistema de la Seguridad Social causadas por el personal que presta servicios sanitarios o socio-sanitarios “exclusivamente fuera de dichos centros sanitarios o socio-sanitarios”.

Junto estos colectivos este criterio interpretativo considera que no serán considerados como accidentes de trabajo los contagios por Covid-19 que se produzcan por todo el personal no sanitario que trabaja, por ejemplo, en centros de día para mayores, o en centros para discapacitados intelectuales, con enfermedades mentales o drogodependientes. O también otro tipo de centros como, los trabajadores de los comercios al por menor de productos farmacéuticos en establecimientos especializados.

El sindicato CSIF critica que se excluya  también a otros profesionales que prestan servicios sanitarios y socio-sanitarios en otros ámbitos,como en los centros de menores,instituciones penitenciarias, servicios de prevención, ambulancias, etc. y que también están expuestos a diario al virus por sus obligaciones laborales.

Por ello el CSIF solicita a Escrivá que “se reconozca la contingencia profesional por contagio de COVID y sus correspondientes recaídas para todos los contagiadoscon carácter retroactivo desde el 11 de marzo, cuando la Organización Mundial de la Salud declaró de la pandemia internacional”.Asimismo, reclaman que se reconozca la contingencia profesional por contagio de COVID y sus correspondientes recaídas, por una revisión de oficio y no a instancias del interesado,como hasta ahora.

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