Nuevas situaciones que darán acceso a prestación de desempleo (RDL 15/2020)

Trbajadores que hayan sido cesados en periodo de prueba por decisión de la empresa con posterioridad al 9 de marzo de 2020

El artículo 22 regula la situación legal de desempleo por extinción de la relación laboral en el período de prueba producida durante la vigencia del estado de alarma.

Con el fin de seguir protegiendo y dando cobertura a personas que en el contexto actual no tengan acceso a la protección por desempleo, se amplía la cobertura de la prestación a los trabajadores cuyos contratos hayan sido extinguidos durante el periodo de prueba de un nuevo trabajo desde el 9 de marzo, con independencia de la causa por la que se hubiera extinguido la relación laboral anterior, así como a aquellos que lo hayan extinguido voluntariamente desde el 1 de marzo por tener una oferta laboral en firme que haya decaído.

En este último caso, la situación legal de desempleo se acreditará mediante comunicación escrita por parte de la empresa a la persona trabajadora desistiendo de la suscripción del contrato laboral comprometido como consecuencia de la crisis derivada del COVID 19.


Trabajadores que hubieran cesado voluntariamente a partir del 1 de marzo de 2020, por tener un compromiso firme de contratación con otra empresa, si ésta hubiera desistido del mismo como consecuencia de la crisis derivada del COVIDー19

Asimismo, se encontrarán en situación legal de desempleo y en situación asimilada al alta, los trabajadores que se fueran voluntariamente de una empresa para entrar a trabajar a otra.

Se aplica esto a los trabajadores que (a partir de 1 de marzo de 2020), tuvieran un compromiso firme de contratación por parte de una nueva empresa y la nueva empresa hubiera desistido finalmente de la contratación como consecuencia de la crisis derivada del Covid-19.

¡Importante!: La situación legal de desempleo se acreditará mediante comunicación escrita por parte de la empresa a la persona trabajadora desistiendo de la suscripción del contrato laboral comprometido como consecuencia de la crisis derivada del COVID 19.

¿Cómo debes solicitar la prestación?
A través de uno de los mecanismos disponibles durante COVIDー19: Vía telefónica, Sede Electrónica, Cita Previa Online y formulario pre-solicitud

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