¡¡¡ MENOS OCURRENCIAS INFANTILES EN TEMAS DE “MAYORES” ¡¡¡

Hay que reconocer el voluntarismo y la ignorancia suelen ir unidos. Hemos pasado del socialismo constitucionalista al esperpento ideológico surgido del Pacto del Tinell y por el camino, se han impuesto los políticos profesionales surgidos de las organizaciones juveniles nutridas con antiguos jóvenes con una carrera de honores basada en los cargos alcanzados a dedo pero sin tener ninguna experiencia en el mundo empresarial o académico. Cuando se pierde el poder, el partido actúa como agencia de colocación con la designación en las listas por el aparato del partido que se nutren así de antiguos “jóvenes airados” que lamentablemente no han podido madurar en el mundo “real”.

 

Algunos de estos “antiguos jóvenes” han decidido ahora que la solución mágica es reformar la Constitución para ir a un modelo federal que permita encajar la situación territorial de España y están convencidos de que la palabra federalismo es la piedra filosofal que resuelve todos los problemas y que si la repiten con insistencia conseguirán la conversión de nacionalistas e independentistas.

 

 

Pero es una simple e inútil “huida hacia adelante” pues no se sabe cómo piensan reformar la Constitución pues el art. 167 de la propia Constitución (“De la reforma de la Constitución”) indica que:

 

  1. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado.
  2. De no lograrse la aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso, por mayoría de dos tercios, podrá aprobar la reforma.
  3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.

 

En definitiva, las reformas constitucionales exigen unas mayorías (del Congreso y del Senado) mucho más exigentes que una “simple mayoría simple” que requiere el nombramiento de un Presidente del Gobierno y que no es en realidad tan “simple” de conseguir, a menos, en esta época convulsa.

 

Marco Tulio Cicerón escribió en el 55 a. C. en la primera Catilinaria:

Quousque tandem abutere, Catilina, patientia nostra?

[¿Hasta cuándo, Catilina, abusarás de nuestra paciencia?]

Ese mismo discurso contuvo una conocida sentencia del orador:

O tempora, o mores!

[¡Oh tiempos, oh costumbres!].

 

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