LOS 5 BENEFICIOS FISCALES POR TENER MÁS DE 65 AÑOS (SE ESTÉ O NO JUBILADO)

Reducciones de tributo en las rentas vitalicias, exención de impuestos tras la venta de una vivienda o eliminación del Impuesto de Donaciones son algunas de ellas

 

 

Está a punto de terminar el año, por lo que cada vez hay menos de tiempo de realizar maniobras que permitan rebajar la factura fiscal de cara a la declaración de la renta.  Cuando pasas de los 65 años tienes una serie de beneficios fiscales que debes conocer A continuación, explicamos una serie de consejos para que si eres mayor de esta edad puedas pagar menos impuestos:

 

VENDER UN PATRIMONIO

Todas las personas mayores de 65 años quedan exentas de las ganancias que genere la venta de cualquier elemento patrimonial. No obstante, hay que diferenciar entre venta de vivienda habitual y la venta de otros bienes.

 

Se entiende como “vivienda habitual cualquier vivienda que el que la persona haya vivido de forma continua durante mínimo tres años. En la venta de un hogar, las personas mayores de 65 años quedan exentos de tributar la plusvalía. Si la vivienda también es de su cónyuge y este no ha llegado a dicha edad, quizás les convenga esperar a que la cumpla para formalizar la transmisión y no tener que tributar por el 50% de la plusvalía

 

Si se es mayor de 65 años y esa persona hace una donación a un familiar directo, los donatarios pueden aplicar una reducción de hasta el 95% en el Impuesto sobre Donaciones, mientras que el donante no tributará en su IRPF si se produce aumento del valor de las participaciones donadas. En algunas Comunidades esta reducción puede llegar a ser incluso del 99%.

 

En cuanto a la venta de otros bienes, los requisitos para poder obtener beneficios fiscales son más complejos. En este caso, la persona debe constituir la renta vitalicia en un máximo de 6 meses desde la venta, tiene que fijar una duración inferior o igual a un año para la renta vitalicia y empezar a cobrarla durante en 12 meses y además tiene que evitar que el importe anual de las rentas disminuya en más de un 5% respecto al año anterior. También debe formalizar el acuerdo en un contrato con la entidad aseguradora, y por último, invertir los beneficios de la venta en una renta vitalicia asegurada

 

RENTAS VITALICIAS

Los ingresos por renta vitalicia tributan como rendimientos de capital y la repartición del IRPF varía según la edad del contribuyente. En el caso de las personas entre 60 y 65 años es del 24% en la renta, entre 66 a 69 años es del 20% y para mayores de 70 años es del 8%. Estos porcentajes se aplican según la edad del rentista en el momento de la constitución del producto. Por tanto, a quienes más les interesará contratar una renta vitalicia será a los que tengan más de 70 años.

 

EL MÍNIMO PARA TRIBUTAR ES MAYOR

Hacienda no obliga a los contribuyentes a tributar ciertas cantidades económicas que considera una renta mínimo vital, en el caso de la población menor de 65 años, la cantidad es de 5.500 anuales. En cambio, en el caso de los mayores de 65 años es de 6.700 euros; y de 8.100 para mayores de 75 años.

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