LAS 5 RAZONES DEL ÁMBITO LABORAL POR LAS QUE LOS GOBIERNOS DE PEDRO SÁNCHEZ NO SON DE FIAR

Más allá de sermones dogmáticos y populistas, entre las numerosísimas razones para desconfiar de los gobiernos “progresistas” y ciñéndonos a lo verdaderamente real, seleccionamos 5 cuestiones del ámbito laboral que caracterizan su gestión.

 

 

Hay formaciones políticas que tras abandonar la pelea por la definición del concepto de realidad, solo se conforman con generar ficciones alternativas para sus seguidores más incondicionales tratando de lograr ventaja a corto plazo en cada envite, y arriesgándose a que el hedor expulse a millones de ciudadanos del terreno político y electoral, con las funestas consecuencias que todos podemos imaginar a medio plazo.

 

Cuando ni siquiera misma idea de realidad se comparte, cuando esta es travestida en cada nuevo avatar político, cualquier disputa política o institucional deviene necesariamente en una pelea de sombras sobre el ring en la que es imposible que nada cambie realmente porque todos los golpes y defensas se producen en el vacío.

 

Vivimos tiempos oscuros, y vamos perdiendo esta batalla para propiciar los cambios estratégicos necesarios para que los malos no terminen ganando definitivamente esta batalla, una batalla cuyo primer elemento reside en la misma definición de la idea de realidad.

 

1.- EL DESEMPLEO, A PESAR DEL MAQUILLAJE, LIDERES DE EUROPA

Una seudo reforma laboral que no ha resuelto que España siga siendo líder de desempleo en Europa con una tasa del 11,8%, prácticamente en doble 6,4% de la UE De hecho, uno de cada cuatro desempleados de la zona euro residen en nuestro país (en concreto un 25,8%). Tras España, el segundo país con más desempleo es Grecia, con un   10,8%, seguido de Suecia, con un 8,4%. En el extremo opuesto, República Checa (2,7%), Polonia (3%) y Malta (3,1%). España lidera también la tasa de desempleo juvenil (menores de 25 años) con un 26,5% frente al 14,1% de la eurozona. En este caso, la proporción es de uno de cada cinco jóvenes en paro reside en nuestro país (un 20,9%). En tasa de desempleo juvenil nos sigue Grecia, con un 22,6% y Portugal con un 22,2%.

 

En cualquier caso los datos oficiales del SEPE no aclaran en absoluto en número de desempleados reales pues con la potenciación amparada en la reforma laboral del contrato fijo discontinuos los trabajadores no computan como desempleados aunque reciban prestaciones de desempleo: es decir son trabajadores que aunque hayan trabajado y probablemente vuelvan a trabajar en ese periodo ni trabajan, ni cobran un sueldo ni cotizan (a no ser que reciban la prestación contributiva de desempleo)

 

2.- SALARIOS DECRECIENTES.

Aunque desde la pandemia los salarios nominales han crecido un 26% Los salarios reales (contemplando la inflación) en España han caído un 2,5%. España se encuentra entre los países de la OCDE donde los salarios reales han caído más desde el inicio de la pandemia”. L mitad de los países de la OCDE, por ejemplo Portugal y Francia, han recuperado, e incluso superado, el valor real de los salarios anterior a la crisis sanitaria.

 

3.- LOS INTERINOS VITALICIOS

La justicia europea ha fallado de forma reiterada qu en España no se contempla de forma suficiente una sanción a la Administración por abusar de los interinos con contratos temporales que se alargan años. En España hay 3,5 millones de trabajadores públicos, de los que 1 millón son temporales llegando en algunos casos a un periodo de 40 años de interinidad. En 2021 se pretendió encauzar el problema considerando que se produce abuso de la contratación temporal si se exceden los 2 años y para remediar la situación debe sacarse a concurso la plaza en 2 años y ejecutar la oferta de empleo público en un máximo de 3 años, manteniendo mientras al interino en el puesto. La norma también contempla una compensación económica al personal temporal que no superen estos procesos de veinte días de sus retribuciones fijas por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de doce mensualidades. El TJUE considera que continua sin resolverse el problema e insta al Gobierno para modificar la ley de forma real evitando excusas dilatorias.

 

4.-PENSIONES. LA INFLACIÓN Y LA SUBIDA INVISIBLE DEL IRPF

A pesar de que la Ley 21/2021 retomó la vinculación de la revalorización de las pensiones al IPC del año anterior, pero si hay una alta inflación, el IRPF se calcula con las pensiones nominales y con las pensiones reales aunque el pensionista no tenga más renta en términos reales y, en consecuencia, no debería pagar más sino en la misma proporción. Esta distorsión se corrige deflactando. Al no hacerlo, Hacienda se queda con más proporción de lo que se le paga en la pensión. En escenarios inflacionistas, las subidas de ingresos del trabajo por motivo de la inflación con la tarifa progresiva de la Renta tienen un efecto pernicioso por hacer tributar más a alguien que tiene más renta nominal pero no real.

 

5.- PENSIONES. LA BOMBA DE RELOJERÍA DEL MEI

El exministro de la Seguridad Social, José Luis Escrivá, incorporó a la reforma de las pensiones un incremento paulatino de las pensiones, el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) con una cláusula de corrección que en caso de desviación del déficit se activaría una subida del MEI de forma automática. En concreto, obliga a poner en marcha una subida de las cotizaciones sociales o un recorte de las pensiones (o ambos) si se detecta que la norma ha horadado la sostenibilidad del sistema. Pero la redacción de la ley pone unos límites a los cálculos que el organismo encargado de realizarlos, la Autoridad Fiscal (AIRef), para valorar la norma y, en su caso, activar las medidas correctoras: los gastos se basarán en los números del Ageing report que básicamente elabora el Ministerio de Economía, y para los ingresos se tendrá que medir “el impacto anual medio de las medidas de ingresos aprobadas”. Esta es la trampa pues si los números ya estaban ajustados teniendo en cuenta todos los nuevos ingresos (el propio MEI, la cotización de solidaridad, la subida de las bases de cotización máximas,…), esta limitación establecida en la cláusula reduce drásticamente las posibilidades de evitar la activación y subirían automáticamente las cotizaciones sociales de forma progresiva cada año hasta neutralizar el exceso de gasto.

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