VIDEO CORTITO (4 minutos). JUBILACIÓN ANTICIPADA
Dirigido por Alberto Rodríguez de la Fuente.
Sinopsis: Servando se acaba de jubilar a los 61 años y parece que puede empezar a disfrutar de su tiempo libre…….¡¡¡Pero qué hijosdeputa: 1-0!!!
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Btss, he trabajado hace años como autónomo, desde 1996 hasta 2013, (6059 días) después de esa fecha he trabajado por cuenta ajena contratos parciales hasta la actualidad, según vida laboral a fecha del 14 de julio de 2023, 8089 días. En este momento con 54 años, ya me encuentro dentro de los últimos 15 años. Quisiera saber si cumplo requisitos para cobrar jubilación contributiva en su momento
Debes cumplir la carencia general: 15 años cotizados en total (5.474 días) en cualquier regimen de la SS, y también la carencia específica: haber cotizado al menos 2 años en los 15 años previos a la jubilación, pero la jurisprudencia española ha acuñado con el término «doctrina del paréntesis» la flexibilización, en determinados supuestos en que no se cotizó por causas ajenas a la voluntad del beneficiario, del acceso a la jubilación, de forma que, aquellos sujetos que accedan a la jubilación desde situaciones asimiladas al alta sin obligación de cotizar, también podrán cumplir con el período de carencia específico de 2 años dentro de los 15 años anteriores a la fecha en que cesó la obligación de cotizar, aunque no se correspondan con los 15 años anteriores al hecho causante. De esta manera, los trabajadores no ven mermada su pensión de jubilación por haberse visto forzados a interrumpir sus cotizaciones a la Seguridad Social.