La prórroga de los ERTEs por el coronavirus para adaptarlos a las etapas de la pandemia.

Hay se ha firmado (a bombo y platillo) el denominado «Acuerdo Social en Defensa del Empleo» rubricado por los Secretarios Generales de UGT y CCOO, los Presidentes de la CEOE y CEPYME, y el Presidente del Gobierno de España.

Está previsto que el Acuerdo se publique en el BOE de mañana 15 de mayo.

Muy escuetamente las medidas legisladas son:

  • Las empresas que no puedan reiniciar su actividad por causa de fuerza mayor podrán prorrogar los ERTE hasta el 30 de junio, manteniéndose la exoneración de cuotas de la Seguridad Social. Las empresas podrán ir reincorporando a las personas trabajadoras afectadas por el ERTE según sus necesidades.
  • Se mantiene el actual sistema de prestaciones especiales por desempleo por ERTE.
  • Se entenderá incumplida la «clausula de salvaguarda del empleo» (mantenimiento del empleo en 6 meses) si el despido se califica como improcedente, pero la cláusula no se aplicará a las empresas en riesgo de acreedores.
  • Las empresas que se acojan a los beneficios derivados de la prórroga de los ERTE por fuerza mayor no podrán repartir dividendos (no se aplicará a empresas con menos de 50 trabajadores).
  • No podrán acogerse a los ERTE las empresas y entidades que tengan su domicilio fiscal en países o territorios calificados como paraísos fiscales.

ENLACE AL BORRADOR DEL ACUERDO

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