La lucha del Gobierno contra el contrato temporal no llega a los ayuntamientos
Uno de los objetivos del Gobierno de coalición a su llegada a la Moncloa fue cambiar la pauta del mercado de trabajo español, marcado por una pronunciada temporalidad y estacionalidad, y que no terminaba de recuperarse de los estragos de la crisis financiera. Sin embargo, la precariedad no se reducía solo al sector privado, sino que la senda de recortes y el envejecimiento de las plantillas también había dado paso a esta problemática en el sector público. Por ello, antes incluso de aprobar la sonada Reforma Laboral, el Ejecutivo encabezado por Pedro Sánchez sacó adelante la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Aunque más de un año y medio después sus conquistas han sido reducidas, según trasladan los sindicatos mayoritarios del sector público a La Información.
Los datos arrojados por la última Encuesta de Población Activa (EPA) muestran que la temporalidad se ha situado en el 30,2% en las Administraciones Públicas, frente al 14,8% del sector privado, es decir, la duplica. Desde la Unión Sindical Obrera (USO) denuncian que los efectos del plan de estabilización, vinculado a la normativa aprobada en 2021 han sido mínimos, puesto que a finales de ese mismo año un 31% de la plantilla tenía un contrato temporal, mientras que en ejercicios anteriores el porcentaje era inferior al actual, 29,9% en 2020 y 27,8% en 2019. “Se ha cumplido muy poco, falta personal y hay disparidad de criterios en el territorio”, señala Luis Deleito, secretario general de la Federación de Atención a la Ciudadanía de USO en conversación con este diario.
El representante sindical explica que la precariedad está extendida en los diferentes niveles de la Administración, pero mientras la General del Estado (AGE) ha reducido la temporalidad hasta el 2,55% -tras un pequeño descenso de 0,51 puntos en el último periodo reflejado en el Registro-, la autonómica solo lo ha hecho en 0,83 puntos porcentuales resultando en un 34,1% de personal interino y eventual. En el ámbito local, en cambio, se sitúa en el 14,8%, sin embargo, los trabajadores han observado una tendencia preocupante, que al contrario que en los casos anteriores, la temporalidad aumenta en los puestos que desarrollan las competencias de los ayuntamientos. En la comparativa interanual se ha elevado en un 1,01 puntos.
En este nivel de Gobierno, el recurso a los contratos eventuales está generalizado, explica Deleito, en el 75% de ayuntamientos que tienen un tamaño reducido la oferta de funcionariado se reduce a ocupar las vacantes de policía local, cuerpo de bomberos o personal administrativo, mientras el resto de servicios como la limpieza, la recogida de basuras o el mantenimiento de las instalaciones deportivas se externalizan o se cubren con profesionales que cuentan con un contrato temporal. Para USO la mayoría de equipos de Gobierno han seguido la lógica de no convocar nuevas plazas de funcionariado para contraer el gasto público, lo que se traduce en un perjuicio de los servicios públicos que se prestan a los ciudadanos.
La ley de Estabilidad Presupuestaria y Estabilidad Financiera aprobada en 2012 establece que las corporaciones locales “deben mantener una posición de equilibrio o superávit presupuestario”, lo que ha llevado a los ayuntamientos de todo el territorio a realizar ajustes que no han reparado las bajas generadas por el envejecimiento de los equipos. Para Deleito, la situación en el medio plazo es apremiante por el importante volumen de funcionarios que pertenecen a la generación de los ‘babyboomers’ y se jubilará en los próximos años.
Los despidos de indefinidos durante el periodo de prueba aumentan un 600%
La implementación de la reforma laboral ha reducido el número de contratos temporales y en consecuencia, fomentado la contratación indefinida. Sin embargo, los datos publicados por la Seguridad Social muestran un efecto perverso de la introducción de estos cambios: las empresas recurren al despido durante los meses del periodo de prueba. Los últimos datos disponibles corresponden a noviembre de 2022 y muestran que desde inicios de año se efectuaron un total de 495.890 despidos de personas con un contrato indefinido durante el periodo de prueba. En cambio, en la misma etapa de 2021, entre enero y noviembre, tan solo se rompieron 67.347 relaciones contractuales de este tipo, si sumamos los acuerdos a tiempo completo, parcial y los fijos discontinuos.
Estos registros muestran un incremento del 600% en los despidos en periodo de prueba en el primer año de vigencia de la reforma laboral, o lo que es lo mismo, doce meses después el número de rescisiones de contratos de trabajo se ha multiplicado por siete. El Real Decreto Ley 32/2021 concedió a las empresas un plazo de tres meses -hasta marzo de 2022- para adaptarse a la nueva reforma que, en su búsqueda por reducir la temporalidad en el mercado de trabajo español, acabó con el contrato por obra y servicio, una de las modalidades más utilizadas en nuestro país. La normativa en vigor no ha eliminado por completo el contrato temporal, no obstante, sí que lo ha reducido a supuestos muy concretos.
Las empresas pueden realizar contratos de carácter eventual por circunstancias de la producción o para sustituir a otro trabajador por un periodo determinado. La primera vía responde a desajustes temporales que la compañía no hubiese anticipado y requieran de un refuerzo de las plantillas, o que, por el contrario, sí se hayan previsto, pero se trate de una situación ocasional con una duración “reducida y delimitada”, como podría ser un incremento de las ventas en la temporada de Navidad. Mientras que los acuerdos por sustitución pueden suplir la ausencia de un empleado o complementar una jornada reducida si se encuentra entre las causas recogidas en la ley.
Esta delimitación ha llevado a que las empresas vean en el periodo de prueba una vía para incorporar trabajadores por unos pocos meses tras la eliminación del contrato por obra y servicio. Durante esta etapa, cualquiera de las partes -el trabajador o la empresa- puede romper la relación laboral sin la necesidad de aportar una justificación o hacerlo con días de preaviso, ya que el único requisito es que la decisión se comunique por escrito. Además, el despido por no superar el periodo de prueba no da pie a obtener una indemnización por los servicios prestados, ni afecta a la empresa para beneficiarse de ayudas a la contratación.
Este plazo está regulado por los convenios colectivos de cada sector, aunque en su defecto, el Estatuto de los Trabajadores establece un periodo máximo de seis meses para los técnicos titulados y de dos o tres meses para el resto de profesionales, en función de las características de la empresa. Si bien la empresa no puede establecer un periodo de prueba para aquellos trabajadores que ya hayan estado vinculados a la firma para desarrollar las mismas funciones que se recogen en el nuevo contrato, independientemente de qué tipo de contrato tuviera entonces, según la jurisprudencia de Madrid, Cataluña y Valencia.
El Gobierno y el Ministerio de Trabajo y Economía Social, en concreto, ha celebrado el “cambio de paradigma” en el mercado de trabajo por el aumento de las contrataciones indefinidas. A final de noviembre de 2022, 12.041.846 personas contaban con un contrato indefinido en España, lo que supone un incremento del 23,65% respecto al mismo punto del año anterior -cuando no se había aprobado la Reforma Laboral-, que registró 9.738.390 relaciones laborales de este tipo. Sin embargo, estos logros se ven mermados por el crecimiento sin precedentes de los despidos durante el periodo de prueba, que ponen en duda el alcance de la reforma para reducir la temporalidad en nuestro país.
El 56% de los parados tiene más de 45 años
La contrarreforma laboral de 2022 se apunta otro fiasco: además de no acabar con la prevalencia de los contratos temporales, ni con el paro juvenil, los datos referidos a enero de este año muestran que el 56% de los casi tres millones de parados registrados son mayores de 45 años, frente al 54% de 2021 y el 48% de 2020, justo antes de la pandemia. Además los datos muestran que cuatro de cada cinco contratos firmados en enero son temporales, ya sea en su modalidad de indefinido temporal o fijos discontinuos.
A cierre de enero un total de 1.624.904 personas mayores de 45 años estaban en las listas del paro. En enero han firmado casi 100.000 contratos menos que en el mismo mes de 2022. Además, la cifra de contratos indefinidos firmados por este colectivo de la sociedad también cae en el primer mes del año. No es una situación puntual ya que a lo largo de 2022 ya se destruyó empleo entre los más mayores, lo que supone un grave problema ya que en muchos casos se trata de ciudadanos que están cerca de jubilarse y sufren un importante golpe en el cómputo de su pensión.
Además, los despidos durante el periodo de prueba se han disparado por la obligatoriedad que tienen ahora las empresas de hacer contratos indefinidos, y muchos ciudadanos tienen que acudir al pluriempleo, según demuestra el hecho de que en 2022 se firmaron más de siete millones de contratos y el paro sólo bajó en 268.000 personas.