Crece la factura de las bajas laborales: más de 2.000 millones en solo dos meses
En enero y febrero se han perdido 46 millones de jornadas laborales por enfermedades comunes y profesionales de los trabajadores
El número de afiliados a la Seguridad Social era el pasado 15 de mayo de 21.783.878, según los últimos datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Son 229.742 más que a finales del mes de abril. Elma Saiz, titular del departamento, asegura que “los datos de ocupados siguen demostrando el dinamismo y la buena salud del mercado de trabajo español”.

A pesar de la buena salud del mercado laboral, o quizás por todo lo contrario, el coste de las bajas laborales por enfermedad se ha disparado en los últimos años hasta alcanzar una nueva cifra récord en 2024: 14.637 millones de euros, un 3,85% más que en el año anterior, que también marcó máximo. Este coste habría que multiplicarlo al menos por dos, porque las empresas, en virtud de los convenios colectivos firmados con los representantes sindicales, siguen abonando el sueldo íntegro al trabajador a pesar de estar de baja médica.
Según las estadísticas de la Seguridad Social, en los dos primeros meses del año en curso, el coste total de la incapacidad temporal ha ascendido a 2.027 millones de euros. Aunque es pronto para hacer una extrapolación de cuánto dinero podría suponer en el conjunto del ejercicio, todo parece indicar que 2025 puede marcar un punto de inflexión en esta tendencia. Está estadísticamente demostrado que en épocas de bonanza económica, el número de bajas laborales es muy superior a de etapas de recesión. Los empresarios vinculan esta correlación con el miedo que los trabajadores tienen a perder su puesto de trabajo por ausentarse de él por enfermedades comunes.
En los meses de enero y febrero, últimos datos disponibles, se perdieron casi 46 millones de días de trabajo, lo que representó un coste por jornada no trabajada de 44,08 euros. La prevalencia, es decir, el número de trabajadores que están temporalmente incapacitados debido a una enfermedad durante un determinado periodo de tiempo, se situó en este periodo de tiempo en 44,15 trabajadores por cada mil y la duración media de los procesos, en cerca de 37 días.
El mes de febrero registró peores datos que el de enero, según el análisis pormenorizado de la Seguridad Social. La duración media de las bajas por enfermedad fue de 41 días, frente a los 33,5 días del mes de enero. El coste medio para el sistema público fue de 44,8 euros por día, mientras en el mes anterior se situó en 43,44. Por eso, el coste total fue de 980 millones de euros, frente a los 1.047 millones de enero, aún teniendo tres días menos de calendario.
Coste de las bajas para el erario público
Hay fuertes diferencias entre los datos de los trabajadores afiliados al régimen general de la Seguridad Social y de los trabajadores vinculados al régimen de trabajadores autónomos. El coste total para el sistema público en el primero de los casos fue de 46,47 euros por día, mientras en el caso de los trabajadores por cuenta propia fue de 32,14 euros. La prevalencia fue también inferior: 44,5 bajas por cada mil trabajadores en el régimen general, frente a 42,27 en el de los autónomos.
Las contingencias comunes se llevan el 88% del coste total para la Seguridad Social. A diferencia de las profesionales. las contingencias comunes son enfermedades o accidentes que no están directamente relacionados con la actividad laboral. Las más frecuentes están vinculadas a la gripe, las infecciones leves que provocan fiebre, las lumbalgias… También entran dentro de este capítulo las derivadas de la vida familiar del trabajador, como la baja por paternidad o maternidad. Sin embargo, las profesionales tienen una mayor duración media: casi 50 días por afectado, frente a 35,8 de las comunes.
Cataluña es la comunidad autónoma con más días perdidos por bajas laborales, con cerca de 8,5 millones y un coste para la Seguridad Social en los dos primeros meses del año de 393 millones de euros, seguida de Madrid, con 6,9 millones de días y un coste total de 333 millones de euros, y Andalucía, con 6,45 millones de días perdidos y 260 millones de coste.
La razón es que Cataluña tiene, según la última Encuesta de Población activa del INE, el mayor número de ocupados de España, con 3,85 millones, por delante de Madrid (3,51) y Andalucía (3,47). Sin embargo, por población, encabeza la lista Andalucía, con cerca de 8,5 millones de habitantes, por delante de Cataluña, con 7,76 millones, y Madrid, con 6,75 millones.
Incremento masivo de los absentismos en las empresas españolas y el Tribunal Supremo
Este fenómeno no solo es un problema disciplinario, también una cuestión estructural.
España se enfrenta actualmente a un gravísimo problema empresarial: el absentismo. Toda vez que me encuentro en Asturias desarrollándome profesionalmente, este artículo hará hincapié en dicho territorio norteño.
En este sentido, actualmente en Asturias se pueden fijar los porcentajes de absentismo entre el 10%- 20%, destacando dicha controversia laboral en sectores como el metal o los servicios asistenciales (residencias geriátricas).
Un fenómeno complejo, con múltiples causas y no siempre de fácil delimitación jurídica que genera un impacto económico considerable y, en muchas ocasiones, tensiones organizativas que afectan grave y directamente a la productividad y competitividad de las sociedades españolas.
En términos generales, el absentismo puede definirse como la ausencia del trabajador de su puesto de trabajo durante la jornada laboral, ya sea de forma justificada o injustificada. Esta definición engloba tanto las ausencias por incapacidad temporal (IT) como aquellas no justificadas (incomparecencias sin causa o sin justificar adecuadamente). A nivel jurídico, su tratamiento exige diferenciar claramente entre ambos supuestos, dada la distinta respuesta que permite el ordenamiento jurídico español a tal respecto.
Desde el punto de vista técnico, el absentismo laboral justificado y acreditado (por enfermedad común, accidente laboral, permisos retribuidos…), no es susceptible de sanción directa, salvo que, se esté, por ejemplo, simulando una baja laboral (véase, trabajador de baja por una hernia cuyo tratamiento es el reposo y se ve al empleado haciendo actividades en contra de lo recomendado por el médico, todo ello acreditado por un detective).
A tal respecto, la jurisprudencia del Tribunal Supremo ha venido admitiendo, en casos muy tasados, que cuando el hecho causante que motiva la baja sea fraudulento o simulado, puede derivar en un despido disciplinario por parte de la empresa, siempre que se acredite y, por ende, en un despido procedente.
Otro ejemplo de esta tipología de absentismos es la concatenación de faltas injustificadas al trabajo sin que medie justificación alguna para ello y que, los convenios colectivos y el Estatuto de los Trabajadores tipifican estas faltas como graves y muy graves y, por consiguiente, con la posibilidad de sancionar mediante despido.
También, se puede mencionar el supuesto de que el trabajador disfrute de todo el permiso retribuido cuando realmente le corresponda única y exclusivamente los días en los que efectivamente tenía razón para ello (véase, trabajador que pide permiso retribuido por cinco días cuando solo pautan 2 días de reposo a su mujer).
Así pues, entre otras, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Social), de 22 de Febrero de 2017, EDJ 2017/34483. La meritada resolución desestima el recurso interpuesto la trabajadora que declaró procedente el despido disciplinario. Se rechazan la excepción procesal de prescripción.
Por su parte, la Sala reitera el pronunciamiento del Juzgado de Primera Instancia (Juzgado de lo Social), valorando la gravedad de los incumplimientos, la desobediencia y la falta de diligencia en el desempeño de las funciones, que afectaron no solo a la organización del trabajo, sino también a los residentes y, a sus familiares.
Concluye la citada sentencia que la conducta de la trabajadora quebrantó la buena fe contractual, justificando así la pérdida de confianza que se existe para mantener una relación laboral.
La fundamentación jurídica de esta sentencia radica en los artículos 54.2.b) y d) del Estatuto de los Trabajadores, así como 60.2; preceptos 48.b)1, 48.c)2 y 48.c)5 del Convenio Colectivo de residencias privadas de la tercera edad de la Comunidad Autónoma de Galicia y la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo en sentencias de 31 de Enero de 2001 y 06 de Marzo de 2001.
Habida cuenta lo anterior, muchas empresas han optado por implantar sistemas de control digitales más estrictos que facilitan el seguimiento del absentismo, así como contar con un asesoramiento laboral especializado amén de tomar las medidas disciplinarias necesarias para contrarrestar tales situaciones.
Por su parte, la mejora del clima laboral, la gestión de riesgos psicosociales, la promoción de la salud laboral o el diseño de turnos más racionales son otras medidas de prevención que las mercantiles pueden tomar para paliar estas circunstancias.
Cabe recordar que las últimas reformas laborales no han introducido modificaciones sustanciales que protejan al empresario en esta materia, lo que supone una pérdida de control frente a estas situaciones que pueden provocar un verdadero caos.
Por ende, el absentismo laboral no puede entenderse únicamente como un problema disciplinario, sino como una cuestión estructural que exige una respuesta jurídica precisa, preventiva y equilibrada.
Y, particularmente en Asturias, en sectores como el del metal o el de las residencias geriátricas, este último en su máximo apogeo, urge una reflexión conjunta entre empresas, trabajadores, letrados y administraciones para reducir su impacto sin vulnerar derechos fundamentales.
Escrivá se rebate a sí mismo y convierte el absentismo en el gran problema del mercado laboral
El absentismo lleva muchos años entre las principales preocupaciones de las empresas españolas, aunque la cuestión se ha agravado en los últimos años, con un incremento exponencial de las ausencias, principalmente las ligadas a incapacidad temporal que, según muchos analistas limitaba la actividad de las empresas y la productividad, y con ello la recuperación efectiva del mercado laboral. Un análisis que veían avalada con los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) y los de Contabilidad Nacional. Sin embargo, el Ministerio de Inclusión y Seguridad Social ha rebajado esta alarma con un modelo que acuñó el anterior ministro José Luis Escrivá y que reduce a dos décimas este efecto. En este contexto la alerta lanzada por el supervisor sobre las bajas médicas no solo por el coste que suponen, sino por ser una de las causas de «tensionamiento» del mercado laboral, ha sorprendido por el giro en el análisis del nuevo gobernador, que no es otro que el propio Escrivá y ahora considera a estas ausencias uno de los grandes lastres para el empleo.
La idea de que existe una descompensación entre la creación de empleo y el crecimiento económico que se traduce en una merma de la productividad no es precisamente nueva, pero nunca se había ligado tan claramente al debate sobre el absentismo como hasta ahora. En gran parte, porque este término es bastante problemático: evoca a ausencias voluntarias e injustificadas, cuando la principal causa de las faltas al trabajo es un proceso de incapacidad temporal certificado por un profesional sanitario. Aun así, analistas privados como Adecco o Randstad, que publican sus propios índices de absentismo no consideran como tal a las ausencias por vacaciones o permisos, pero sí las causadas por una enfermedad.
¿Dónde está la línea para hablar de absentismo? No queda claro, pero el hecho es que más allá del término elegido, la incapacidad temporal es un problema cuyo coste para las empresas y las administraciones, según el Banco de España, se acerca al 1% del PIB. La cuestión no radica solo en las causas de los procesos, sino en su gestión, muy compleja y que con frecuencia se alarga por la saturación de los servicios sanitarios públicos. Las empresas quieren que las mutuas para tener más capacidad de control para agilizar los trámites y las revisiones, y a lo largo de los últimos años se ha avanzado lentamente en esta colaboración, no o con la suficiente velocidad para los empleadores, que han visto cómo los días no trabajados se disparan un 61% desde 2019, hasta los 76 millones, según los datos de la Seguridad Social.
El coste económico para las empresas es evidente. ¿Pero hasta qué punto estas ausencias son un problema que amenaza al mercado laboral y la productividad? Aquí los diagnósticos del Banco de España y la Seguridad Social difieren. En su Informe Anual para 2024 el supervisor afirma que «el aumento del porcentaje de personas ocupadas en situación de incapacidad temporal» es un «factor adicional» que ayuda a explicar las dificultades percibidas por las empresas para cubrir vacantes en un país con 2,6 millones de parados.
Lo achaca a causas como el «deterioro de la salud tras la pandemia», el envejecimiento de la población y el propio ciclo económico: afirma que la incidencia de la incapacidad transitoria «ha sido mayor durante los períodos de expansión».
Asimismo, incide en su impacto en el tibio comportamiento de las horas trabajadas, que crecieron un 1,2% interanual según la EPA. Según los registros de Contabilidad Nacional, el número de horas por ocupado disminuyó en 2024 por segundo año consecutivo, «prolongando la trayectoria descendente que esta variable mantiene desde la crisis financiera».
Más allá de factores de «índole estructural», como el mayor peso del sector servicios o repunte de la renta per cápita, para el Banco de España este descenso «reflejaría en parte el impacto de otros elementos de naturaleza más coyuntural». Aquí señala directamente la «elevada incidencia» de las bajas por incapacidad temporal.
Pero Este diagnóstico no recoge los datos de la Estadística Trimestral de Horas Cotizadas (ETHC) publicada por el Ministerio de Inclusión y Seguridad Social, aunque admite que muestra un «comportamiento más dinámico que las horas trabajadas según la Contabilidad Nacional».
Aunque lo hace para «facilitar la comparación internacional», la omisión es llamativa porque esta metodología fue diseñada por el actual gobernador del Banco de España, José Luis Escrivá, cuando ocupaba la mencionada cartera ministerial, con la idea de ofrecer un contrapeso a los decepcionantes datos del INE.
Más allá de la anécdota de la aparente ‘contradicción’ de Escrivá, el análisis de las discrepancias estadísticas arroja bastantes diferencias sobre la medición de las variables de las horas trabajadas según la metodología.
Si nos fijamos en la ETHC de Seguridad Social, las horas efectivas trabajadas en el cuarto trimestre de 2024 son un 11,8% superiores a las del último trimestre de 2019 como consecuencia del aumento tanto de cotizantes como del tiempo trabajado. El dato se alinea con las mediciones de la Encuesta Trimestral de Coste Laboral (ETCL), que arroja un 12,6%. Pero no con las de la Encuesta de Población Activa (EPA) del Instituto Nacional de Estadística (INE), que apunta a un avance del 6,1% y el 5,2%, respectivamente. ¿Quién lleva razón? Hay que ir a la fuente de las encuestas para conocer dónde se origina la brecha.
El reparto de las horas perdidas
En este contexto, las horas no trabajadas por IT recogidas por Seguridad Social se han disparado un 69%, pasando de un promedio de 253.229,9 millones al trimestre en 2019 a 413.411,7 millones, una evolución también coherente con la que arrojan los datos de la ECTCL. Suponen un 5,7% de las horas cotizadas, frente al 4% de 2019. Expresado en días, los mencionados 76 millones de jornadas al trimestre restan un 5,4% al total de las cotizadas, frente al 3,8% de 2019.
Los datos permiten hacer otro cálculo para revelar este impacto. Así, el total de horas cotizadas ha crecido un 14,1% desde 2019. Las horas en IT suponen una merma de 2 puntos porcentuales, mientras las horas en ERTE o en otras prestaciones (como paternidad, cuidado del menor, riesgo durante el embarazo o lactancia) restan otras dos décimas adicionales. El resultado es el mencionado incremento acumulado del 11,8% en las horas cotizadas.
Para expresarlo con mayor claridad, el departamento de Elma Saiz compara la evolución desde 2019 de las diferentes fuentes estadísticas como un índice de base 100, asignando este valor al tercer trimestre de 2019. Siguiendo esta ecuación, el índice se situó en el cuarto de 2024 en 111,8 puntos, lo que equivale a un incremento de las horas efectivas trabajadas del 11,8% respecto al nivel previo a la pandemia.
La estadística del Ministerio Inclusión, Seguridad Social y Migraciones es elaborada a partir de las horas cotizadas y de las relaciones laborales por cotizante informadas a la Seguridad Social (afiliación al Régimen General) y las pactadas por convenio. El cálculo de las horas efectivas trabajadas lo hace descontando de esas horas pactadas (incluyendo vacaciones y festivos) las horas de los trabajadores en situación de ERTE o incapacidad temporal, prestaciones (nacimiento y cuidado del menor…) y otras causas de ausencia.
Como decíamos, esta evolución está en línea con la de la Encuesta Trimestral de Coste Laboral (ETCL) que el INE hace a empresas seleccionadas (horas pactadas más las extraordinarias menos las no trabajadas por motivos como vacaciones o bajas), que muestra un incremento del 12,6% (o 112,6 puntos del índice) en las horas efectivas trabajadas respecto a 2019.
Sin embargo, los resultados están muy por encima de los de la Encuesta de Población Activa (EPA) a los hogares y de la Contabilidad Nacional (ambas también del INE), síntesis de todas las fuentes anteriores. El departamento que dirige Elma Saiz reconoce esta brecha y destaca, además, que se produce a partir del tercer trimestre de 2021, es decir, coincidiendo con la aprobación de la reforma laboral, ¿pero cómo se explica esta divergencia?
La cocina de Escrivá
La métrica de las horas trabajadas según Seguridad Sociales es un modelo acuñado a finales de 2023, cuando José Luis Escrivá aún era ministro e Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y los datos de la EPA y de Contabilidad Nacional arrojaban una debilidad en la recuperación de las horas de trabajo que lastraba la productividad de la economía. Su diseño pretende emular la fórmula utilizada por el INE, pero con unas fuentes diferentes (los registros de cotización).
A nadie se le escapa que con ello se obtienen unos datos mucho más halagüeños, si bien no dejan de ser válidos como un análisis alternativo de la evolución de la productividad. El problema es que los economistas, servicios de estudios y organismos nacionales e internaciones (incluyendo el Banco de España que ahora dirige Escrivá) se remiten a los datos del INE. Y estos muestran una evolución diferente de los datos.
Hay que tener en cuenta que la metodología es muy diferente entre las cuatro estadísticas. La Seguridad Social extrae sus datos de la afiliación al Régimen General (donde cotizan la mayoría de los asalariados pero no todos) mientras que la EPA es una mega encuesta a hogares (60.000), la ECTL a empresas seleccionadas y, en materia de empleo, la Contabilidad Nacional se presenta como una síntesis de todas las anteriores, también las de Seguridad Social. Cada una, con su propio tratamiento estadístico, aunque el origen de la divergencia parece estar en las diferencias entre la EPA y la ETHC.
La información recopilada por la EPA va por un camino muy diferente al de la Seguridad Social. La mega encuesta a los hogares pregunta a quienes previamente respondieron que tenían un empleo, si trabajaron en la semana de referencia y las horas de trabajo habituales y efectivas (incluye las extra) en esos días, es decir, muestra el número de asalariados que no han trabajado en la semana de referencia diferenciadas por motivos pero no recoge las horas semanales no trabajadas (ERTE, baja, vacaciones, permisos…), lo que perjudica la comparativa con las otras dos encuestas y distorsiona los resultados.
La del Ministerio calcula el empleo a partir de la ‘factura’ que cada puesto de trabajo supone a los empleadores (al igual que lo hace la ETCL). De hecho, la afiliación es un registro de relaciones laborales, no de número de personas físicas que trabajan. En cualquier caso, la información facilitada por el Ministerio de Inclusión no es demasiado completa como para profundizar en el tratamiento que da a los datos que publica el INE, en especial a los de la Encuesta Trimestral de Costes Laborales, a la hora de construir su comparativa.
Si nos ceñimos a los datos de afiliación, se puede intuir un impacto directo de la reforma laboral, que redujo sustancialmente el empleo temporal, y un mayor cambio -al alza- en las horas trabajadas, según la Seguridad Social, al reducir la volatilidad de afiliación. De igual manera, desde 2021 se ha producido un descenso en el empleo a tiempo parcial.








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