LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y LAS MEDIDAS LABORALES DE LA PANDEMIA

ERTEs

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social empezó el pasado mes de abril una campaña para destapar las posibles actuaciones fraudulentas que se pudieran cometer con los ERTEs. Desde entonces y hasta el pasado mes de diciembre, las actividades que se hubieran acogido a esta medida eran susceptibles de recibir una visita de la Inspección.

Se trata de una actuación inspectora que acabó el pasado mes de diciembre con más de 3.635 negocios sancionados y 16,5 millones de euros en multas recaudados. A pesar de que la sanción medida es de 4.550 euros se han llegado a producir multas pecuniarias de hasta  187.000 euros. En concreto de las 24.606 inspecciones que se realizaron entre abril y diciembre, 3.635 destaparon un uso fraudulento de los ERTE.

Esto puede ser, por ejemplo, porque los empleados afectados hubieran estado trabajando durante el tiempo que les correspondía haber estado en ERTE. El motivo más común por el que se sanciona a los negocios en ERTE es haber recuperado al empleado sin habérselo comunicado al SEPE. Y, por tanto, seguir beneficiándose de las exoneraciones a la Seguridad Social que ya no le correspondían.

Todas esto teniendo en cuenta que la campaña aún no ha finalizado pues los inspectores sólo han podido terminar 24.606 de los 33.440 expedientes abiertos durante estos siete meses. Esto quiere decir que aún faltan por resolver 8.834 investigaciones 

CESE DE ACTIVIDAD (AUTÓNOMOS)

Hay que tener en cuenta que, a lo largo de la pandemia, los autónomos pudieron acceder a un total de tres prestaciones diferentes por caída de ingresos en tres periodos distintos. En todas ellas, tan sólo se exigió rellenar una declaración responsable. Desde el pasado mes de septiembre, las gestorías ya empezaron a verificar si, realmente, los autónomos cumplían los requisitos para cobrar las ayudas que puso en marcha el Gobierno entre marzo y junio, y entre julio y septiembre.

La POECATA (la ayuda compatible con la actividad)aprobada en octubre, permitió al trabajador por cuenta propia acceder a la ayuda tan sólo con una declaración responsable pero con el compromiso de que, más adelante, tendría que demostrar ante su mutua que de verdad cumplía los requisitos para acceder a la prestación. O, de lo contrario, tendría que devolver todo lo percibido.

Hay que verificar que ,durante el cuarto trimestre de 2020, realmente los ingresos cayeron por encima de un 75% respecto al mismo trimestre de 2019 y, además, que los rendimientos netos no superaron  los 5.818,75 euros.  

Si no se cumplieran con los requisitos hay tres opciones: renunciar a la prestación antes de que termine; devolverla voluntariamente o hacerlo bajo requerimiento de su mutua. 

En el caso de que el autónomo hubiera solicitado la prestación en octubre, y la mutua constatara que no cumple con las condiciones, la entidad  le exigiría un mínimo de 2.600 euros -correspondientes a 661 euros al mes durante cuatro meses- por el 70% de la base mínima de cotización, junto con las exoneraciones de cuotas del mismo periodo de tiempo, que ascenderían a 1.150euros -una vez más, en el caso de que se cotice por la mínima-.

La devolucióndeberá hacerse de golpe y en un plazo de alrededor de 10 días. Las mutuas ya están revisando si los autónomos que cobraron el cese de actividad de marzo a junio o de junio a septiembre de 2020, cumplen los requisitos.  Por tanto, a día de hoy, ya se podría empezar a solicitar la devolución de dos prestaciones diferentes que se están comprobando : la primera -entre marzo y junio- y la segunda -entre julio y septiembre-. 

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