IMV: TITULARES, BENEFICIARIOS, UNIDAD DE CONVIVENCIA. ESQUEMA DE POSIBLES SITUACIONES PERSONALES

El RDL 20/2020 diferencia entre la condición de “beneficiario” y de “titular” que se basa en la diferenciación de entre quienes tienen derecho a la ayuda y quién es el responsable formal y el representante de la “unidad de convivencia” ante la Administración a efectos de tramitación y percepción.

BENEFICIARIOS Se indica en el artículo 4 que son beneficiarios: quienes formen parte de una unidad de convivencia, quienes vivan solos y tengan entre 23 y 65 años y quienes, con esos mismos límites de edad, vivan junto con otras personas sin integrar una unidad de convivencia entre sí en caso de haberse iniciado los trámites de separación o divorcio

En estos dos últimos casos es preciso que estas personas hayan vivido en forma independiente durante al menos 3 años, que hayan estado de alta en cualquier régimen de la Seguridad Social a lo largo de 12 meses (sean o no continuados) y que se acredite que su domicilio ha sido distinto al de sus progenitores, tutores o acogedores durante 3 años. No se precisará el cumplimiento de esos requisitos a las víctimas de violencia de género que hayan abandonado el hogar familiar o quienes estén en trámite de separación o divorcio.

Se excluyen de la condición de beneficiarias a las personas “usuarias de una prestación de servicio residencial, de carácter social, sanitario o sociosanitario, con carácter permanente y financiada con fondos públicos” (salvo víctimas de violencia de género, de explotación de seres humanos y explotación sexual), también se excluyen los casos en que la persona individual sea titular de un patrimonio valorado en una importe igual o superior a tres veces la cuantía correspondiente de renta garantizada por el ingreso mínimo vital (16.614 €), y por último también si la persona beneficiaria individual o algún miembro de la unidad de convivencia sea administrador de derecho de una sociedad mercantil, con independencia del patrimonio concurrente.

TITULARES El titular es quién formula la solicitud (aunque firmada por todos los beneficiarios mayores edad no incapacitados) y percibe el IMV en su propio nombre o en representación de la unidad de convivencia. El titular deberá ser en principio mayor de 23 años, con dos únicas excepciones de las mujeres víctimas de violencia de género o de trata de seres humanos y de explotación sexual (siempre que sean mayores de edad) y cuando se conviva en una unidad convivencia y se tengan a cargo hijos o menores con fines de adopción o acogimiento permanente, supuesto en el cual se aplican las reglas civiles ordinarias.

También se impone un límite máximo de edad de 65 años, con la exclusión de aquellos supuestos en que la unidad de convivencia esté integrada por mayores de 65 años y menores de edad o incapacitados.

LA “UNIDAD DE CONVIVENCIA” se define en el art. 6. Se considera unidad de convivencia la constituida por todas las personas que residan en un mismo domicilio y que estén unidas entre sí por vínculo matrimonial o como pareja de hecho en los términos del artículo 221.2 de la LGSS (acreditar convivencia con una duración ininterrumpida no inferior a cinco años), o por vínculo hasta el segundo grado de consanguinidad, afinidad, adopción, y otras personas con las que conviva en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.  El fallecimiento de alguna de las personas que constituyen la unidad de convivencia no alterará la consideración de tal, aunque dicho fallecimiento suponga la pérdida, entre los supérstites, de los vínculos previstos en el apartado anterior.

Como excepción también tendrán la consideración de unidad de convivencia

a) La constituida por una persona víctima de violencia de género que haya abandonado su domicilio familiar habitual acompañada de sus hijos o menores en régimen de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente y sus familiares hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad.

b) La constituida por una persona acompañada de sus hijos o menores en régimen de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente y sus familiares hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad, que haya iniciado los trámites de separación o divorcio.

c) La formada por dos o más personas de al menos 23 años y menores de 65 que, sin mantener entre sí una relación de las consignadas en este precepto, habiten en un mismo domicilio en los términos que reglamentariamente se determinen.

Si una o varias personas comparten vivienda con una unidad de convivencia, se entenderá existencia de dos unidades de convivencia: una formada por las personas que carecen de vínculo entre sí y otra la constituida por los miembros de una familia, o, en su caso, de una unidad de convivencia constituida por los miembros de la familia o relación análoga y una persona beneficiaria individual. En ningún caso una misma persona podrá formar parte de dos o más unidades de convivencia

Es requisito para la consideración de integrante de la unidad de convivencia la residencia efectiva, legal y continuada en España. Se considera que no rompe la convivencia la separación transitoria por razón de estudios, trabajo, tratamiento médico, rehabilitación u otras causas similares.

En el art. 10.4 se regula las situaciones de los hijos menores o personas incapacitadas que formen parte de varias entidades familiares por custodia compartida y se adscribirán (a efectos de determinación de la cuantía) en la unidad de convivencia en que estén domiciliados.

De la prolija regulación pueden derivarse las siguientes situaciones susceptibles de acceder al ingreso mínimo vital, de cumplirse el resto de requisitos:

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Ignacio

Puedo empadronar a un amigo en casa si soy beneficiario del IMV? Tengo que comunicarlo?

Damahii

Hola buenas tengo una duda, mi pareja tiene 26 años y lleva empadronado 2 años y 3 meses y yo tengo 23 años y llevo empadronada 1 año y 8 meses juntos, nos vamos a casar y mi pregunta es ¿cuanto tiempo como mínimo tenemos que estar casados para poder echar el IMV cómo matrimonio?

Susana

Hola. Vivo con mis padres y mi tía en el mismo domicilio pero es un corralón andaluz, son tres casas independientes pero dentro de la misma dirección por lo que todos estamos empadronados en un único domicilio aunque vivamos de manera independiente. ¿Habría alguna forma de acreditar que vivo sola? En el catastro queda claro que son varias casas pero no en el empadronamiento. Es renta antigua y verbal por lo que no dispongo de contratos de arrendamiento.
Muchas gracias por vuestra ayuda.

maite

Hola, me han denegado IMV por las siguientes causas: • Causa Denegación: No estar válidamente constituida la unidad de convivencia, durante al menos los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud, de forma continuada y no estar excepcionado por las causas previstas por la norma reguladora según los arts. 10.3 y 21.6 de la Ley 19/2021, de 20 diciembre • Comentario: Empadronado en domicilio hasta febrero de 2023 un familiar de hasta segundo grado de parentesco o afinidad respuesta (mi marido fué a vivir en otro piso y se ha empadronado en otra dirección) – separación de hecho. • Causa Denegación: Por no constituir una unidad de convivencia independiente y no quedar acreditado el cese de convivencia y trámite de guarda y custodia de los menores durante los 3 últimos años inmediatamente anteriores a la solicitud según el art.7. b) de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre • Comentario: No aportado el convenio regulador de medidas de guarda y custodia o el inicio del mismo Respuesta: (no he hecho papeles de divorcio aún) – tiene cáncer y en el dia de hoy está en coma. • Causa Denegación: Por no constituir una unidad de convivencia independiente y no quedar acreditada la disolución de pareja de hecho durante los 3 años inmediatamente anteriores a la solicitud según los arts.7.b) y 21.4 de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre • Comentario: No aportada sentencia de divorcio traducida y debidamente legalizada (si no tenemos papeles para acreditación de la… Leer más »

Ricky

Hola!! Quiero solicitar el imv pero tengo una duda. Vivo con mi mujer y mis dos niños. Somos una unidad familiar o de convivencia pero en el piso también está empadronada mi cuñada y ella está en situación irregular. Como hago para que ella no me afecte???

Alicia

Hola buenas , vivo de alquiler con mi hija ( custodia completa ) mi hijo (compartida ) mi novio vive con nosotros ( no es padre de ninguno , ni estamos casados ni pareja de hecho ) podria solicita el imv par mí y mis hijos ? Sin meterle a el?

Raquel

Buenos días!

Llevo muchos años viviendo lejos de mis progenitores pero cambiando de domicilio anualmente, en estos años he seguido empadronada en casa de mi madre, con ella. Ahora estoy embarazada y sin trabajo, y hace casi 3 años que no me dan de alta en la seguridad social. Quiero solicitar el IMV. Mi padre tiene un piso en propiedad en el cual podría empadronarme y vivir, él está empadronado y vive en otro lugar. Contaría yo como la única persona en esa unidad de convivencia? Me podrían conceder la ayuda en ese caso, aunque el piso sea propiedad de mi padre?

Gracias!!

MARIA

Buenas Tardes,
Una pregunta, mi abuela de 87 años, con una pension de viudedad de 1.100€ y ayuda de dependencia de 80 € vive con mi madre de 52 años está trabajando con contrato de fija discontinua, y este año no tiene derecho a paro.
Hemos consultado para que pueda cobrar el subsidio para mayores de 52 años mientras no comienza el trabajo nuevamente, pero resulta que creo que si estás con contrato de fijo discontinuo no puede acceder a este tipo de subsidio.
Estamos viendo el solicitarle el IMV, pero no entiendo muy bien si la pensión de viudedad de mi abuela entra en los ingresos de la unidad familiar, y si fuera así, si tendrá derecho a algo. Porque trabaja 7 meses al año mi madre cobrando unos 1.000€, pero no tiene paro. Gracias.

Inma

Hola, me deniegan el IMV porque vivo con otra persona persona pero tampoco formamos unidad de convivencia. Entonces que quieren?

Sanie SINGARTELIEVA

Hola yo a pedido ingreso mínimo vital pero me han denegado porque. FORMAR PARTE DE OTRA UNIDAD CONVIVENCIA EXISTE MÁS DE UN TITULAR MISMO DOMICILIO NO AGREDA RESI. LEGAL Y CONTINUADA NO RESI. CONTINUADA ESPANA DURANTE 1 AÑO NO CONSTITUÍDA UNID.CONVI DURANTE 1 AÑO ya pero yo soy aque en España de año 2009 i el de mi domicilio vivimos solo mi hijos y mi pareja boyno no tenemos pareja de echo ni matrimonio pero nolose porque me denegado si poydes me esplicais Gracias

Maria

Buenas tardes:

Me han denegado la el complemento de ayuda para la infancia, según me indican por pertenecer a 2 unidades de convivencia. En el domicilio figuramos empadronados el matrimonio y tres hijos, mis padres y una hermana. Puedo solicitar reclamación administrativa. Si me lo vuelven a desestimar puedo volver a solicitarlo en el año?.

Gracias

Susana

Buenas tardes,
volví a casa de mis padres después de separarme en Mayo de 2017, sin hijos, y solicité el imv en Junio de 2020, en el momento de la solicitud mi madre tenía 65 años y mi padre aunque cumplía los 65 en Julio de 2020 se había jubilado en Mayo de 2020, después de varias denegaciones por distintos motivos, la última denegación está motivada en EXISTE MAS DE UN TITULAR MISMO DOMICILIO, pero ni mi madre ni mi padre pueden ser titulares, no lo entiendo. Creía que en mi situación yo formaba una unidad de convivencia independiente aunque conviva con ellos ¿no es correcto? porque la única opción que me queda es demandar, pero sin ingresos no me puedo arriesgar a contratar un abogado si no voy a tener opciones. ¿Creen que tengo razón? ¿Cuento como una unidad de convivencia independiente aunque conviva con ellos? Gracias

Mariana

Buenos días ,mi situación es la siguiente :
Vivo en el piso de mi novio con nuestra hija que tiene 10 años y su madre ,el no está empadronado en el piso . Trabajo de auxiliar y ganó 600 euros mensuales . Llevo viviendo en la vivienda de hace 17 años . Tengo derecho al ingreso mínimo vital ?