El Gobierno firmará un convenio con los ayuntamientos, que ofertarán tareas de jardinería, limpieza de calles, reforestación…
Ingreso mínimo vital sí, pero con contrapartida. Es uno de los planteamientos en los que trabaja el Gobierno para evitar que el coste de su medida social estrella sea cuestionado por Bruselas cuando España comience a recibir, a principios del año que viene, las ayudas del fondo europeo para la recuperación.
El Ministerio de Seguridad Social ha estimado que el coste de la renta mínima se elevará a unos 3.000 millones de euros al año, financiados con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, y beneficiará a unos 850.000 hogares.
Podrá complementarse, además, con otras rentas salariales, así como con otras prestaciones de las autonomías.
Un “retoque” del ingreso mínimo vital
Según ha podido saber Confidencial Digital por fuentes de la cúpula económica del Gobierno, Moncloa teme que la Comisión Europea, y sobre todo el Consejo Europeo, impongan a España un “retoque importante” en el ingreso mínimo vital, la medida que más ha defendido Pablo Iglesias, a partir de enero de 2021.
Hasta ahora, la Comisión Europea se ha encargado de fiscalizar las medidas económicas del Gobierno.
Pero la crisis del coronavirus ha relanzado el papel del Consejo Europeo, el organismo que reúne a los 27 jefes de Estado y de Gobierno de la Unión. Este último foro puede tener la última palabra para la entrega del dinero a España, y en el Ejecutivo de Sánchez creen que su posición será menos generosa que la de la Comisión.
Aceptar trabajos de colaboración social
Según las fuentes del Gobierno consultadas por ECD, uno de los retoques que se plantea el Ejecutivo de cara a Bruselas es que los beneficiarios del ingreso mínimo vital tengan que aceptar desempeñar “trabajos de colaboración social” a cambio de recibir cada mes la prestación.
Se baraja que este tipo de labores, que van desde tareas de jardinería y limpieza de calles a las de reforestación… puedan ser exigidas a los perceptores del ingreso mínimo.
Así las cosas, se contempla que el Gobierno promueva la celebración de conciertos, especialmente con ayuntamientos y entidades sin ánimo de lucro, en los que se identifiquen, en las condiciones que reglamentariamente se establezcan, estos “trabajos de colaboración social”.
Se empezará por parados con ingreso mínimo
Explican que uno de los primeros colectivos que se seleccionará para el desempeño de estas labores serán los parados que cobran el ingreso mínimo vital. Se crearán programas “de interés social” que beneficien a la comunidad y, para llevarlos a cabo, los organismos podrán solicitar la aportación de la mano de obra necesaria al Servicio Público de Empleo.
El SEPE seleccionará a los desempleados que cobran la prestación y que se ajusten al perfil demandado, y los enviará al organismo que los haya solicitado. Una vez allí, los parados tendrán que pasar por un proceso de selección.
Las actividades de interés social son servicios de utilidad colectiva, servicios de medio ambiente, de desarrollo cultural y de asistencia social. Hay que destacar que estos servicios deben ser creados; es decir, que no deben existir previamente, para evitar que se sustituyan empleos estables por estos de “colaboración social”.
Una fórmula que ya se aplica a los desempleados
En el Ejecutivo explican a Confidencial Digital que esta fórmula es similar a la que ya se aplica a los desempleados. Si un parado está cobrando la prestación, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) puede exigirle el desempeño de un trabajo de colaboración social.
Se trata de trabajos para una Administración Pública que deben reunir los siguientes requisitos: ser de utilidad social y destinarse al beneficio de la comunidad, tener carácter temporal, coincidir con las aptitudes físicas y formativas de la persona, y no suponer un cambio de residencia habitual.
El SEPE puede obligar a aceptar estos trabajos por un máximo de tiempo igual al que dure el subsidio, y no implicarán relación laboral entre el desempleado y la administración en la que los desarrolle.
Por tanto, el parado tiene derecho a percibir la prestación por desempleo que le corresponda, más un complemento hasta llegar al importe total de la base reguladora que se utilizó para el cálculo de su prestación contributiva, es decir, aproximadamente se cobra lo mismo que la media de lo que cobró el trabajador en sus últimos seis meses de trabajo antes de pedir el paro. En todo caso, se garantiza el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Aunque no exista relación laboral, la Administración está obligada a formalizar la cobertura de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales por el trabajador, y a ingresar en la Tesorería General de la Seguridad Social las cuotas correspondientes.
Las ventajas de obligar a una contrapartida
Los defensores de obligar a esta contrapartida por el cobro del ingreso mínimo explican a ECD que la comunidad se beneficia de algo; es decir, la sociedad obtiene alguna mejora, que repercute en el bienestar de todos los ciudadanos. Además, las personas que participan en estos programas ven incrementados sus ingresos.
Los trabajadores temporales de colaboración social se recualifican y mejoran sus posibilidades de insertarse posteriormente al mercado laboral. Es uno de los objetivos que se busca incentivar precisamente con el ingreso mínimo vital.
Destacan también que no se está sustituyendo, en ningún caso, a trabajadores tradicionales (con derecho a cotizaciones, a vacaciones, a pagas extras, a salarios completamente a cargo de la empresa) por “trabajadores baratos” (sin todos esos derechos) porque los puestos de trabajo no son los mismos.
Se incrementa la experiencia de los desempleados, se evita que se “oxiden” y, además, se les dan diez horas mensuales de formación teórica. Recuerdan que la mejor formación es la que se recibe de forma directa, es decir, practicando una labor. También defienden que con este programa se consigue disminuir el gasto en prestaciones sociales.
No se podrá rechazar un trabajo
Una de las principales críticas de los empresarios al ingreso mínimo es que puede desincentivar la búsqueda activa de empleo. Al percibir cierto dinero del Estado, se corre el riesgo de que los beneficiarios pierdan interés por buscar trabajo y salir de su situación de pobreza.
Así las cosas, según ha podido saber Confidencial Digital por fuentes conocedoras de la reforma de la medida estrella del Gobierno, los beneficiarios en paro, además de tener que estar inscritos como demandantes de empleo como ya se contemplaba, perderán la ayuda en caso de “rechazar un trabajo adecuado”.
Esta causa de cancelación del subsidio también afectará a los beneficiarios que se encuentren trabajando. Es decir, si el empleado rechaza cambios en las condiciones de empleo que conllevarían una mejora en el nivel de ingresos, es decir, un aumento que permitiría suspender el cobro al superar los umbrales, se le anulará la prestación.
Disposición a subvencionar contratos
Los empresarios han reclamado también que se subvencionen los contratos que las empresas firmen con perceptores de la renta mínima. Es decir, que el Estado premie a las empresas que contraten a beneficiarios de la prestación.
Según las fuentes consultadas por ECD, el Ministerio de Seguridad Social está dispuesto a aceptar esta petición como “una manera de implicar al sector privado”.
Las empresas que ayuden a encontrar empleo o con descuentos a personas identificadas como vulnerables a través de la “tarjeta social”, podrán obtener ventajas, por ejemplo, en las cotizaciones a la Seguridad Social, mediante la concesión de un “sello social”.
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Fuente: El Confidencial digital