El Gobierno elimina requisitos y abre la Seguridad Social a los profesionales mutualistas

Abogados, arquitectos o procuradores podrán cobrar más pensión de la que correspondería. La puerta estará cerrada para los ya jubilados

Después de dos años de parálisis política, la reforma para mejorar las pensiones de decenas de miles de abogados, procuradores, ingenieros, médicos o arquitectos mutualistas se ha desatascado y encara en estas próximas semanas una fase decisiva en el Congreso —previsiblemente se votará en el pleno del próximo día 20— en su objetivo de dar el salto definitivo al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (Reta) y, así, convertirse en cotizantes de la Seguridad Social con plenos derechos. Sin embargo, la polémica sigue presente, provoca insatisfacción en propios y ajenos, genera malestar en sindicatos y patronal y divide al colectivo de autónomos

«No pueden tener más privilegios que los propios autónomos que llevan toda la vida cotizando», denuncia Eduardo Abad, presidente de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (Upta), que se muestra partidario de que entren en el sistema pero siempre que «haya una coherencia entre lo que aportas y lo que al final recibes de prestaciones y de tiempo de cotización para no causar agravio comparativo al resto de autónomos». En esta misma línea se manifiesta Lorenzo Amor, presidente de ATA: «No voy a negar que es una reforma necesaria, pero hay que analizarla en profundidad porque tiene más costes que ingresos». Ambos critican que esta ley se ha hecho «a espaldas» de la mesa de diálogo social y del Pacto de Toledo.

El problema se arrastra desde hace décadas y afecta a aquellos profesionales que, amparados por el sistema de alternatividad vigente desde 1995, cotizaron durante buena parte de su vida laboral a través de las mutualidades de sus colegios profesionales en lugar de hacerlo al sistema público, en su mayor parte con cuotas muy inferiores a las exigidas a los autónomos del Reta, y se encuentran ahora con unas pensiones muy pobres, por debajo de los 700 e incluso de los 500 y 400 euros.

Porque, a diferencia de la Seguridad Social, donde los activos financian a los pasivos, la mutualidad opera bajo un sistema de capitalización individual por el que cada mutualista percibe un capital basado estrictamente en lo que ha aportado durante su carrera más la rentabilidad generada. Y la mayoría de colegiados escogía una aportación mínima —solo a partir de 2013 se reguló que había que aportar al menos el 80% del Reta— y, por tanto, la prestación que luego recibían era insuficiente. Aquí la mutualidad no complementa a mínimos, como sí sucede en el sistema público de pensiones.

¿Cuál es el objetivo? Convertir el dinero ahorrado a través de las mutualidades profesionales en años cotizados a la Seguridad Social para acceder a pensiones que sean más altas.

¿Quiénes se benefician? Decenas de miles de profesionales que cotizan a través de mutualidades alternativas y no en la Seguridad Social, en su mayor parte son abogados (algunas estimaciones hablan de unos 65.000 letrados), procuradores, arquitectos, médicos, ingenieros.

Aunque en un principio el Gobierno había limitado la conversión a quienes hubieran accedido al sistema de alternatividad antes de 2013, la última propuesta —según el texto de las enmiendas presentado por el grupo parlamentario socialista al que ha tenido acceso este periódico— elimina este requisito y abre así la puerta de la Seguridad Social a todos los mutualistas.

¿Qué requisitos se exigen? Podrán acogerse a esta pasarela al Reta los mutualistas alternativos que no sean ya pensionistas de la Seguridad Social, salvo que sean perceptores de una prestación de viudedad, y, además, se les exigirá no haber alcanzado el periodo mínimo de cotización necesario para acceder a una pensión contributiva del sistema público. Se elimina también en esta última versión el requisito de haber estado colegiado hasta 2022, lo que amplía de nuevo el número de beneficiarios.

¿Cómo funcionará? Uno de los principales puntos de fricción ha sido el denominado ‘factor de conversión’, el criterio utilizado para transformar los años cotizados en mutualidades en periodos reconocidos dentro del sistema. Los colectivos afectados reclamaban una equivalencia íntegra, es decir, un año en mutualidad por un año cotizado, pero la última propuesta establece un coeficiente del 0,77. Esto supone que diez años aportados a una mutualidad equivalen aproximadamente a siete años y medio de cotización en el sistema público.

¿Habrá excepciones? Sí, la propuesta contempla un régimen transitorio más favorable para los mutualistas de mayor edad. En principio, quienes tengan 55 años o más a 31 de diciembre de 2025 podrían beneficiarse de un sistema de reconocimiento «uno por uno», mediante el cual cada mes cotizado en la mutualidad equivaldría a un mes reconocido en la Seguridad Social.

¿El cambio es voluntario? Los autónomos podrán decidir libremente si quieren seguir cotizando a través de su mutua o se pasan al Reta. Eso sí les exigirá a los mutualistas aportar más de forma gradual hasta igualar en 2028 la contribución mínima del Reta. Y a partir del 1 de enero de 2028 —en el primer texto era ya en 2027— la ley eliminará este sistema alternativo y obligará a los nuevos profesionales que se den de alta a cotizar a la Seguridad Social.

¿Cómo se traspasa el capital? El mecanismo de transferencia del capital acumulado desde las mutualidades hacia la Tesorería General de la Seguridad Social es uno de los aspectos que sigue abierto. Las mutualidades defienden que las transferencias se produzcan únicamente cuando cada profesional acceda efectivamente a la jubilación, con el objetivo de evitar desinversiones anticipadas que puedan perjudicar la rentabilidad de los fondos.

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